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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (13/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2024 El Peruano / además, la gravedad de los hechos imputados, lo que es sufi ciente para concluir que la conducta irregular amerita la imposición de la medida disciplinaria más drástica como es la destitución, comprendida en el artículo 17 del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; pues las inobservancias advertidas implican la comisión de una conducta disfuncional que compromete gravemente la dignidad del cargo y la desmerece en el concepto público, por lo que, la sanción disciplinaria impuesta resulta razonable, proporcional y acorde con la infracción incurrida y las circunstancias de su comisión, valorando para ello precisamente la acreditación del hecho y su gravedad. Finalmente, en relación a los fundamentos del recurso de apelación interpuesto por el recurrente, no corresponde mayor pronunciamiento, siendo imprescindible el dictado de una medida cautelar como es la suspensión preventiva; siendo así, encontrándose acreditada la responsabilidad disciplinaria del servidor investigado, debe desestimarse el recurso de apelación interpuesto por este. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 461-2024 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención del señor Javier Arévalo Vela, Elvia Barrios Alvarado, Ramiro Bustamante Zegarra y Carlos Zavaleta Grández; sin la intervención del señor Cáceres Valencia al haberse aceptado su abstención; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con la ponencia del señor Bustamante Zegarra. Por unanimidad, SE RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la abstención formulada por el señor Consejero Johnny Manuel Cáceres Valencia, de intervenir en el presente procedimiento disciplinario. Segundo.- Imponer la medida disciplinaria de destitución al servidor Leyver Lander Guzmán Soto, en su actuación como Especialista Legal del Tercer Juzgado de Paz Letrado - Civil, Corte Superior de Justicia de Arequipa. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones Contra Servidores Civiles. Tercero.- Estese a lo resuelto en la fecha, respecto al recurso de apelación interpuesto por Leyver Lander Guzmán Soto, contra la Resolución N° 20, del 26 de setiembre de 2023, expedida por la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, en el extremo que dispuso la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 1 Fojas 108. 2 Fojas 657. 3 Fojas 697. 4 Fojas 770. 5 Fojas 797 y 818. 6 Fojas 857. 7 Fojas 1. 8 Fojas 4. 9 Fojas 8. 10 Fojas 13 a 15. 11 Fojas 54. 12 Fojas 55. 13 Fojas 68. 14 Fojas 32. 15 Fojas 35. 16 Fojas 37. 17 Fojas 40. 18 Fojas 41. 19 Fojas 46. 20 Fojas 48. 21 Fojas 50. 22 Fojas 51. 23 Fojas 8 en adelante. 2297295-1CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reconforman la Comisión Distrital de Justicia de Género de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para el año judicial 2024 CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000420-2024-P-CSNJPE-PJ Lima, 7 de junio del 2024 ANTECEDENTES: I. Mediante Resolución Administrativa N° 000063-2024-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de enero 2024 esta Presidencia conformó la Comisión Distrital de Justicia de Género de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN. II. A través del documento de fecha 29 de mayo de 2024, el magistrado William Alexander Lugo Villafana, Juez Superior de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional, presentó su renuncia a formar parte integrante de la Comisión antes referida. III. Al respecto, con O fi cio N° 0025-2024-CSJG- CSNJPE-PJ presentado el 05 de junio de 2024, la Presidenta de la Comisión Distrital de Justicia de Género, en atención a la declinación del magistrado antes mencionado; propone a los magistrados: Juana Mercedes Caballero García y Max Oliver Vengoa Valdeiglesias. FUNDAMENTOS: 1. Base Normativa: Mediante Correlativo N° 476111- 2017, emitido por el Presidente del Poder Judicial, se constituyen las Comisiones Distritales de Justicia de Género en las Cortes Superiores de Justicia del país, con la fi nalidad de implementar la transversalización del enfoque de género en todos los niveles y estructuras organizacionales del Poder Judicial; y, mediante Resolución Administrativa N° 274-2018-CE-PJ, se aprueba los “Lineamientos para el Funcionamiento de las Comisiones Distritales de Justicia de Género”. 2. Por lo tanto, en marco de la política judicial con enfoque de género que viene aplicando el Poder Judicial, esta CSN a través de la Resolución Administrativa N° 000063-2024-P-CSNJPE-PJ, de fecha 26 de enero de 2024 conforma la Comisión Distrital de Justicia de Género de la CSN, la cual designó al magistrado William Alexander Lugo Villafana, Juez Superior de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional de la CSN, como integrante de dicha comisión; empero, a través del documento de fecha 29 de mayo de 2024, el magistrado antes mencionado presentó su renuncia a ser integrante de la Comisión de Justicia de Género de la CSN, por motivos de la carga laboral en el Exp. N° 85-2024 caso Movadef; por lo que se le imposibilita cumplir con los compromisos en dicha Comisión. Asimismo, a través del O fi cio N° 0025-2024-CSJG- CSNJPE-PJ la magistrada Doris Rodríguez Alarcón, Presidenta de la Comisión Distrital de Justicia de Género, propone a los magistrados Juana Mercedes Caballero García y Max Oliver Vengoa Valdeiglesias, quienes aceptaron la proposición. 3. En este contexto, atendiendo a lo descrito en el párrafo anterior, corresponde que esta Presidencia concluya la designación del magistrado William Alexander Lugo Villafana, como integrante de la Comisión Distrital de Justicia de Género de la CSN; y, designe a los magistrados especializados Juana Mercedes Caballero García y Max Oliver Vengoa Valdeiglesias. 4. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90 del Texto