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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (09/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / ANEXO Nº 3 RUTA DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Se cuentan con tres modalidades para la presentación de quejas en el marco de este protocolo. En formato físico Paso 1: La persona afectada solicita el formato de queja impreso a personal de ONPE.Paso 2: Una vez llenado, si es posible con el respectivo medio probatorio que sustente la queja, el personal de la ONPE entrega el formato al Coordinador/a o Responsable de local de votación (en adelante, CLV y RLV respectivamente). Paso 3: Al fi nalizar la jornada, las y los CLV y RLV digitalizan todos los formatos en un solo PDF y lo envían a los/as Jefes/as de las ODPE. Paso 4: Las/os Jefes/as de las ODPE envían todos los documentos recibidos a la GOECOR.Paso 5: La GOECOR hace envío de todos los registros a la GIEEPaso 6: La GIEE elabora el registro de quejas y lo envía a la GOECOR Paso 7: La GOECOR da curso a las quejas de las personas vulneradas, realizando el seguimiento y procurando comunicarse con las personas implicadas para solicitar las pruebas que sustenten la queja y los descargos de las personas acusadas. Para ello otorga un plazo máximo de dos (2) días hábiles para la remisión de pruebas y cinco (5) días hábiles para la presentación de los descargos, en ambos casos los plazos inician desde el día en que la GOECOR toma conocimiento de la queja. La GOECOR, con o sin la remisión de pruebas o descargos, resolverá la queja presentada. Paso 8: La GIEE publica informes o reportes, manteniendo en reserva los datos personales de las personas involucradas, sobre las quejas recogidas a través de los medios institucionales (la web de la ONPE, el repositorio institucional, el catálogo virtual y las redes sociales de la ONPE). Por otro lado, la GOECOR de fi ne el uso del registro de quejas en coordinación con la GAJ. Paso 9: La GOECOR de fi ne las medidas correctivas o recomendaciones, y brinda respuesta quien presentó la queja. Vía enlace web Paso 1: La persona afectada solicita el enlace web para presentar quejas. Paso 2: La persona afectada llena el formato de queja en línea y, si es posible, adjunta las pruebas que sustenten sus afi rmaciones. Paso 3: La GIEE recibe la información enviada y la consolida. Paso 4: La GIEE elabora el registro de quejas y lo envía a la GOECOR.Paso 5: La GOECOR da curso a las quejas de las personas vulneradas, realizando el seguimiento y procurando comunicarse con las personas implicadas para solicitar las pruebas que sustenten la queja y los descargos de las personas acusadas. Para ello otorga un plazo máximo de dos (2) días hábiles para la remisión de pruebas y cinco (5) días hábiles para la presentación de los descargos. En ambos casos los plazos inician desde el día en que la GOECOR toma conocimiento de la queja. Paso 6: La GIEE publica informes o reportes, manteniendo en reserva los datos personales de las personas involucradas, sobre las quejas recogidas a través de los medios institucionales (la web de la ONPE, el repositorio institucional, el catálogo virtual y las redes sociales de la ONPE). Por otro lado, GOECOR de fi ne el uso del registro de quejas en coordinación con la GAJ. Paso 7: La GOECOR, con o sin la remisión de pruebas o descargos, resuelve la queja presentadaPaso 8: La GOECOR de fi ne las medidas correctivas o recomendaciones, y brinda respuesta quien presentó la queja. Vía telefónica Paso 1: La persona afectada se comunica con Fono ONPE indicando que desea presentar una queja por discriminación y deja sus datos de contacto. Paso 2: El personal de Fono ONPE le asiste al momento de registrar la queja y le indica que, de contar con medios probatorios, los presente, vía correo, mesa de partes física o virtual. Paso 3: La GIEE elabora el registro de quejas y lo envía a la GOECOR. Paso 4: La GOECOR da curso a las quejas de las personas vulneradas, realizando el seguimiento y procurando comunicarse con las personas implicadas para solicitar las pruebas que sustenten la queja o los descargos de las personas acusadas. Para ello otorga un plazo máximo de dos (2) días hábiles para la remisión de pruebas y cinco (5) días hábiles para la presentación de los descargos. En ambos casos los plazos inician desde el día en que la GOECOR toma conocimiento de la queja. Paso 5: La GOECOR, con o sin la remisión de pruebas o descargos, resuelve la queja presentadaPaso 6: La GIEE publica informes o reportes, manteniendo en reserva los datos personales de las personas involucradas, sobre las quejas recogidas a través de los medios institucionales (la web de la ONPE, el repositorio institucional, el catálogo virtual y las redes sociales de la ONPE). Por otro lado, la GOECOR de fi ne el uso del registro de quejas en coordinación con la GAJ. Paso 7: La GOECOR de fi ne las medidas correctivas o recomendaciones, y brinda respuesta quien presentó la queja. 8. CUADRO DE CONTROL DE CAMBIOS Versión anterior Fecha de aprobación Sección / Ítem Categoría N: nuevo M: Modi fi cado E: EliminadoCambios realizados con respecto a la versión anterior 0201/09/2022 con RJ 003001-2022-JN/ ONPE1. Objetivo MSe eliminaron el componente de “secreto” y se cambió la palabra “libre” por “sin” 0201/09/2022 con RJ 003001-2022-JN/ ONPE5. De fi niciones y abreviaturas 5.1 (14)MSe modi fi có la redacción de la de fi nición de “Revictimización” para brindarle mayor claridad.