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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 133

133 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2024 El Peruano / VISTOS: Los Informes Nº D000242 y D000322-2024- CONCYTEC-OGA-OF de la O fi cina de Finanzas, los Memorandos Nº D000564 y D000322-2024-CONCYTEC-OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe Nº D000298-2024-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y, el Informe Nº D000134-2024-CONCYTEC-OGAJ-MMZ y el Memorando Nº D000549-2024-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; y, CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC), es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía cientí fi ca, administrativa, económica y fi nanciera, que tiene por fi nalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción articulada y complementaria entre los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), conforme a lo establecido en la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti); Que, a través del Decreto Supremo Nº 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica — FONDECYT, al cual dicho Programa absorbe por fusión, señalando que se encuentra bajo la dependencia del CONCYTEC; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 153-2023-CONCYTEC-P, de fecha 27 de diciembre de 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de gastos correspondiente al año 2024 del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, conforme a lo señalado en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, a través del O fi cio Nº 001606-2024-CG/GRECE, la Contraloría General de la República, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias, solicita la transferencia por concepto de retribución económica para la contratación y pago de la sociedad de auditoría que ejecutará la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2024. Asimismo, precisa que, podrá efectuarse la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% deberá remitirse una constancia de certi fi cación presupuestal por el saldo cuyo desembolso debe efectuarse a más tardar en el mes de diciembre del presente año; Que, mediante el Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control dispone que las sociedades de auditoría son personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, asimismo, re fi ere, que el precitado dispositivo legal señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la O fi cina de Administración y del jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. En el caso del Gobierno Nacional las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose para ello el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el Diario O fi cial El Peruano; Que, cita, que por Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, publicada el 5 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República, aprueba el tarifario que establece el monto de retribución económica, así como el Impuesto General a las Ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo. El referido tarifario consideró para el Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, la suma de S/ 142,733.00 como retribución económica total con impuesto general de ventas para cada período; Que, a través del O fi cio Nº 001606-2024-CG/GRECE, la Contraloría General de la República solicitó realizar la transferencia fi nanciera por concepto de retribución económica por el periodo 2024 (S/ 142,733.00 Inc. IGV), para que pueda efectuar las gestiones internas pertinentes para el inicio de la auditoria fi nanciera del período 2024, indicando que se podrá realizar la transferencia del 50% de la retribución económica y remitir una constancia de certi fi cación presupuestal por el saldo cuyo desembolso debe efectuarse a más tardar en el mes de diciembre de este año; Que, mediante Informe Nº D000242-2024- CONCYTEC-OGA-OF, que cuenta con la conformidad de la Ofi cina General de Administración según Memorando Nº D000564-2024-CONCYTEC-OGA, la O fi cina de Finanzas comunica la distribución en porcentajes de la retribución económica para el servicio de auditoría del ejercicio 2024 a nivel de las unidades ejecutoras del Pliego CONCYTEC, según lo siguiente: Unidad EjecutoraRetribución EconómicaIGV Total S/. UE 086 CONCYTEC (35%) 42,336.17 7,620.51 49,956.68 UE 1736 PROCIENCIA (65%) 78,624.00 14,152.32 92,776.32 Total Pliego 120,960.17 21,772.83 142,733.00 Que, a través de la Resolución de Presidencia Nº 129-2024-CONCYTEC-P se autorizó una primera transferencia fi nanciera del Pliego Nº 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica por la suma de S/ 71,367.16 a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinados a fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2024; razón por la cual, el importe pendiente por transferir es el siguiente: Unidad EjecutoraImporte Total a Transferir S/.Importe de Primera Transferencia S/Importe Pendiente por Transferir S/ UE 086 CONCYTEC (35%)49,956.68 24,979.00 24,977.68 UE 1736 PROCIENCIA (65%)92,776.32 46,388.16 46,388.16 Total Pliego 142,733.00 71,367.16 71,365.84 Que, mediante Informe Nº D000322-2024- CONCYTEC-OGA-OF, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración del CONCYTEC mediante Memorando Nº D000742-2024-CONCYTEC- OGA, la O fi cina de Finanzas señala que, al contarse con los recursos su fi cientes a nivel Pliego, se requiere realizar las gestiones para la aprobación de la Resolución de Presidencia que disponga la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, para lo cual adjunta las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 890-2024, emitida por la Unidad Ejecutora 001 CONCYTEC por el importe de S/