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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 21 de diciembre de 2023 El Peruano / a la Estructura del Módulo Web SIAF - Operaciones en Línea, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Seguimiento y Monitoreo La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, a través de la Dirección de Normatividad y Calidad Turística, y la Dirección General de Artesanía, a través de la Dirección de Desarrollo Artesanal, realizan el seguimiento y monitoreo respecto de la ejecución del pago de la subvención económica, única y extraordinaria, verifi cando periódicamente el estado de avance del cobro, requiriendo a la Subdirección de Tesorería del MINCETUR la entrega de la información. Artículo 3.- Responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos Los recursos comprendidos en el Decreto de Urgencia Nº 029-2023 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, publicar la presente Resolución Ministerial y sus Anexos Nº 01 y Nº 02 en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de las Disposiciones Complementarias aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 247-2023-MINCETUR y su modi fi catoria. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2246134-1 Aprueban la Guía de Planificación y Ejecución del Programa “Turismo Emprende” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 392-2023-MINCETUR Lima, 20 de diciembre de 2023VISTOS, los Informes de Auditoría N° 001- 2022-2-5302-AC y 017-2023-2-5302-AC del Órgano de Control Institucional; el Informe Técnico N° 0067-2023-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT-FRP y el Informe Legal N° 0029-2023-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT-ROD de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística; los Memorándums N° 144 y 167-2023-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT/STPTE de la Secretaría Técnica del Programa Turismo Emprende; los Memorándums N° 1440 y 1614-2023-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0078-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OR de la O fi cina de Racionalización; los Memorándums N° 1103 y 1161-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, y sus modi fi catorias, se crea el Programa “Turismo Emprende” a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), que tiene como objetivo promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplan aspectos de conservación, uso sostenible, desarrollo económico y desarrollo de espacios turísticos, a través del fi nanciamiento y/o cofi nanciamiento de dichos emprendimientos, para promover la diversi fi cación de la oferta turística del país; así como reactivar y promover los emprendimientos privados vinculados a la actividad turística; Que, a través del Decreto Supremo N° 002-2019-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, y sus modi fi catorias, se establecen las disposiciones reglamentarias para la operación y ejecución del Programa “Turismo Emprende”; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 086-2021-MINCETUR, se aprueba el Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende”; Que, el Viceministerio de Turismo propone aprobar la Guía de Plani fi cación y Ejecución del Programa “Turismo Emprende”, con la fi nalidad de garantizar el desarrollo, ordenado, transparente y e fi ciente de dicho Programa, en relación a la plani fi cación, otorgamiento de subvenciones y al seguimiento y monitoreo de recursos otorgados, abarcando las actividades de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística, a cargo de la Secretaría Técnica del Programa “Turismo Emprende”, así como de las unidades de organización del MINCETUR que, de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable al Programa, intervienen en sus procedimientos relacionados con la plani fi cación, otorgamiento de subvenciones y el seguimiento y monitoreo de los recursos fi nancieros otorgados a los bene fi ciarios ganadores de los concursos públicos; Que, en tal sentido, la Guía de Plani fi cación y Ejecución del Programa “Turismo Emprende” contribuirá a que se cumplan los objetivos y fi nes de dicho Programa, por lo que resulta pertinente emitir el acto resolutivo que la aprueba; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1329, que crea el Programa “Turismo Emprende”, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2019-MINCETUR, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 016-2021-MINCETUR, Decreto Supremo que modi fi ca el periodo de vigencia del Programa “Turismo Emprende”; la Resolución Ministerial N° 086-2021-MINCETUR, que aprueba el Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende”; y, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Guía de Plani fi cación y Ejecución del Programa “Turismo Emprende”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto el numeral 8 del Manual Operativo de Ejecución del Programa “Turismo Emprende”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 086-2021-MINCETUR. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, la difusión y supervisión del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2246486-1