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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2024 (12/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Viernes 12 de julio de 2024 El Peruano / VISTOS: El Informe N° 000006-2024-PROMPERU/ DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial, el Proveído N° 848-2024-PROMPERU/DX de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, el Memorando N° 686-2024-PROMPERU/GG-OAD de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 052-2024-PROMPERU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 000344-2024-PROMPERU/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, asimismo, el literal b) del artículo 13 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, establece que los ingresos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fi n exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre otros; estableciéndose que toda modi fi cación a dicha resolución, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución de Secretaría General N° 178-2015- PROMPERU/SG y modi fi catorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, con Resolución de Secretaría General N° 082-2010-PROMPERÚ/SG, se aprobó el Procedimiento para la determinación y aprobación del precio de venta o descuento de los servicios no exclusivos, el cual establece los lineamientos para la determinación y aprobación de los precios de venta de los servicios no exclusivos que comercializa PROMPERÚ, y que no han sido fi jados en la Carta de Servicios; Que, mediante Informe N° 0006-2024-PROMPERU/ DX-SPC, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a través de su Subdirección de Promoción Comercial, indica que la participación de las empresas de Tipo D fortalece los eventos emblemáticos PERU MODA DECO e INDUSTRIAS PERÚ, ya que sirven de tracción en la cadena de valor de los sectores de vestimenta y manufacturas respectivamente, impactando positivamente sobre la mediana y pequeña empresa, en ese sentido solicita se evalúe la propuesta de los precios de venta por derecho de participación para las empresas Tipo D en ruedas de negocios (Se rvicio N° 2: Participación en Ruedas de Negocios de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, Sección: Dirección de Promoción de las Exportaciones); Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, a través del Informe N° 052-2024-PROMPERU/ GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, luego del análisis y evaluación pertinente, emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a través de su Subdirección de Promoción Comercial, y en consecuencia, recomienda aprobar la actualización de los precios de venta por el derecho de participar en el Servicio N° 2: Participación en Ruedas de Negocios, establecidas por sector y tamaño de empresa; Que, con Informe N° 000344-2024-PROMPERU/GG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta viable legalmente la emisión del acto administrativo, a fi n de aprobar la actualización de los precios de venta por el derecho de participación en Rueda de Negocios de la Carta de Servicios de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, concernientes a las empresas Tipo D, aplicables para el Servicio N° 2; Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 001-2024-PROMPERÚ/PE, se delega al Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modi fi catorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 088-2001- PCM, Establecen disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERU/ PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2024-PROMPERU/PE; Con el visto bueno de la Subdirección de Promoción Comercial, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la actualización de los precios de venta por el derecho de participación en Rueda de Negocios de la Carta de Servicios de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, concernientes a las empresas Tipo D, aplicables para el Servicio N° 2, de acuerdo con el Anexo, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo aprobado mediante la presente resolución. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ARMANDO PELAEZ MARTINEZ Gerente General