NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/09/2024)
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TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Jueves 12 de setiembre de 2024 El Peruano / SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Sobre reconsideración de disponibilidad presupuestal. 2 Aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 3 Aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano . 4 Resolución N° 0204-2024-JNE del 22 de julio de 2024, Resolución N° 0122- 2024-JNE del 8 de mayo de 2024, Resolución 0236-2023-JNE del 18 de diciembre de 2023, entre otras. 5 De los considerandos de dicha ordenanza, se aprecia que el RIC fue aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 012-2019-MDS del 13 de junio de 2019. 6 Apreciándose el texto íntegro del RIC. 7 https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/d6e7b1804ad5ff04927cda6030ad4d95/ Res.+Adm.+N%C2%B0+005-2018-CED-CSJIC-PJ-APROBAR++PROCES O+DE+SELECCION+DE+DIARIO+JUDICIAL-+GRUPO+LA+REPUBLICA.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=d6e7b1804ad5ff04927cda6030ad4d95 8 https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c1fd66804c9d84ddaec0efe93f7fa794/ Res.Adm.+N%C2%B0+012-2019-CED-CSJIC-PJ.+APROBAR+EL+PROCESO+DEL+DIARIO+JUDICIAL+DE CLARANDO+CO MO+GANADOR+AL+GRUPO+LA+REP%C3%9ABLICA+SA.. pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c1fd66804c9d84ddaec0efe93f7fa794 9 Res.Adm.+N°+005-2020-CED-CSJIC-PJ-+RESUELVE+APROBAR+EL+ PROCESO+DE+SELECCIÓN+DEL+DIARIO+OFICIAL+PERIODO+2020- 2021,+DECLARANDO+COMO+GANADOR+A+LA+REPB...pdf 10 Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: […] 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: […] d. Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley. 2324170-1 Declaran nulo el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2024-MDU/CM, que desaprobó solicitud de suspensión presentada en contra del alcalde de la Municipalidad Distrital de Ulcumayo, provincia y departamento de Junín; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓ N Nº 0246-2024-JNE Expediente Nº JNE.2024000357 ULCUMAYO - JUNÍN - JUNÍN SUSPENSIÓNAPELACIÓN Lima, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatroVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Gabriel Ricardo Vargas Arias (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2024-MDU/CM, del 19 de enero de 2024, que declaró improcedente 1 la solicitud de suspensión presentada en contra de don Hoover Alfredo Vásquez Arredondo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ulcumayo, provincia y departamento de Junín (en adelante, señor alcalde), por incumplimiento de la transferencia de recursos económicos de los Centros Poblados, causa prevista en el artículo 133, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES Solicitud de suspensión 1.1. El 11 de enero de 2024, el señor recurrente presentó una solicitud de suspensión en contra del señor alcalde por la causa de incumplimiento de la transferencia de recursos a las municipalidades de centros poblados, prevista en el artículo 133 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), bajo los siguientes argumentos: a) La Municipalidad Distrital de Ulcumayo viene incumpliendo la transferencia de recursos fi nancieros a las 14 municipalidades de los centros poblados del mencionado distrito, provincia y departamento de Junín: Yapacmarca, Quillcatacta, Piscururay, Chogoto, Quipacancha, Rayannioc, Tambos, Chucuhuain, Llaupi, Raymondi, Jachahuanca , Puyay, Shogue y Huancash (en adelante, centros poblados de Ulcumayo). b) Dicho incumplimiento corresponde de enero a diciembre de 2023 y de enero de 2024, lo cual viene afectando los objetivos y las funciones delegadas a los alcaldes de los centros poblados del distrito de Ulcumayo, por lo que solicita la suspensión del señor alcalde por un periodo de sesenta días naturales, conforme a la normativa vigente. Decisión del concejo municipal 1.2. En la Sesión de Concejo Ordinario Nº 001-2024- CM/MDU, del 18 de enero de 2024, se declaró infundada la solicitud de suspensión presentada en contra del señor alcalde; no obstante, en el acta correspondiente solo se detalla que la decisión fue por mayoría, mas no consigna la votación nominal de cada uno de los miembros del concejo, menos aún el sentido o fundamentación de cada voto. 1.3. La decisión se formalizó con el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2024-MDU/CM, del 19 de enero de 2024. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS 2.1. El 6 de febrero de 2024, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del acuerdo antes mencionado, alegando que: a) La decisión del concejo de no suspender al señor alcalde, no tiene motivación congruente, pues señala que la Municipalidad Distrital de Ulcumayo no puede realizar la transferencia de recursos fi nancieros a los diferentes centros poblados del distrito, debido a que no existe ninguna ordenanza vigente. b) Esta es una fundamentación sin sentido, no acorde a la Ley Nº 31079 –que modifi có el artículo 133 de la LOM–, la cual señala expresamente la entrega de recursos presupuestarios a los centros poblados. c) Los señores regidores al haber expresado su voto sin fundamento alguno resultan siendo responsables solidarios por la retención de las transferencias y dietas correspondientes a los centros poblados, lo cual es un delito tipifi cado en el artículo 376 del Código Penal. 2.2. A través del Ofi cio Nº 061-2024-MDU/A, del 1 de marzo de 2024, el señor alcalde pone en conocimiento su casilla electrónica para efectos de las notifi caciones del presente procedimiento de suspensión. 2.3. Con el Ofi cio Nº 001122-2024-SG/JNE, del 16 de abril de 2024, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) solicitó al señor alcalde documentación propia del expediente de suspensión: a. Convocatoria a la sesión ordinaria del 18 de enero de 2024, para tratar la suspensión en cuestión y los cargos de su respectiva notifi cación, dirigida a cada uno de los miembros del concejo municipal y a las partes, en especial, la cursada al señor recurrente. b. Escrito de descargos de la autoridad cuestionada y sus anexos, de ser el caso. c. Cargo de la notifi cación del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2024-MDU/CM, dirigida a las partes, en especial, la cursada al señor recurrente. 2.4. En respuesta a dicho requerimiento, el 16 de mayo de 2024, el señor alcalde, mediante Ofi cio Nº 155- 2024-A/MDU, envió los siguientes documentos: