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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / de expedientes en trámite de la base de datos correspondientes al Juzgado Penal Liquidador de la Victoria y San Luis, mediante el “Aplicativo Web para Selección Aleatoria de expedientes a Redistribuir” identi fi ca los expedientes que deberá remitir el Juzgado Penal Liquidador de la Victoria y San Luis hacia el 3°, 10°, 24°, 26° y 31° Juzgado Penal Liquidador de Lima. Artículo Décimo Primero.- DISPONER la redistribución de 200 expedientes en total desde el 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, debiendo cada juzgado remitir la cantidad de 100 expedientes en estado de trámite de manera equitativa y aleatoria, hacia el 29° y 30° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, en un plazo de siete (07) días hábiles , contados desde el día siguiente de la emisión de la presente resolución. Artículo Décimo Segundo.- DISPONER la redistribución de 30 expedientes en total desde el 1°, 3° y 4° Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, debiendo cada juzgado remitir la cantidad de 10 expedientes en trámite, hacia el 26° Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado de Lima, en un plazo de tres (03) días hábiles, contados desde el día siguiente de la emisión de la presente resolución. (…)” 2. Mediante los o fi cios de vistos, el señor Rodrigo Esteban Nole Zapata, Administrador de la sede del Módulo Penal, solicita ampliación de plazo para las redistribuciones de los expedientes del órganos jurisdiccionales de la especialidad penal mencionados en la resolución de vistos, toda vez que re fi ere que el Sistema Integrado Judicial-SIJ presenta inconvenientes para la redistribución de los expedientes por lotes los cuales han sido reportados por el encargado de las Mesa de Partes y el personal de informática del Módulo Penal hacia la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Coordinación de Informática de la Corte Superior de Justicia de Lima. 3. Mediante el Informe N° 001158-2023-CI-UPD-GAD- CSJLI-PJ emitido por la Coordinación de Informática se señala que se efectuaron las gestiones necesarias para dar solución a lo reportado por la Administración de Módulo Corporativo Penal; sin embargo, las incidencias deben ser atendidas por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, siendo que aún se encuentran pendientes de solucionar las reportadas con GLPI con números de tickets 315462 y 314857. 4. El mencionado informe señala que el primer ticket se re fi ere a la redistribución por lotes de expedientes desde el 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado Conformado hacia el 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado Permanente, en el que se da cuenta que el sistema no asigna a los magistrados integrantes. 5. En cuanto al segundo ticket está referido a la redistribución de 200 expedientes en total desde el 1º y 2º Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado hacia el 29º y 30º Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, en el que se indica que no se encuentra las instancias de destino. De igual forma sucede con la redistribución de 30 expedientes en total desde el 1º, 3º y 4º Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, debiendo cada juzgado remitir la cantidad de 10 expedientes en trámite, hacia el 26º Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado de Lima, en el que muestra un mensaje de error no se encuentra las instancias de destino. 6. Dicho informe concluye que se ha realizado el seguimiento de los tickets ante la Sub Gerencia de Desarrollo y Sistemas de Información, pero no indican el tiempo que podría demorar su atención para solucionar las incidencias reportadas. 7. Finalmente, lo referido a la redistribución de expedientes desde el 1°, 3° y 4° Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado hacia el 26° Juzgado Penal Unipersonal con la misma competencia funcional, han señalado que para la ejecución de la redistribución por lote la coordinación se realizó la con fi guración correspondiente en el SIJ, teniendo en consideración los topes (de cantidades de expedientes a redistribuir) establecidas, empero esta situación generaba un error, en tal sentido, y debido a la urgencia, procedieron a retirar los topes, con lo cual se puede continuar con la redistribución mediante el SIJ. 8. De otro lado, mediante el o fi cio de vistos, el Juez del Juzgado Penal Liquidador de los distritos de La Victoria y San Luis, doctor Jhimmy Yamir Santa Cruz Rodríguez, ha solicitado a esta Presidencia, de manera excepcional, una ampliación de plazo propuesto en la Resolución Administrativa N° 762-2023-P-CSJLI-PJ, por cuanto existe una excesiva carga procesal en su dependencia, por lo que solicita una ampliación del plazo primigeniamente concedido para la remisión de los 750 expedientes que debe remitir hacia el 3°, 10°, 24°, 26° y 31° Juzgado Penal Liquidador. 9. En ese sentido, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles y áreas, por lo que corresponde amparar el pedido de ampliación de plazo que permita una adecuada redistribución y remisión de expedientes de los órganos jurisdiccionales de la especialidad penal dentro de un plazo razonable. 10. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los numerales 3 y 9 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 090-2018-CE-PJ y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de remisión y redistribución de expedientes a que se re fi ere el artículo octavo de la Resolución Administrativa N° 000762-2023-P-CSJLI- PJ, referidos a la redistribución de toda la carga procesal (trámite, reserva, en impugnación y ejecución) del 1° y 2° Juzgados Penales Colegiados Conformados de Lima hacia el 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado Permanente de Lima, respectivamente, por el plazo de siete (7) días computados desde la fecha en que se les comunique la operatividad del sistema . Artículo Segundo.- AMPLIAR el plazo de remisión y redistribución de expedientes a que se re fi ere el artículo décimo primero de la Resolución Administrativa N° 000762- 2023-P-CSJLI-PJ, referidos a la redistribución de 200 expedientes en total desde el 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, debiendo cada juzgado remitir la cantidad de 100 expedientes en estado de trámite de manera equitativa y aleatoria, hacia el 29° y 30° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, por el plazo de siete (7) días computados desde la fecha en que se les comunique la operatividad del sistema . Artículo Tercero.- AMPLIAR el plazo de remisión y redistribución de expedientes a que se re fi ere el artículo décimo segundo de la Resolución Administrativa N° 000762-2023- P-CSJLI-PJ, referidos a la redistribución de 30 expedientes en total desde el 1°, 3° y 4° Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado, debiendo cada juzgado remitir la cantidad de 10 expedientes en trámite, hacia el 26° Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de corrupción de funcionarios y crimen organizado de Lima, por el plazo de tres (3) días computados desde la fecha en que se les comunique la operatividad del sistem a. Artículo Cuarto.- AMPLIAR el plazo de remisión y redistribución de expedientes a que se re fi ere los demás extremos de la Resolución Administrativa N° 000762-2023-P-