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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / entre el Perú y los Estados Unidos de América y, en tal sentido, sentar las bases para profundizar dicha relación durante la nueva administración, con especial énfasis en la promoción de inversiones en sectores estratégicos y en la cooperación en defensa, seguridad y lucha contra la delincuencia organizada transnacional, así como en ciencia y tecnología, particularmente en el ámbito aeroespacial; Que, por otro lado, el 17 de diciembre de 2024, en esa misma ciudad, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, mantendrá diversos encuentros con jefes de Misión de los países de la región del Caribe acreditados ante los Estados Unidos de América, a fi n de fortalecer y profundizar las relaciones de amistad y cooperación que nos unen con los países de dicha región; Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en las reuniones antes señaladas; Que, por cuestiones de itinerario, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 al 18 de diciembre de 2024; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 al 18 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (0263) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código AOI00004500085 Garantizar permavhnentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos (USD)Viáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO5,380.86 440.00 3 1,320.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor GUSTAVO LINO ADRIANZEN OLAYA, Presidente del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2354078-4 Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el desarrollo integral del departamento de Moquegua”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 354-2024-PCM Lima, 13 de diciembre de 2024CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que, la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política del Perú sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, defi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas,