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35 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / 2024/SIS y Resolución Jefatural N° 000170-2024-SIS/J, la Jefatura del Seguro Integral de Salud, delega hasta el 31 de diciembre de 2024 diversas facultades en materia presupuestal, fi nanciera, administrativa, contrataciones públicas, recursos humanos y de representación, en funcionarios del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Informe Legal Nº 000002-2025- SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en consideración de la estructura orgánica vigente establecida en el ROF del SIS, así como en el Manual de Organización y Funciones, aprobado con Resolución Jefatural Nº 158-2015-SIS y el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del SIS, aprobado con Resolución Jefatural Nº 000027-2024-SIS/J, opina que resulta viable que el Jefe del SIS, como Titular de la Entidad y máxima autoridad ejecutiva, delegue diversas funciones y competencias en favor de el/la Secretario/a General, el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración de Recursos, y en el/la Director/a General de la O fi cina General de Imagen Institucional y Transparencia; Con el visto del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar las siguientes facultades en el/ la Secretario/a General del Seguro Integral de Salud, conforme al siguiente detalle: 1.1. Facultades de índole presupuestal, fi nanciera y administrativa: a) Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático, durante el ejercicio presupuestario 2025, previo informe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional. b) Aprobar y suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. c) Ejercer la representación legal del SIS ante las Instituciones Públicas y/o Privadas, en materia de su competencia. d) Resolver en última instancia administrativa, los recursos de apelación y/o reclamos presentados, de competencia de la Jefatura Institucional, pudiendo declarar la nulidad del acto impugnado, así como de aquellos actos que se encuentren con vicios de nulidad. e) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias del Seguro Integral de Salud. 1.2. Facultades en materia de Contrataciones Públicas: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo 082-2019-EF. c) Aprobar las cancelaciones, total o parcial, de los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública y/o concurso público regulados en la normativa de contratación pública. d) Suscribir convenios institucionales con entidades públicas para la realización de compras corporativas facultativas y para encargar a otra Entidad. e) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección, de competencia de la Entidad.f) Aprobar las modi fi caciones estipuladas en el numeral 34.10 del Texto Único Ordenado de la Ley 30225 aprobado por Decreto Supremo 082- 2019-EF. g) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades.h) Declarar la nulidad en el supuesto establecido en el numeral 72.7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 344-2018-EF. i) Aprobar, en el caso de procedimientos de selección para la contratación de bienes y servicios, el empleo de mayores recursos para fi nanciar ofertas que superen el valor estimado, siempre que se cuente con certi fi cación de crédito presupuestario correspondiente; conforme lo establecido en el numeral 68.4 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.3. Facultades en materia de Recursos Humanos: a) Aprobar y/o formalizar el Presupuesto Analítico de Personal del Seguro Integral de Salud y/o sus modi fi caciones, así como la remisión a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas según lo señala el artículo 13 de la Directiva 0002-2024-EF/53.01. b) Aprobar las designaciones temporales de funciones y las designaciones temporales del cargo o puesto. 1.4. Otras facultades Designar a los/las funcionarios/as responsables de atender las solicitudes de acceso a la información del Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Delegar las siguientes facultades en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud: 2.1. Facultades de representación: a) Representar al Seguro Integral de Salud ante municipalidades distritales y provinciales, ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, Superintendencia Nacionales de Bienes Estatales, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, el Ministerio de Economía y Finanzas, otros ministerios, u otras Entidades o instancias administrativas, para iniciar cualquier procedimiento y/o realizar cualquier actividad que se encuentre dentro del ámbito de las materias de su competencia, quedando facultado/a a suscribir y presentar solicitudes, formularios, formatos y declaraciones juradas. b) Aprobar los actos de administración, actos de adquisición y actos de disposición de bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con la normativa sobre la materia. c) Resolver sobre acciones administrativas para el castigo de las deudas incobrables, de acuerdo con la normativa sobre la materia. d) Autorizar el pago por enriquecimiento sin causa.e) Suscribir documentos notariales en el ámbito de las facultades delegadas en los literales precedentes 2.2. Facultades en materia de Contrataciones Públicas: a) Aprobar las modi fi caciones del Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar los procesos de estandarización.c) Aprobar las bases, las solicitudes de expresión de interés, así como las solicitudes de cotización para Comparación de Precios, que constituyen documentos del procedimiento de selección. d) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección, así como, aprobar los expedientes de contratación y autorizar la contratación del método especial denominado Acuerdos Marco por montos mayores y/o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias e) Designar a los integrantes de los Comités de Selección.