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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2024 (11/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 11 de julio de 2024 El Peruano / Rentas, y de las Declaraciones Juradas de Intereses, así como el apoyo técnico especializado a la Comisión Especial a cargo del concurso público para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia; Que, la Subgerencia de Gestión de Declaraciones Juradas, ha sustentado a través de la Hoja Informativa N° 000033-2024-CG/GDJ, la necesidad de dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 124-2019-CG, que aprobó la Directiva N° 004-2019-CG/GRI “Actuación de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia”, considerando que, los integrantes de la Comisión Especial, el Secretario Técnico Especializado, su personal de apoyo y los Postulantes, conforme a lo establecido en la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, presentan sus Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas, y Declaraciones Juradas de Intereses, ante la Contraloría General de la República, a través del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea (SIDJ), así como en el Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl ictos de Intereses (SIDJI), respectivamente; asimismo, la citada Subgerencia propone establecer criterios para la presentación de las referidas declaraciones juradas en el marco del Concurso Público para la Elección de los Miembros de la Junta Nacional de Justicia, en concordancia con la Ley N° 27482, Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado, y la Ley N° 31227, Ley que trans fi ere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fi scalización y sanción respecto a la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos, y sus modi fi catorias; sus Reglamentos y demás normativa aplicable, en lo que respecta al plazo, oportunidad y la forma de presentación de las mismas; Que, asimismo, la Subgerencia de Fiscalización, mediante el Memorando N° 000374-2024-CG/FIS, propone establecer nuevas disposiciones respecto de la evaluación a las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas, y a las Declaraciones Juradas de Intereses de los Postulantes, en el marco del artículo 92 de la Ley N° 30916, referido a las pruebas de con fi anza, entre las que se comprende, a la prueba patrimonial, con el fi n de brindar detalles especí fi cos respecto de las actividades y/o tareas a su cargo; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, en el Memorando N° 000787-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000188-2024-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, resulta jurídicamente viable, la emisión del acto resolutivo que deja sin efecto la Resolución de Contraloría N° 124-2019-CG, que aprobó la Directiva N° 004-2019-CG/GRI “Actuación de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia”; atendiendo a la propuesta formulada y sustentada por la Subgerencia de Gestión de Declaraciones Juradas y la Subgerencia de Fiscalización, que cuenta con la conformidad de la Gerencia de Análisis de Información para el Control, a través del Memorando N° 000177-2024-CG/GAINC; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 y 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias, así como lo dispuesto por el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Contraloría N° 308- 2024-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 124-2019-CG, que aprobó la Directiva N° 004-2019-CG/GRI “Actuación de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia”.Artículo 2.- Establecer los criterios para la presentación de Declaraciones Juradas en el marco del Concurso Público para la Elección de los Miembros de la Junta Nacional de Justicia, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS MIGUEL IGLESIAS LEÓN Vicecontralor de Gestión Estratégica, Integridad y Control Contralor General de la República (e) ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 311-2024-CG Criterios para la presentación de las Declaraciones Juradas en el marco del Concurso Público para la Elección de los Miembros de la Junta Nacional de Justicia 1. Plazos de presentación de las declaraciones juradas 1.1. En el marco de lo establecido en la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, y sus modi fi catorias, concordante con la Ley N° 31227, Ley que trans fi ere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fi scalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos, y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 27482, Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado, se ha previsto para la presentación de las Declaraciones Juradas en el Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea y del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses, los plazos siguientes: a) Los Integrantes de la Comisión Especial, presentarán su Declaración Jurada de Intereses, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su instalación, ante el Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses de la Contraloría General de la República. b) El Secretario Técnico Especializado y su personal de apoyo, presentarán su Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, así como la Declaración Jurada de Intereses, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la instalación de la Comisión Especial, ante el Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea y el Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Confl icto de Intereses, respectivamente, de la Contraloría General de la República. c) Los Postulantes, presentarán su Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, así como la Declaración Jurada de Intereses de Carácter Preventivo, en la oportunidad y plazos que se establezca en el cronograma del Concurso Público de Méritos para la Elección de los Miembros de la Junta Nacional de Justicia, ante el Sistema de Registro de Declaraciones Juradas en Línea y el Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses, respectivamente, de la Contraloría General de la República. 2. Forma de presentación de las Declaraciones Juradas La presentación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, así como la Declaración Jurada de Intereses, se realizará haciendo uso únicamente de la fi rma digital; para tal efecto el sujeto obligado debe utilizar su DNI electrónico o un certi fi cado digital emitido por una entidad acreditada, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales,