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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2024 (12/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Viernes 12 de julio de 2024 El Peruano / Que, mediante Memorando N° D-002432-2024-ATU/ DFS, la Dirección de Fiscalización y Sanción remite a la O fi cina de Administración el Informe N° D-000402- 2024-ATU/DFS-SS de la Subdirección de Sanción, en el que se determina el monto que corresponde transferir a las municipalidades distritales de la provincia de Lima con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, a través de Memorando N° D-000797-2024- ATU/GG-OA, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto el Informe N° D-001072-2024- ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería, a fi n de solicitar su opinión favorable sobre la autorización de transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, por la suma de S/ 77,154.50 (Setenta y Siete Mil Ciento Cincuenta y Cuatro y 50/100 Soles), correspondiente a la cuarta liquidación - 2024, en el marco del literal o) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, con Informe N° D-000106-2024-ATU/GG-OPP- UP, el cual cuenta con la conformidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a la Nota N° D-000153-2024-ATU/GG-OPP, la Unidad de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la transferencia fi nanciera propuesta por el monto indicado en el considerando precedente, correspondiente a la cuarta liquidación - 2024, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, a fi n de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de las Municipalidades Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU hasta por la suma de S/ 77,154.50 (Setenta y Siete Mil Ciento Cincuenta y Cuatro y 50/100 Soles), correspondiente a la cuarta liquidación – 2024, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas, conforme a lo establecido en el literal o) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y al Anexo adjunto que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 203 Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: ATU, Programa Presupuestal 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5000276: Gestión del Programa, Categoría de Gasto 5: Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 77,154.50 (Setenta y Siete Mil Ciento Cincuenta y Cuatro y 50/100 Soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección de Fiscalización y Sanción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución. Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu) y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARYBEL VIDAL MATOS Presidenta Ejecutiva ANEXO DETALLE DE LA CUARTA LIQUIDACIÓN - 2024 A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES N° MUNICIPALIDAD% DE DISTRIBUCIONIMPORTE A TRANSFERIR 1 COMAS 70.00% 3,605.00 2 INDEPENDENCIA 50.00% 3,862.50 3 JESÚS MARÍA 50.00% 2,832.50 4 LA MOLINA 70.00% 5,768.00 5 MAGDALENA DEL MAR 50.00% 2,355.006 MIRAFLORES 70.00% 12,257.00 7 PACHACAMAC 50.00% 1,287.50 8 PUEBLO LIBRE 50.00% 1,287.50 9 SAN BORJA 50.00% 1,782.50 10 SAN ISIDRO 50.00% 20,461.25 11 SAN JUAN DE MIRAFLORES 70.00% 3,605.00 12 SAN MIGUEL 50.00% 1,287.50 13 SANTIAGO DE SURCO 70.00% 16,763.25 TOTAL 77,154.50 2305922-1 Modifican la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 296-2023-ATU/PE, sobre delegación de funciones en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 140-2024-ATU/PE Lima, 11 de julio de 2024 VISTOS: El Informe N° D-001391-2024-ATU/DO-SSTR de la Subdirección de Servicios de Transporte Regular, el Memorando N° D-001312-2024-ATU/DO de la Dirección de Operaciones, los Informes N° D-000017-2024-ATU/GG-OA y N° D-000018-2024-ATU/GG-OA y la Nota N° D-000829-2024-ATU/GG-OA de la O fi cina de Administración, el Informe N° D-000104-2024- ATU/GG- OPP-UPO y la Nota N° D-000116-2024-ATU/GG-OPP-