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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (05/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 5 de abril de 2024 El Peruano / del Plan Regional de Competitividad y Productividad de la región Piura; mediante O fi cio Nº 160-2023-EF/35.01 de fecha 26 de setiembre de 2023, el Director Ejecutivo del CNCyF del Ministerio de Economía y Finanzas-MEF remitió al Gobierno Regional Piura el Informe Nº 026-2023-EF/35.01 de fecha 21 de setiembre del 2023, suscrito por la Secretaría Técnica del CNCyF, el cual recomendó facilitar la asistencia técnica al Gobierno Regional Piura en la elaboración del diagnóstico de competitividad y productividad regional en el marco del proceso de formulación del PRCP; Que, mediante Informe Nº 22-2023/GRP-420400 de fecha 29 de diciembre de 2023, el Sub Gerente Regional de Promoción de Inversiones de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Piura, recomendó gestionar la declaración de interés y prioridad de la elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de Piura, la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 083-2005/GRP-CR de fecha 04 de octubre de 2005, y la Ordenanza Regional Nº 288-2014/GRP-CR de fecha 23 de abril de 2014; Que, mediante Informe Nº 07-2024/GRP-420400- LRNC de fecha 08 de febrero de 2024, el Abog. Luis Roberto Niño Castañeda en su calidad de abogado de la Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversiones, señala que teniendo en cuenta las observaciones advertidas por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica en el numeral 2.17 del Informe Nº 233-2024/GRP-460000 de fecha del 30 de enero del 2024, se ha procedido a realizar la subsanación respectiva, para lo cual, se adjunta el proyecto de ordenanza regional corregido; Que, mediante Informe Nº 429-2024/GRP-460000 de fecha 19 de febrero de 2024, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, precisa que las observaciones advertidas al Proyecto de Ordenanza que declara de interés y prioridad la elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de Piura al 2030, fueron debidamente subsanadas, por lo que opina que es factible que la propuesta sea sometida a sesión del Consejo Regional para que de acuerdo a sus atribuciones y competencias determine su aprobación; y mediante Memorando Nº 199-2024/GRP-400000 de fecha 23 de febrero de 2024, la Gerencia General Regional alcanza a la Secretaría del Consejo Regional el expediente administrativo para consideración del Concejo Regional; Que, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional con Informe Nº 017-2024/CR-GRP-EACCR-MESG de fecha 04 de marzo de 2024, emite opinión favorable para continuar con el procedimiento correspondiente para la emisión de la respectiva ordenanza regional; y mediante Dictamen Nº 05- 2024/GRP-CR-CPIEI de fecha 14 de marzo de 2024, recomienda poner en consideración del pleno del Consejo Regional la Ordenanza Regional en mención; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 03-20224, de fecha 22 de marzo de 2024 en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS Y PRIORIDAD LA ELABORACIÓN DEL PLAN REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD DE PIURA AL 2030 Artículo Primero.- DECLARAR de interés y prioridad la elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad de Piura al 2030, cuyas siglas serán PRCP Piura al 2030. Artículo Segundo.- APROBAR el inicio del proceso de elaboración del Plan Regional de Competitividad y Productividad Piura al 2030, por un periodo no mayor a 180 días calendarios, desde la publicación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- MODIFICAR el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 083-2005/GRP-CR de fecha 04 de octubre de 2005, que creó el Consejo Regional de Competitividad (CRC) de la Región Piura, denominándose ahora Consejo Regional de Competitividad y Productividad (CRCP) de la Región Piura. Artículo Cuarto.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 083-2005/GRP-CR de fecha 13 de octubre de 2005, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- El Consejo Regional de Competitividad y Productividad (CRCP) de la Región Piura estará conformado de la siguiente manera: - Un Consejo Directivo - Una Secretaría Técnica - Comités Técnicos Público – Privados Regionales” Artículo Quinto.- MODIFICAR el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 288-2014/GRP-CR de fecha 23 de abril de 2024, en el extremo que modi fi ca los artículos tercero, cuarto, quinto y sexto de la Ordenanza Regional Nº 083-2005/GRP-CR de fecha 13 de octubre de 2005, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo Tercero.- El Consejo Directivo del Consejo Regional de Competitividad y Productividad (CRCP) de la Región Piura, como órgano máximo, estará conformado por: • El Gobernador Regional, quien la presidirá. • El representante del Consejo Regional Piura, integrante de la Comisión de Promoción de Inversiones e Infraestructura. • El representante del Directorio de la Zona Especial de Desarrollo – ZED Paita. • El responsable de Desarrollo Económico de cada Municipalidad Provincial. • El representante de los Colegios Profesionales.• Dos presidentes de gremios empresariales de mayor representatividad en la región. • El Presidente del Comité Regional Exportador CERX Piura. • Tres representantes de las áreas de Ciencia y Tecnología de la Universidad de Piura, Universidad Nacional de Piura y de la Universidad Nacional de Frontera. • El Presidente de la Agencia Regional de Desarrollo - ARD. Artículo Cuarto.- La Secretaría Técnica y los Comités Técnicos Público – Privados Regionales del Consejo Regional de Competitividad y Productividad (CRCP) de la Región Piura estarán conformados de la siguiente manera: 1. Secretaría Técnica: Estará a cargo del Sub Gerente de la Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversiones de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. 2. Los Comités Técnicos Público Privados Regionales – CTPPR: • OP1: Infraestructura: Conductor: Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Piura. • OP2: Capital Humano:Conductor: Universidad Nacional de Piura – UNP.• OP3: Innovación:Conductor: Universidad de Piura – UDEP.• OP4: Financiamiento: Conductor: Jefe del Banco Central de Reserva del Perú – Sucursal de Piura. • OP5: Mercado Laboral:Conductor: Representante de la Cámara Verde o de Mujeres. Representante de Red de Mujeres emprendedoras• OP6: Ambiente de Negocios: Conductor: Cámara de Comercio de Piura – CAMCO. • OP7: Comercio Exterior: