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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / Tumbes, a efectos que cumplan a cabalidad con los fi nes de descarga procesal para lo que fueron asignados. Artículo Décimo Segundo.- Disponer que las O fi cinas de Estadística de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cajamarca, Callao, Del Santa, Huánuco, Huaura, Lambayeque, Lima Norte, Piura, Puno, San Martin y Tumbes, deberán veri fi car el desempeño de los órganos jurisdiccionales penales, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de junio 2023 sea inferior a lo establecido en el estándar de producción, priorizando aquellos que se encuentran en subcarga procesal y cuyo nivel de ingresos recae en mayor medida en procesos inmediatos, los cuales se caracterizan por ser procesos especiales más rápidos y de menor complejidad, debiendo comunicar a la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, sobre el resultado de su veri fi cación y las acciones adoptadas. Artículo Décimo Tercero.- Que, las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales a su cargo tanto en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) como en el Formulario Estadístico Electrónico (FEE) y cumplir así con los plazos de entrega de información dispuestos en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 308-2012-P/PJ. Artículo Décimo Cuarto.- Disponer que las medidas administrativas que involucren la gestión de órganos jurisdiccionales penales a nivel nacional, deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente un bajo nivel de producción injusti fi cado. Artículo Décimo Quinto.- Disponer que los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como del uso del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas-SINOE, la Agenda Judicial Electrónica y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas la actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ. Artículo Décimo Sexto.- Facultar a los Presidentes/ as de las Cortes Superiores de Justicia del país, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Décimo Sétimo.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2240032-1 Modifican el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000234-2023-CE-PJ, referido a la reconformación del “Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000502-2023-CE-PJ Lima, 28 de noviembre del 2023VISTO: El O fi cio N° 001469-2023-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000234-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso modi fi car el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000094-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuyo texto será el siguiente: “Artículo Primero.- Reconformar el “Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial”, el mismo que queda integrado de la siguiente manera: • Presidente del Poder Judicial: quien lo presidirá • Secretario General del Consejo Ejecutivo• Gerente General del Poder Judicial• Gerente de la Gerencia de Administración y Finanzas• Gerente de la Gerencia de Plani fi cación • Secretario Técnico del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial • Jefe de la O fi cina de Seguridad Integral”. Segundo. Que, en ese contexto, este Órgano de Gobierno considera necesario modi fi car el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000234-2023-CE-PJ. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.° 1957-2023 de la quincuagésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de noviembre de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000234-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuyo texto será el siguiente: “Artículo Primero.- Reconformar el “Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial”, el mismo que queda integrado de la siguiente manera: • Presidente del Poder Judicial: quien lo presidirá • Secretario General del Consejo Ejecutivo• Gerente General del Poder Judicial• Gerente de la Gerencia de Administración y Finanzas• Gerente de la Gerencia de Plani fi cación • Gerente de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar • Jefe de la O fi cina de Seguridad Integral”. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional de la entidad, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2240034-1