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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil del Ejército del Perú para que participen en la Trigésimo Primera Expedición Científica del Perú a la Antártida - “ANTAR XXXI”, conforme al detalle descrito en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: COMISIÓN LOGÍSTICA: Punta Arenas (República de Chile) Oficial SubalternoUS$ 370.00 x 1 persona x 6 días (30 nov - 05 dic 2024) US$ 2,220.00 GRUPO COA: Viáticos por comisión al extranjero (IDA): Punta Arenas (República de Chile) Oficiales Tcos, Sub-ofls y personal civilUS$ 370.00 x 13 personas x 6 días (30 nov - 05 dic 2024) US$ 28,860.00 Tcos, Sub-ofls y personal civil US$ 370.00 x 06 personas x 4 días (02 - 05 dic 2024) US$ 8,880.00 Compensación Extraordinaria por estadía en Estación Científica Antártica “Machu Picchu” del 05 de diciembre de 2024 al 31 de enero de 2025 (20%): Oficial Superior US$ 1,283.26/31 x 02 personas x 26 días (06 - 31 dic 2024) US$ 2,152.56 US$ 1,283.26 x 01 persona (01 - 31 ene 2025) US$ 1,283.26 US$ 1,283.26/31 x 01 persona x 03 días (01 - 03 ene 2025) US$ 124.19 Oficial SubalternoUS$ 1,069.38/31 x 01 persona x 26 días (06 - 31 dic 2024) US$ 896.89 US$ 1,069.38 x 01 persona (01 - 31 ene 2025) US$ 1,069.38 Tcos, Sub-Ofls y Personal CivilUS $ 1,018.23/31 X 16 personas x 26 días (06 - 31 dic 2024) US$ 13,663.98 US $ 1,018.23 x 16 personas (01 - 31 ene 2025) US$ 16,291.68 GRUPO COA: Viáticos por comisión al extranjero (RETORNO): Punta Arenas (República de Chile)Oficial Superior US$ 370.00 x 01 persona x 7 días (07 - 13 ene 2025) US$ 2,590.00 Oficiales Tcos, Sub-ofls y personal civilUS$ 370.00 x 16 personas x 11 días (01 - 11 feb 2025) US$ 65,120.00 GRUPO COA BUQUE: Asignación Especial por estadía en puerto extranjero (RETORNO): Ushuaia (República Argentina) Tcos, Sub-Ofls y Personal CivilUS$ 65.67 x 2 personas x 4 días (16 - 19 feb 2025) US$ 525.36 Valparaíso (República de Chile) US$ 71.28 x 2 personas x 4 días (26 feb - 01 mar 2025) US$ 570.24Arica (República de Chile) el 5 de marzo de 2025US$ 71.28 x 2 personas x 1 día (05 mar 2025) US$ 142.56GRUPO COA: Pasajes aéreos (retorno)Punta Arenas (República de Chile) - Lima14 de enero de 2025 US$ 162.10 x 01 persona (incluye importe TUUA) US$ 162.10 12 de febrero de 2025US$ 162.10 x 16 personas (incluye importe TUUA) US$ 2,593.60 Total a pagar en Dólares Americanos US$ 147,145.80 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y la asignación especial por estadía en puerto extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación del personal. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero será reducido por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento del segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 6.- El Ofi cial Superior más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modifi catoria. Artículo 7.- El referido personal del Ejército está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- Disponer que el Ejército del Perú efectúe el deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar respecto a la demora en la tramitación oportuna del viaje al exterior del referido personal militar y civil, debiendo informar sobre el particular al Despacho Ministerial. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2353449-1 Autorizan viaje de personal militar a los EE.UU., en comisión especial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01727-2024-DE Lima, 13 de diciembre del 2024VISTOS: El Ofi cio N° 256 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Ofi cio N° 03737-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección