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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 12 de setiembre de 2024 El Peruano / solicitud de vacancia en contra de la señora regidora por la causa contemplada en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, argumentando esencialmente lo siguiente: a) La señora regidora “ha designado” en la entidad municipal a su sobrino don Jhon Deyvi Franco Carlos (en adelante, don Jhon Franco), como operador de cámaras para el sistema de videovigilancia. b) La autoridad cuestionada ha contratado en la municipalidad a su cuñado don Usbaldo Humberto Anchante Arce, como guardián nocturno en el complejo Irma Cordero. c) También, contrató en la entidad a su sobrino don Erick Jeff ersson Carlos Chacaliaza para que labore como inspector de tránsito en la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial. d) La señora regidora “ha hecho uso de su poder dentro de la función municipal con la única fi nalidad de ejercer injerencia indirecta y política en la designación de sus sobrinos […] como también de su cuñado”. e) En su Declaración Jurada de Intereses, declaró como sobrino a don Jhon Franco, como hermana a doña Rosa Clara Carlos Espinoza, quien está casada con don Usbaldo Humberto Anchante Arce, y como hermano a don Juan José Carlos Espinoza, quien es el padre de don Erick Jeff ersson Carlos Chacaliaza. f) La autoridad cuestionada “ ha cometido injerencia por OMISION , ya que, durante el periodo de contratación, no realizó ninguna acción tendiente a cuestionarla o fi nalizarla [sic]”. 1.2. A fi n de acreditar los hechos expuestos, adjuntaron, entre otros, los siguientes documentos: a) Consulta en línea del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (Reniec), de don Jhon Franco b) Consulta en línea del Reniec, de don Usbaldo Humberto Anchante Arce c) Consulta en línea del Reniec, de don Erick Jeff ersson Carlos Chacaliaza d) Declaración Jurada de Intereses de carácter preventivo, realizada por la señora regidora e) Consulta de proveedores del Estado respecto a don Usbaldo Humberto Anchante Arce f) Consulta de proveedores del Estado respecto a don Jhon Franco g) Consulta de proveedores del Estado respecto a don Erick Jeff ersson Carlos Chacaliaza h) Acta de nacimiento de don Jhon Franco i) Partida de nacimiento de doña Ana Lupe Carlos Espinoza j) Partida de nacimiento de la señora regidora k) Partida de matrimonio entre don Usbaldo Humberto Anchante Arce y doña Rosa Clara Carlos Espinoza. l) Partida de nacimiento de doña Rosa Clara Carlos Espinoza m) Acta de nacimiento de don Erick Jeff ersson Carlos Chacaliaza n) Partida de nacimiento de don Juan José Carlos Espinoza o) Informe Nº 21-2024-MPP-UTDyAG p) Comprobante de Pago Nº 4377, del 15 de junio de 2023 q) Orden de Servicios Nº 00002035, del 25 de abril de 2023 r) Comprobante de Pago Nº 3024, del 8 de mayo de 2023 s) Orden de Servicios Nº 00001816, del 3 de abril de 2023 t) Comprobante de Pago Nº 4220, del 9 de junio de 2023 u) Orden de Servicios Nº 00002229, del 3 de mayo de 2023 v) Comprobante de Pago Nº 4930, del 5 de julio de 2023 w) Orden de Servicios Nº 00002931, del 2 de junio de 2023 x) Comprobante de Pago Nº 8618, del 13 de setiembre de 2023 y) Orden de Servicios Nº 00004529, del 4 de setiembre de 2023z) Comprobante de Pago Nº 2739, del 27 de abril de 2023 aa) Orden de Servicios Nº 00001713, del 3 de abril de 2023 bb) Comprobante de Pago Nº 4428, del 19 de junio de 2023 cc) Orden de Servicios Nº 00002425, del 3 de mayo de 2023 dd) Comprobante de Pago Nº 5759, del 26 de julio de 2023 ee) Orden de Servicios Nº 00003353, del 3 de julio de 2023 ff ) Comprobante de Pago Nº 6924, del 29 de agosto de 2023 gg) Orden de Servicios Nº 00003993, del 4 de agosto de 2023 hh) Comprobante de Pago Nº 8598, del 12 de octubre de 2023 ii) Orden de Servicios Nº 00004895, del 4 de setiembre de 2023 jj) Comprobante de Pago Nº 7529, del 13 de setiembre de 2023 kk) Orden de Servicios Nº 00004294, del 4 de octubre de 2023 ll) Comprobante de Pago Nº 8592, del 13 de octubre de 2023 mm) Orden de Servicios Nº 00004671, del 4 de setiembre de 2023 nn) Acuerdo Nº 001-2023-MPP/ALC, del 16 de enero de 2023 Descargo de la autoridad cuestionada1.3. El 22 de marzo de 2024, la señora regidora presentó su escrito de descargo, alegando que: a) Al acudir al domicilio consignado en la solicitud de vacancia, se dio con la sorpresa de que este no existe. b) Ha remitido carta notarial al domicilio del señor recurrente, consignado en el Reniec, pero se dio con la sorpresa de que tampoco existe. c) Ha remitido carta notarial al domicilio de doña Karol Katherine Heredia Hernández, consignado en el Reniec, “siendo atendida por su señora madre […] quien refi ere que desconoce el domicilio actual de su hija desde hace años”. d) Ha puesto de manifi esto las defi ciencias o hechos irregulares dentro del procedimiento: “ NO UBICACIÓN DE LOS SOLICITANTES, PARA RATIFICAR SU VOLUNTAD ” e) “[L]os solicitantes NO HAN EXPRESADO SU VOLUNTAD , y dentro del documento (SOLICITUD DE VACANCIA) se ha generado voluntad ajena [sic]”. 1.4. A efectos de acreditar los hechos expuestos, la señora regidora adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) 2 cartas notariales, ambas del 18 de marzo de 2024 b) Documento del 4 de marzo de 2024 Decisión del concejo municipal sobre la solicitud de vacancia 1.5. En sesión extraordinaria del 22 de marzo de 2024, el Concejo Provincial de Pisco declaró “nula” la solicitud de vacancia; no obstante, de la votación respectiva se advierte que hubo seis (6) votos “en contra de la vacancia”, cuatro (4) votos “a favor de la vacancia” y una (1) “en abstención” (la señora regidora se abstuvo). Sobre el particular, a través del Acuerdo Nº 025-2024- MPP, del 27 del mismo mes y año, que formalizó esta decisión, se declaró improcedente la solicitud de vacancia. En la referida sesión, participaron el señor recurrente, representado por su abogado defensor, y la señora regidora, en donde ambos informaron de manera oral sus alegatos respectivos: el primero reiteró los hechos descritos en el escrito de vacancia, y la segunda reprodujo en parte lo expuesto en su escrito de descargo. Ante dichas exposiciones, el Concejo Provincial de Pisco