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34 NORMAS LEGALES Jueves 9 de marzo de 2023 El Peruano / la Corte Superior de Justicia de La Libertad solicitó a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión, redistribuya al Juzgado Civil Transitorio del mismo distrito y provincia un total de 1,000 expedientes en etapa de trámite, lo cual sería en adición a los 500 expedientes ya redistribuidos, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 357-2022-CE-PJ de fecha 28 de setiembre de 2022; sin embargo, considerando el bajo nivel resolutivo del Juzgado Civil Permanente del Distrito de Huamachuco, al presentar a diciembre 2022 un avance de meta del 67% , que representa casi cuatro (4) meses de retraso en su labor anual, y que de redistribuirse dicha cantidad el referido juzgado civil permanente se quedaría con solo 81 expedientes, y el juzgado civil transitorio alcanzaría los 1,437 expedientes en etapa de trámite, se considera conveniente aprobar en parte dicha redistribución, desestimándose la redistribución de los 1,000 expedientes propuestos por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad por los motivos antes señalados, siendo necesario que el presidente de la referida Corte Superior disponer lo conveniente para que las áreas técnicas administrativas a su cargo efectúen propuestas debidamente analizadas; debiendo aprobarse solo la redistribución de como máximo 100 expedientes de civil-civil, 200 de familia-civil y toda la carga pendiente que tenga en la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP); y que el presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad adopte las medidas administrativas para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado Civil Permanente de Huamachuco. 11) La Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, que apoya con turno cerrado a las cuatro (4) Salas Contenciosas Administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima, al mes de diciembre de 2022 resolvió 1,243 expedientes de una carga procesal de 2,233, con lo cual tuvo un bajo avance de meta del 72%, el cual fue menor al avance ideal del 100% que debió registrar a diciembre del año 2022; asimismo, la 1°, 2°, 3° y 4° Salas Contenciosas Administrativas Permanentes a las que apoya resolvieron 1,467, 1,588, 1,267 y 1,333 expedientes, por lo que sus avances de meta fueron de 82%, 88%, 79% y 76%, no alcanzando tampoco el referido avance ideal; por lo que resulta necesario que la presidenta de la referida Corte Superior adopte las acciones correspondientes para que la 1°, 2°, 3° y 4° Salas Contenciosas Administrativas Permanentes y la Sala Contenciosa Administrativa Transitoria mejoren sus niveles resolutivos. De otro lado, mediante el inciso 7.2 del artículo sétimo de la Resolución Administrativa N° 326-2022-CE-PJ de fecha 31 de agosto de 2022, se dispuso el cierre de turno de la 2° y 4° Salas Contenciosas Administrativas Permanentes, a fi n que equiparen sus cargas procesales pendientes con la 1° y 3° Salas Contenciosas Administrativas Permanentes, disposición que ha sido prorrogada hasta el 28 de febrero de 2023; al respecto, la 2° y 4° Salas Contenciosas Administrativas registraron al mes de diciembre de 2022 cargas pendientes de 1,005 y 939 expedientes, por lo que se considera que ya equipararon sus cargas pendientes con la 1° y 3° Salas Contenciosas Administrativas cuyas cargas pendientes fueron de 1,032 y 1,005 expedientes, siendo conveniente que abrir el turno a la 2° y 4° Salas Contenciosas Administrativas a partir del mes de marzo de 2023. 12) El 2° y 16º Juzgados de Trabajo Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima, que tramitan con turno cerrado expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral (PCAL), al mes de diciembre de 2022 resolvieron 810 y 915 expedientes, obteniendo avances de meta del 95% y 92%, respectivamente, los cuales cual fueron menores al avance ideal del 100%, que debieron registrar a dicho mes; asimismo, el 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29°, 34° y 35° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Lima, que atienden con turno abierto los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral (PCAL), al mes de diciembre de 2022 presentaron avances de meta del 60%, 64%, 52%, 78%, 50%, 59%, 61%, 85% y 40%, los cuales fueron mucho menores al avance ideal del 100% que debieron presentar a dicho mes; además, el 3°, 9° y 17° Juzgados de Trabajo Transitorio de dicha Corte Superior, que atienden con turno cerrado los expedientes de la referida subespecialidad laboral, presentaron avances de meta del 88%, 80% y 92%, que si bien son muy superiores a lo resuelto por los permanentes, tampoco alcanzaron el referido avance ideal; por lo que resulta necesario que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima adopte las medidas administrativas necesarias para mejorar el bajo nivel resolutivo del 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 29°, 34° y 35° Juzgados de Trabajo Permanentes; así como del 2°, 3°, 9°, 16° y 17° Juzgados de Trabajo Transitorios. 13) El Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de San Miguel, Corte Superior de Justicia de Lima, que tramita con turno cerrado procesos de la especialidad civil, familia, laboral y penal (faltas) con la misma competencia territorial que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del Distrito de San Miguel, al mes de diciembre de 2022 resolvió 1,015 expedientes de una carga procesal de 1,809, obteniendo un avance de meta del 85%, el cual fue menor al avance ideal del 100% que corresponde a diciembre de 2022, quedándole una carga pendiente de 741 expedientes; mientras que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del Distrito de San Miguel resolvieron durante el mismo período 1,632 y 1,783 expedientes, con lo cual obtuvieron buenos avances de meta de 136% y 149%, los mismos que superaron el referido avance ideal, quedándoles a ambos juzgados permanentes cargas pendientes de 1,202 y 1,995 expedientes. Asimismo, de los 1,202 expedientes que registró como carga pendiente el 1° Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de San Miguel a diciembre de 2022, la mayor cantidad de expedientes se concentra en las subespecialidades laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) con 411, en civil-civil con 370 y en familia-civil con 268; mientras que de los 1,995 expedientes que registra como carga pendiente el 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente del mismo distrito, la mayor cantidad de expedientes se concentra en las subespecialidades civil-civil con 673, familia-civil con 484 y laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) con 443; asimismo, de la carga pendiente de 741 expedientes que registra el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de San Miguel, la mayor cantidad de expedientes se concentra en las subespecialidades de familia-civil con 285, laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) con 221 y civil-civil con 206, observándose que de los 1,015 expedientes resueltos por el referido juzgado transitorio durante el año 2022, la mayor cantidad correspondió a 550 expedientes laborales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), que representan el 54% del total de expedientes resueltos por dicho juzgado transitorio, es decir que resolvió un promedio de 46 expedientes mensuales en dicha subespecialidad laboral. En tal sentido, a fi n de equiparar la carga procesal entre el 1° y 2°Juzgados de Paz Letrados Permanentes del Distrito de San Miguel, y a fi n de mejorar el nivel resolutivo del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de dicho distrito, se recomienda que el 2° Juzgado de Paz Letrado Permanente redistribuya a este juzgado transitorio un máximo de 700 expedientes en etapa de trámite más antiguos, a razón de 200 de la subespecialidad civil-civil, 150 de familia-civil y 350 expedientes de la subespecialidad laboral correspondiente a la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT); y que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima adopte acciones para que el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de San Miguel mejore su nivel resolutivo. 14) El Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio del Distrito de Surquillo, Corte Superior de Justicia de Lima, que inició su funcionamiento el 1 de setiembre de 2022, con turno cerrado y con la misma competencia territorial que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Surquillo, al mes de diciembre de 2022 resolvió 493 expedientes de una carga procesal de 1,540, obteniendo un buen avance de meta de 164%, el cual fue mayor al avance ideal del 100% que corresponde a diciembre de 2022, quedándole una carga pendiente de 930 expedientes; mientras que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del Distrito