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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Jueves 12 de setiembre de 2024 El Peruano / Declaran infundada solicitud de vacancia presentada en contra de regidores del Concejo Provincial de Piura, departamento de Piura; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓ N N° 0247-2024-JNE Expediente N° JNE.2024000087 Expediente N° JNE.2024000089 Expediente N° JNE.2024000090 Expediente N° JNE.2024000091 PIURA - PIURA VACANCIA APELACIÓN Lima, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatroVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, los recursos de apelación interpuestos por don Sergio Omar Valladolid Saavedra, don Ricardo Javier Acuña Carrasco, doña Carla Guiliana Nima Sandoval y don Martín Gerardo Olivares Chanduvi, regidores del Concejo Provincial de Piura, departamento de Piura (en adelante, señores regidores), en contra del Acuerdo Municipal N° 129-2023- C/CPP, del 6 de diciembre de 2023, que declaró infundados sus recursos de reconsideración interpuestos en contra del Acuerdo Municipal N° 106-2023-C/CPP, del 12 de octubre de 2023, que, a su vez, declaró la vacancia de las citadas autoridades ediles, por la causa de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Oído: el informe oral PRIMERO.- ANTECEDENTES Solicitud de vacancia1.1. El 30 de junio de 2023, don Francisco Andrés Núñez Vilela (en adelante, el solicitante) presentó solicitud de vacancia en contra de los señores regidores y del regidor Daniel Alonso Verástegui Urbina (en adelante, don Daniel Verástegui), por la causa prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, argumentando esencialmente lo siguiente: Primer hecho a) Las autoridades cuestionadas solicitaron al alcalde la suscripción de un convenio interinstitucional con la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor, Medio y Bajo Piura - Clase A (en adelante, junta de usuarios), pese a que no existía un pedido concreto por parte de la citada junta para celebrar un convenio interinstitucional. b) Se anula el deber de fi scalización que le corresponde a los regidores porque la solicitud de celebración de convenios interinstitucionales es una función de la administración municipal, mientras que a los regidores les corresponde aprobar la celebración de los convenios de cooperación y convenios interinstitucionales. Segundo hecho c) Las autoridades cuestionadas ordenaron a la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Piura que solicite a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Tambo Grande información sobre la situación contractual de una servidora de confi anza. d) La LOM faculta a los regidores a solicitar informes a la gestión municipal, pero no faculta pedir informes a otras municipalidades, menos ordenar a la Secretaría General que lo haga, tanto más si la fi nalidad fue sustentar la designación de una funcionaria de confi anza. Tercer hechoe) Las autoridades cuestionadas solicitaron a la Gerencia Municipal, al jefe de la Ofi cina de Personal, a la Gerencia de Asesoría Jurídica y a la Gerencia de Planifi cación y Desarrollo un informe detallado sobre las razones técnicas para la rotación de una servidora municipal, cuando los desplazamientos del personal son una facultad del órgano ejecutivo y no de competencia del concejo municipal, y menos de los regidores. En este caso, se anuló la función fi scalizadora, debido a que la fi nalidad de los señores regidores fue la de sustentar la designación de una servidora de confi anza y respaldar a un servidor en particular, alegando supuestas demoras en opiniones técnicas. f) Las tres acciones descritas no contienen pedidos de información para efectos de fi scalización, sino mandatos ejecutivos que suponen una función administrativa, es decir, una extralimitación de las funciones de los regidores. 1.2. A la solicitud, adjuntó los siguientes medios probatorios: a) Ofi cio N° 18-2023-SR/MPP, presentado por los señores regidores, mediante el cual recomiendan al despacho de alcaldía para que evalúe la posibilidad de aprobar la suscripción de un convenio interinstitucional con la junta de usuarios. b) Informe N° 578-2023-OSG/MPP, con el cual la secretaria general remite al gerente general de la entidad edil el pedido contenido en el Ofi cio N° 18-2023-SR/MPP. c) Pedido N° 34-2023-SR/MPP, por medio del cual los señores regidores y don Daniel Verástegui solicitaron, a través del despacho de la Secretaría General, información respecto a la rotación de la exjefa de la Ofi cina de Planifi cación Territorial. d) Informe N° 661-2023-OSG/MPP, mediante el cual la secretaria general de la entidad edil trasladó al gerente municipal el Pedido N° 34-2023-SR/MPP. e) Informe N° 783-2023-OPER/MPP, elaborado por el jefe de la Ofi cina de Personal en atención al Pedido N° 34-2023-SR/MPP. f) Ofi cio Múltiple N° 059-2023-OSG/MPP, con el que la secretaria general de la entidad edil envió a los señores regidores y a don Daniel Verástegui el Informe N° 783-2023-OPER/MPP. g) Informe N° 73-2023-GPYD/MPP, a través del cual se dispuso el cambio de la jefa de la Ofi cina de Planifi cación Territorial. h) Informe N° 538-2023-OPER/MPP, por medio del cual el jefe de la Ofi cina de Personal comunicó al gerente municipal el cambio de la jefa de la Ofi cina de Planifi cación Territorial. i) Resolución de Alcaldía N° 108-2020-A/MPP, mediante la cual se dio por concluida la designación de doña Jéssica Miroslava Sosa Saavedra como jefa de la Ofi cina de Planifi cación Territorial y, en su reemplazo, se nombró a doña Ana Teresa Zavaleta Vargas. j) Resolución de Alcaldía N° 373-2023-A/MPP, en 1 folio, incompleta. k) Pedido N° 32-2023-SR/MPP, con el que los señores regidores y don Daniel Verástegui solicitaron a la secretaria general que, a su vez, solicite a la Municipalidad Distrital de Tambo Grande información respecto a la situación contractual de doña Irina Magaly Delgado Panta. l) Ofi cio N° 403-2023-OSG/MPP, a través del cual la secretaria general remitió el Pedido N° 32-2023-SR/MPP a la Municipalidad Distrital de Tambo Grande, para que proporcione la información correspondiente. m) Carta N° 372-2023-MDT-SG, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Tambo Grande envió a la Municipalidad Provincial de Piura el Informe N° 337-2023-MDT/SGRHH y sus anexos. n) Informe N° 337-2023-MDT/SGRHH, elaborado por el subgerente de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Tambo Grande, en relación a la situación contractual de la servidora Irina Magaly Delgado Panta. A este se adjuntó las Resoluciones de Alcaldía N° 321-2023-MDT-A y N° 0047-2023-MDT-A. o) Ofi cio Múltiple N° 050-2023-OSG/MPP, con el que la secretaria general remitió a los señores regidores y a don Daniel Verástegui la información proporcionada por la Municipalidad Distrital de Tambo Grande. p) Informe N° 795-2023-OSG/MPP, por medio del cual la secretaria general solicitó autorización al gerente municipal para responder el Pedido N° 32-2023-SR/MPP.