TEXTO PAGINA: 29
29 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 02304-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 171-2024-DE se designa al Técnico 1ro EP Javier Antonio BARBARAN PEREZ para desempeñarse en el cargo de Secretario en apoyo a las actividades administrativas y protocolares de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, Organización de los Estados Americanos (JID - OEA), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 16 de diciembre de 2024 al 15 de diciembre de 2026, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, a través del Dictamen Legal N° 2785-2024/ OAJE la Sub Jefatura de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que resulta viable autorizar el viaje en comisión especial en el exterior del Técnico 1ro EP Javier Antonio BARBARAN PEREZ, para desempeñarse en el citado cargo, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, mediante la Exposición de Motivos, el Ejercito del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje en comisión especial en el exterior del citado personal, debido a que permitirá contribuir de manera efi ciente y efi caz en el cumplimiento de la misión asignada al Consejo de Delegados y al actual Jefe de la Delegación del Perú ante la JID-OEA, fortaleciendo la imagen y el prestigio del Ejército del Perú, así como, obtener conocimientos y experiencias que permitan mejorar la coordinación logística y administrativa, asegurando que el país tenga una presencia activa en la defensa de los intereses hemisféricos; Que, considerando la duración de la comisión especial en el exterior, el citado personal militar realizará el viaje en compañía de su esposa y dos menores hijos, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de los trámites administrativos de salida del país; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Ejército del Perú, los gastos por pasajes aéreos internacionales de ida (titular, esposa e hijos), gastos de traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2024 se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora N° 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; y en concordancia con el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, a través de las Certifi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000204, N° 0000005177 y N° 0000005178, emitidas por el Ejercito del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la comisión especial abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes a los años posteriores se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la citada comisión especial, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicio y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modifi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, de conformidad con el artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subofi ciales u Ofi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2013-DE, el personal nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 de la referida norma, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, con Ofi cio N° 256 SCGE/N-04 la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización del viaje del Técnico 1ro EP Javier Antonio BARBARAN PEREZ, en comisión especial en el exterior, para desempeñarse en el cargo de Secretario en apoyo a las actividades administrativas y protocolares de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, Organización de los Estados Americanos (JID - OEA), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 16 de diciembre de 2024 al 15 de diciembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 15 de diciembre de 2024 y su retorno el 16 de diciembre de 2026; Que, a través del Ofi cio N° 03737-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 157-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 02304-2024- MINDEF/SG-OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el viaje, en comisión especial en el exterior, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.