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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / VISTOS: El MEMORÁNDUM N° 840-2023-SG-UNA-PUNO (14-09-2023) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Ordinario del 14 de setiembre del año en curso, aprobó autorizar el viaje a DEUSTO - - BILBAO - ESPAÑA, concediéndoseles Licencia con goce de haber, del 31 de octubre al 10 de noviembre del 2023; a favor de docentes de la Facultad de Ciencias Sociales y del Director de la Escuela de Posgrado de la UNA-Puno; para participar como ponentes en el “Seminario de Extensión sobre la Cultura Andina Quechua y Aymara en la Coyuntura Política Peruana, en las universidades de España; en concordancia con la Resolución Decanal N° 440-2023-D-FCS-UNA; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria (énfasis y subrayado nuestro); Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución , y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. ” (Énfasis nuestro); Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de у Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”. Consiguientemente, el numeral 116.12 del Artículo 112° de dicho cuerpo normativo, establece como atribución del Consejo de Facultad, conceder licencia al personal docente de la facultad, hasta por tres (03) meses, el mismo debe ser aprobado por Resolución Rectoral;Que, en el marco de lo normado precedentemente, mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 440-2023-D-FCS-UNA (26-07-2023) emitido por la FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES de esta Casa Superior de Estudios, se propone a la instancia superior la licencia por Capacitación con Goce de Haber a los Docentes del Doctorado en Ciencias Sociales, Gestión Pública y Desarrollo Territorial de la Facultad de Ciencias Sociales: Dr. Felix Huanca Rojas, Dr. Javier Arturo Apaza Quispe, Dra. Maria Del Rosario Vera del Carpio y el Dr. Vicente Alanoca Arocutipa, quienes participarán como PONENTES en el “Seminario de Extensión sobre la Cultura Andina Quechua y Aymara en la Coyuntura Política Peruana, en las Universidades de España”, organizado por la Universidad de DEUSTO - Facultad de Derecho Law School a realizarse en la ciudad de Deusto - Bilbao - España del 06 al 10 de noviembre del 2023; Que, consiguientemente, el Consejo Universitario Ordinario del 14 de septiembre del año en curso, según transcripción contenida en el MEMORÁNDUM N° 840-2023-SG-UNA-PUNO (14-09-2023) de Secretaría General, autoriza el presente viaje; en concordancia con la Resolución Decanal N° 440-2023-D-FCS-UNA; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, signada con la OPINIÓN LEGAL N° 650-2023-OAJ-UNA-PUNO (08-08-2023); En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a DEUSTO - BILBAO - ESPAÑA, concediéndoseles Licencia con goce de haber, del 31 de octubre al 10 de noviembre del 2023; a favor de los siguientes docentes de la Facultad de Ciencias Sociales y del Director de la Escuela de Posgrado de la UNA-Puno; para participar como ponentes en el “Seminario de Extensión sobre la Cultura Andina Quechua y Aymara en la Coyuntura Política Peruana, en las universidades de España; en concordancia con la Resolución Decanal N° 440-2023-D-FCS-UNA; conforme al siguiente detalle: Dr. VLADIMIRO IBAÑEZ QUISPE Director de la Escuela de Posgrado Docentes de la Facultad de Ciencias Sociales: Dr. FELIX HUANCA ROJAS Decano de la Facultad de Ciencias SocialesDr. JAVIER ARTURO APAZA QUISPEDra. MARIA DEL ROSARIO VERA DEL CARPIODr. VICENTE ALANOCA AROCUTIPA Artículo Segundo.- DISPONER, que los docentes cuyo viaje se autoriza en el artículo primero, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, la respectiva Facultad, y demás instancias correspondientes de la institución, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2226424-1