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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / la Directiva Nº 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial Nº 000331-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modifi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Poncoy 2, ubicado en el distrito de Monsefú, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo plazo. Las especifi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 007-2024-JCH-MTRS-UE005NAYLAMP-LAMBAYEQUE- MC de fecha 08 de noviembre de 2024, Informe Nº 001249-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC e Informe 000216-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-009-MC_DGPA- DSFL-2020 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especifi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xComunicación con los responsables de las afectaciones para evitar que sigan trabajando en la zona. Señalización: xColocar hitos y Paneles informativos sobre su intangibilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la defi nitiva identifi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Monsefú, a fi n de que procedan de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notifi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 007-2024-JCH- MTRS-UE005NAYLAMP-LAMBAYEQUE-MC de fecha 08 de noviembre de 2024, el Informe Nº 001249-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe Nº 000216-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000227-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-009-MC_ DGPA-DSFL-2020 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2352996-1DEFENSA Autorizan viaje de personal militar y civil del Ejército del Perú para que participen en la Trigésimo Primera Expedición Científica del Perú a la Antártida - “ ANTAR XXXI” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01723-2024-DE Lima, 11 de diciembre del 2024 VISTOS: El Ofi cio N° 254-SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Ofi cio N° 03684-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 02295-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 014-2014- RE, que aprueba la Política Nacional Antártica, establece que el Ministerio de Defensa tendrá a su cargo la administración logística y mantenimiento de toda estación científi ca o instalación que el Perú tenga o pueda llegar a tener en la Antártida; Que, asimismo, la participación del Perú en las Campañas Antárticas es responsabilidad del Ejército del Perú, a través de la Compañía de Operaciones Antárticas, realizando labores de Operación y Mantenimiento de la Estación Científi ca Antártica “Machu Picchu”; por lo que, es labor principal del Ejército el soporte de dichas campañas en cumplimiento de los objetivos estratégicos nacionales y la política nacional; Que, mediante Ofi cio Múltiple N° 00540-2024-MINDEF/ VPD, el Viceministro de Políticas para la Defensa informa a las Instituciones Armadas que, a través del Ofi cio RE (DSL) N° 2-20-E/564, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha ofi cializado la Trigésimo Primera Expedición Científi ca del Perú a la Antártida - “ANTAR XXXI”, que se desarrollará durante el verano austral 2024-2025, en cumplimiento de la Política Nacional Antártica; Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 113/ COADNE/DAA, elaborada por el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército del Perú - COADNE y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al personal de Ofi ciales, Sub Ofi ciales y Empleados Civiles, para participar en la Trigésimo Primera Expedición Científi ca del Perú a la Antártida - “ANTAR XXXI”; Que, por medio del Informe Técnico N° 011/COADNE/ DAA, el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército del Perú - COADNE recomienda se autorice el viaje al exterior del mencionado personal militar y civil del Ejército del Perú, para que participen en la Trigésimo Primera Expedición Científi ca del Perú a la Antártida - “ANTAR XXXI”, a desarrollarse en dos fases, fase Continental y fase Antártica; la fase Continental se desarrollará en el Continente Sudamericano, en las ciudades de Punta Arenas (República de Chile), Ushuaia (República Argentina), Valparaíso y Arica (República de Chile), comprendiendo dos etapas: etapa 1, concentración de personal, material y equipo para el embarque, la cual se realizará del 30 de noviembre al 5 de diciembre de 2024; etapa 2, desembarque, desconcentración de medios, aislamiento preventivo por razones sanitarias, coordinación de desembarque de residuos sólidos y visita protocolar de dieciséis (16) expedicionarios, la cual se realizará desde el 1 al 11 de febrero de 2025 en Punta Arenas (República de Chile); y, de dos (2) expedicionarios que se repliegan en buque, del 16 al 19 de febrero de 2025 en Ushuaia (República Argentina), del 26 de febrero al 1 de marzo de 2025 en Valparaíso (República de Chile) y el 5 de marzo en Arica (Chile); y, la fase Antártica que