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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (29/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el ajuste de la tarifa tope para las llamadas locales desde teléfonos fi jos de abonado de Telefónica del Perú S.A.A. a redes de telefonía móvil, de comunicaciones personales y troncalizado; y, en consecuencia, establecer el nivel de dicha tarifa tope en S/ 0.0004 por segundo, sin incluir el Impuesto General a las Ventas. Artículo 2.- La presente resolución se aplica al respectivo servicio regulado comprendido en el artículo anterior, que es prestado por la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. en áreas urbanas, quien puede establecer libremente las tarifas que aplica por dicho servicio, sin exceder la tarifa tope vigente y sujetándose a lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 060-2000-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias o norma que lo sustituya. Artículo 3.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas, el Reglamento General de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 087-2013-CD/OSIPTEL, y sus modi fi catorias, y la Norma que establece el Régimen de Cali fi cación de Infracciones del Osiptel, aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 118-2021-CD/OSIPTEL, así como otras normas que resulten aplicables. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General, disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, su exposición de motivos e informe sustentatorio sean notifi cados a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. y se publiquen en la página web institucional del Osiptel. Artículo 5.- La presente resolución entra en vigencia al segundo día calendario siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese,RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo 1 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2011. 2 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de mayo de 2012. 3 Publicada el 17 de mayo de 2023 en el diario o fi cial El Peruano. 2191097-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 000151-2023-PROMPERU/GG Mediante O fi cio Nº 000116-2023-PROMPERU/GG, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Gerencia General Nº 000151-2023-PROMPERU/GG, publicada en la edición del día 25 de junio de 2023. Página 33, en la sumilla:DICE:Aprueban exceptuar del requisito de “pago de la cuota de participación” para las empresas que deseen acceder a diversas Ruedas de Negocios, en sus ediciones 2022; y un descuento adicional del 50% a los establecidos en la Carta de Servicios vigente, para las empresas que deseen participar en las ferias internacionales de exportaciones y en la rueda de negocios Perú Service Summit. DEBE DECIR:Aprueban exceptuar del requisito de “pago de la cuota de participación” para las empresas que deseen acceder a diversas Ruedas de Negocios, en sus ediciones 2023; y un descuento adicional del 50% a los establecidos en la Carta de Servicios vigente, para las empresas que deseen participar en las ferias internacionales de exportaciones y en la rueda de negocios Perú Service Summit. 2191713-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Disponen el inicio de oficio de un procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de zapatillas con la parte superior de material textil, originarias de la República Popular China COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS RESOLUCIÓN N° 053-2023/CDB-INDECOPI Lima, 20 de junio de 2023LA COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS DEL INDECOPI SUMILLA: Se dispone el inicio de o fi cio de un procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las importaciones de zapatillas con la parte superior de material textil originarias de la República Popular China. Ello, pues se ha veri fi cado la existencia de indicios razonables sobre la existencia de una presunta práctica de dumping en las referidas importaciones durante el periodo enero – diciembre de 2022, según lo dispuesto en el artículo 5 del Acuerdo Antidumping. Asimismo, se han encontrado indicios razonables que permiten inferir la existencia de un posible daño que los productores nacionales de zapatillas con la parte superior de material textil habrían sufrido a causa de las importaciones de zapatillas con la parte superior de material textil originarias de la República Popular China, en el periodo enero de 2019 – diciembre de 2022, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Acuerdo Antidumping. Visto, el Expediente N° 019-2023/CDB; y,CONSIDERANDO:I. ANTECEDENTESEn cumplimiento de las funciones asignadas como autoridad investigadora nacional encargada de evitar y corregir las distorsiones en la competencia generadas