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74 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento. m) Aprobar los expedientes de contratación sujetos al método especial de contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, suscribir y resolver contratos, aprobar la oferta económica que supere el valor estimado, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo, por montos mayores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). n) Suscribir y resolver, cuando corresponda, los contratos de procedimientos de selección, así como sus adendas y los contratos complementarios. o) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección. p) Designar a los miembros de los Comités de Selección, así como su modi fi cación. q) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento. r) Aprobar y/o modi fi car los expedientes de contratación de los procedimientos de selección para bienes, servicios y obras. s) Aprobar los expedientes de contratación, bases administrativas y documentos de los procedimientos de selección derivados de convenios para recibir el encargo de parte de otra entidad pública, para la realización de las actuaciones preparatorias y/o del procedimiento de selección que corresponda, para la contratación de bienes, servicios en general, servicios de consultoría en general, servicios de consultoría de obras y/u obras. t) Recibir y revisar los TDR o EETT homogeneizadas para realizar los actos previos, aprobar los expedientes de contratación, designar los comités de procedimientos de selección, aprobar bases administrativas y otros documentos del procedimiento de selección que corresponda, para la contratación de bienes y servicios en general, tratándose de la Compra corporativa facultativa cuando el OTASS tenga la condición de entidad encargada. u) Invitar a los postores que participaron en el procedimiento de selección, en los supuestos establecidos en el artículo 167 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sobre prestaciones pendientes en caso de resolución de contrato y en caso de nulidad de contrato conforme al artículo 145 de dicho Reglamento. v) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, por causal debidamente motivada, conforme a lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. w) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. x) Aprobar el proceso de estandarización para la adquisición de bienes y servicios, de acuerdo con lo previsto en la normativa de contrataciones del Estado. y) Ejercer la representación legal del OTASS ante las entidades fi nancieras para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas. z) Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, considerando criterios de costo bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos del proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje y la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; previo Informe Técnico de la Unidad Orgánica competente e Informe Legal de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. aa) Autorizar el reconocimiento de deudas por supuestos de enriquecimiento sin causa, previo informe técnico y legal, debiendo contar con la disponibilidad presupuestal correspondiente y disponiendo el deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar. 2.2. En materia de acciones administrativas:a) Autorizar encargos.b) Emitir Directivas, lineamientos internos y Resoluciones en el ámbito de su competencia. 2.3. En materia laboral y acciones administrativas de personal: a) Conformar el Comité de Selección encargado de la conducción de los procesos de selección de personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, así como su modi fi cación. Artículo 3.- Delegación de facultades a la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración Delegar en la jefatura de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del OTASS, durante el ejercicio presupuestal 2023, las siguientes facultades: a) Aprobar los expedientes de contratación sujetos al método especial de contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, suscribir y resolver contratos, aprobar la oferta económica que supere el valor estimado, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo, por montos menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. b) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos y/u órdenes de compra y servicios por las prestaciones de bienes, servicios u obras, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, de corresponder, y/o sus modi fi catorias. c) Aprobar las modi fi caciones a las órdenes y/o contratos de bienes y servicios por montos menores o igual a las ocho (8) UIT. d) Emitir y suscribir la constancia de prestación, de ofi cio o a pedido de parte. e) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de las contrataciones por montos menores o iguales a ocho (8) UIT. f) Aprobar modi fi caciones convencionales a las órdenes de compra o de servicios o contratos de naturaleza civil por montos menores o iguales a ocho (8) UIT. g) Tramitar ante el Tribunal de Contrataciones del Estado los procedimientos sancionadores, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, remitiendo los documentos correspondientes en atención al Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) del OSCE. Artículo 4.- Delegación de facultades a la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración. Delegar en la jefatura de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del OTASS, durante el ejercicio presupuestal 2023, las siguientes facultades: a) Suscribir los contratos del personal del OTASS, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, así como su renovación, prórroga, suspensión, extinción y otros que correspondan, con sujeción a la normativa laboral y presupuestaria vigente. b) Suscribir los convenios de prácticas pre profesionales y profesionales derivados del Decreto Legislativo N° 1041, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público, así como los actos que los modi fi quen, renueven, culminen y resuelvan. c) Emitir certi fi cados y/o constancias de trabajo que sean peticionados por los servidores y ex servidores del OTASS, así como, emitir constancias de prácticas pre profesionales y profesionales. d) Atender los requerimientos de información en materia del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. e) Aprobar el rol de vacaciones de los servidores sujeto al régimen de contratación administrativa de servicios. f) Suscribir contratos con entidades prestadoras de Salud – EPS y pólizas de seguros relacionadas a riesgos humanos. g) Remitir información a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR o la Superintendencia Nacional de