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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 324

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / para las acciones de control concurrente de la inversión con CUI N° 2359436 asciende a S/ 12 387,00 (Doce mil trescientos ochenta y siete con 00/100 Soles), por lo que solicita disponer la gestión para la transferencia de los recursos, a favor de la referida Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; Que, mediante Informe N° 000313-FONDEPES/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Jefatural que autoriza una transferencia fi nanciera para el Año Fiscal 2023, hasta por el monto de S/ 12 387,00 (Doce mil trescientos ochenta y siete con 00/100 Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 022: Ministerio Público, para fi nanciar la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, con cargo a la inversión con CUI N° 2359436, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional Modi fi cado 2023; Que, mediante Informe N° 000284-2023-FONDEPES/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, respecto a la realización de la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público, para fi nanciar la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; así como en el ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por la Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; y, Con los vistos de la Gerencia General, de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Ministerio Público Autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 12 387,00 (Doce mil trescientos ochenta y siete con 00/100 Soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 022: Ministerio Público, a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para la inversión “REMODELACIÓN DE COMPONENTES DE ILUMINACIÓN, ELECTRICIDAD O INFORMACIÓN, BAÑO O SERVICIOS SANITARIOS, LOSA DE CONCRETO Y MUELLE; EN EL(LA) DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL LOS ORGANOS EN LA LOCALIDAD LOS ORGANOS, DISTRITO DE LOS ORGANOS, PROVINCIA TALARA, DEPARTAMENTO PIURA” (CUI 2359436). Artículo 2.- FinanciamientoLa transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional 2023 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL” de la inversión con CUI N° 2359436. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Transferencia La O fi cina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero dispone las acciones administrativas correspondientes, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente resolución se publica en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (https://www.fondepes.gob.pe) y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. KATIA NATALI NOVOA SÁNCHEZ Jefa 2249315-1 RELACIONES EXTERIORES Declaran de interés nacional el Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Chile, a realizarse en el Perú, en el año 2024 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2023-RE Lima, 29 de diciembre de 2023 CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo del artículo 44 de la Constitución Política del Perú dispone que es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior; Que, el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece que comprende a la Presidenta de la República dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y rati fi car tratados; Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que el Poder Ejecutivo tiene entre sus competencias exclusivas, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el literal a) del numeral 23.2 del artículo 23 de la referida ley prescribe que, para el ejercicio de las competencias exclusivas, corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, señala que el Ministerio de Relaciones Exteriores es un organismo del Poder Ejecutivo cuyo ámbito de acción es el sector relaciones exteriores, tiene personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; Que, es objetivo de la política exterior del Perú, profundizar los vínculos con los países de la región, con énfasis en los países vecinos; Que, la relación con la República de Chile se basa en intereses compartidos en distintos ámbitos, de manera especial en materia de asuntos sociales y culturales para la integración; seguridad y defensa; comercio exterior, inversiones, turismo y cooperación en ciencia y tecnología; medio ambiente, desarrollo sostenible y asuntos energéticos y mineros; desarrollo e integración fronteriza y asuntos de infraestructura; entre otros aspectos de interés; Que, asimismo, ambos países se proyectan al mundo a través de espacios de integración, como la Alianza