TEXTO PAGINA: 128
128 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / magistrados del país; fi nalidad que justi fi ca la graduación de la sanción en su límite máximo, no es desmedida, dado que tiene sustento en los criterios analizados. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 702- 2023 de la décima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, señora Medina Jiménez y, señor Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Álvarez Trujillo por encontrarse en una reunión programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con la ponencia de la señora Medina Jiménez. Por unanimidad, SE RESUELVE:Imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Víctor Hugo Castillo Callirgos, por su actuación como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Centro Poblado de Saltur, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; con las consecuencias establecidas en el artículo cincuenta y cuatro de la Ley de Justicia de Paz. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 1 Pp. 244-254 (Tomo II). 2 Pp. 67-69 (Tomo I). 3 Pp. 147-149 (Tomo I). 4 Pp. 74 (Tomo I). 5 Pp. 187 (Tomo I). 6 “Artículo 254.- Caracteres del procedimiento sancionador 254.1 Para el ejercicio de la potestad sancionadora se requiere obligatoriamente haber seguido el procedimiento legal o reglamentariamente establecido caracterizado por: (…). 4. Otorgar al administrado un plazo de cinco días para formular sus alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico conforme al numeral 173.2 del artículo 173, sin que la abstención del ejercicio de este derecho pueda considerarse elemento de juicio en contrario a su situación. (…)”. 7 Pp. 283-286, reverso inclusive (Tomo II). 8 Pp. 26 (Tomo I). 9 Pp. 128 y 129 (Tomo I). 10 Pp. 162 a 174 (Tomo I). 11 Pp. 283-286, reverso inclusive (Tomo II) . 12 Pp. 67-69 (Tomo I). 13 Pp. 147-149 (Tomo I). 14 “Artículo 12.- Funciones de la Jefatura de la ODECMA (…) 5. Admitir a trámite las quejas presentadas y en el mismo acto disponer el inicio del procedimiento administrativo disciplinario. (…)”. 15 “Artículo 12.- Funciones de la Jefatura De la ODECMA (…) 12. Habilitar, de acuerdo con las necesidades del servicio, a los magistrados de control para prestar apoyo en las distintas unidades contraloras de su sede (…)”. 16 Pp. 67-69 (Tomo I). 17 Pp. 147-149 (Tomo I). 18 Pp. 185 (Tomo I). 19 Pp. 197 (Tomo I). 20 Pp. 211 (Tomo II). 21 Pp. 74 (Tomo I). 22 Pp. 187 (Tomo I). 23 Pp. 213, reverso inclusive (Tomo II). 24 Pp. 3-5 (Tomo I). 25 Pp. 6-9 (Tomo I). 26 Pp. 10-12 (Tomo I). 27 Pp. 13 (Tomo I). 28 Pp. 15 (Tomo I). 29 Pp. 18-19 (Tomo I). 30 Pp. 23-24 (Tomo I). 31 Pp. 26 (Tomo I). 32 Pp. 78-79, reverso inclusive (Tomo I). 33 Pp. 80-81 (Tomo I). 34 Pp. 83-85 (Tomo I). 35 Pp. 161 (Tomo I). 36 Pp. 162-174 (Tomo I). 37 Pp. 175-176 (Tomo I).38 “Artículo 50.- Faltas muy graves: Son faltas muy graves: (…) 3. Conocer, in fl uir o interferir, directa o indirectamente, en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando estas estén siendo conocidas o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la jurisdicción especial. (…)”. 39 Fundamento 8 de la STC emitida en el Expediente N° 1003-98-AA/TC. 2247246-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Amplían plazos de remisión y redistribución de expedientes a que se refiere la Resolución Administrativa N° 000762-2023-P-CSJLI- PJ PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000845-2023-P-CSJLI-PJ Lima, 21 de diciembre del 2023VISTOS:La Resolución Administrativa N° 000762-2023-P-CSJLI- PJ de fecha 21 de noviembre de 2023; los O fi cios Nros. 001956 y 002045-2023-ADM-UAF-GAD-CSJLI-PJ de fecha 1 y 12 de diciembre del 2023, respectivamente; el Informe N° 001158-2023-CI-UPD-GAD- CSJLI-PJ, de fecha 15 de diciembre del 2023; el O fi cio S/N de fecha 15 de diciembre del 2023, y; CONSIDERANDO:1. Mediante la resolución de vistos se resolvió el cumplimiento de las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la Resolución Administrativa N° 000486-2023-CE-PJ, para la cual se estableció las siguientes acciones administrativas con plazos para su cumplimiento, según lo siguiente: “(..) Artículo Quinto.- DISPONER la redistribución de toda la carga procesal en reserva de la 6° (ex 3° Sala Penal liquidadora), 7° (ex 5° Sala Penal liquidadora) y 8° (ex 6° Sala Penal liquidadora) Salas Penales de Apelaciones hacia la 4° Sala Penal Liquidadora de Lima, en un plazo de diez (10) días hábiles , contados desde la emisión de la presente resolución. (…) Artículo Sétimo.- DISPONER la redistribución de manera equitativa y aleatoria de toda la carga procesal del 20°, 21°, 22°, 23°, 24° y 25° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes de proceso inmediato hacia el 5°, 6°, 7° y 8° Juzgado Penal Unipersonal Permanente de proceso inmediato de Lima, en un plazo de siete (07) días hábiles, contados desde el día siguiente de la emisión de la presente resolución. Artículo Octavo.- DISPONER la redistribución de toda la carga procesal (trámite, reserva, en impugnación y ejecución) del 1° y 2° Juzgados Penales Colegiados Conformados de Lima hacia el 1° y 2° Juzgado Penal Colegiado Permanente de Lima, respectivamente. Artículo Noveno.- DISPONER la redistribución de 750 expedientes en estado de trámite desde el Juzgado Penal Liquidador de la Victoria y San Luis hacia el 3°, 10°, 24°, 26° y 31° Juzgado Penal Liquidador de Lima, en las cantidades de 150 expedientes de manera equitativa y aleatorio, en un plazo de siete (07) días hábiles , contados desde el día siguiente de la emisión de la presente resolución. Artículo Décimo.- DISPONER que, previamente para el cumplimiento del artículo noveno, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo mediante su Coordinación de Estadística e Informática emitirá las relaciones