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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (09/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / bajo el ámbito de la Cuenta General de la República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. De acuerdo al numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, para el cumplimiento de lo previsto en la precitada disposición, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones señaladas precedentemente, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público. A través del numeral 5 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, se autoriza a las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control a realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Público. El numeral 6 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, señala que el Pliego 022: Ministerio Público, a fi n de garantizar la oportunidad de la incorporación de dichos recursos en dicha Unidad Ejecutora, incorpora los recursos transferidos en el marco de lo señalado en la precitada disposición, a la sola solicitud de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en la categoría de gasto corriente de la fuente de fi nanciamiento de donaciones y transferencias. De conformidad con el artículo 1 de la Resolución nº 0137-2023-R-UNALM publicada en el diario o fi cial El Peruano el 04 de junio de 2023, se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina, hasta por la suma de S/ 476 692,00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente de tres (03) inversiones, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República y del Pliego 022: Ministerio Público, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 de la Ley n° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cada a través de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley n° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley n° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año fi scal 2023; correspondiéndole al Pliego 022: Ministerio Público el monto total de S/ 238 346,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES). Mediante el memorando Nº 000182-2023-MP-FN-GG- OGFIN de fecha 5 de junio de 2023, la O fi cina General de Finanzas, comunica que la Universidad Nacional Agraria La Molina, ha realizado las Transferencias Financieras Nº 00004, Nº 00005 y Nº 00006, en mérito a la Resolución Nº 0137-2023-R-UNALM, según el reporte de operaciones en línea adjunto al precitado memorando; señalando que a fi n de cumplirse con el objetivo de dicha transferencia fi nanciera, solicita la incorporación de mayores ingresos públicos por el monto total de S/ 238 346,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. El numeral 18.2 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, señala que los Pliegos que reciben las Transferencias Financieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas y en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de fi nanciamiento distinta.El numeral 18.3 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, los Pliegos que reciben los recursos aprueban mediante Resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia fi nanciera. El artículo 3 de la Resolución Nº 0137-2023-R-UNALM,señala que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la precitada resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. En atención a lo solicitado y estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice la referida Incorporación de mayores Ingresos Públicos en el presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y la O fi cina de Presupuesto. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público aprobada por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023, hasta por la suma total de S/ 238 346,00 (DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (EN SOLES) Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias 1. Ingresos Presupuestarios 1.4 Donaciones y Transferencias 1.4. 2 3 De Otras Unidades de Gobierno 1.4. 2 3. 1 1 Del Gobierno Nacional 238 346,00 -------------- TOTAL INGRESOS 238 346,00 ========= EGRESOS Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 022 Ministerio PúblicoUnidad Ejecutora : 002 Gerencia GeneralCategoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos Producto/ Proyecto : 3 999999 Sin ProductoActividad : 5 001045 Procesos de las Fiscalías Supremas Fuente de Financiamiento : 4. Donaciones y Transferencias Categoría de Gasto Gastos Corrientes2.3 Bienes y Servicios 238 346,00 -------------- TOTAL EGRESOS 238 346,00 ========= Artículo Segundo.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- La O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Pliego 022: Ministerio Público, instruirá a la O fi cina de Presupuesto para que