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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (22/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 183

183 NORMAS LEGALES Sábado 22 de febrero de 2025 El Peruano / 2.8. En consecuencia, corresponde disponer que el señor alcalde cumpla con realizar la noti fi cación del Acuerdo de Concejo N° 88-2024/MDT, del 24 de junio de 2024, respetando las formalidades previstas en el artículo 21 del TUO de la LPAG (ver SN 1.8.), en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles. 2.9. Asimismo, luego de transcurridos los plazos previstos en el artículo 23 de la LOM, se requiere al secretario general de la Municipalidad Distrital de Taricá, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del Acuerdo de Concejo N° 88-2024/MDT, se interpuso recurso impugnatorio alguno, o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo. 2.10. Cabe recordar que las acciones requeridas en los considerandos precedentes son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios, de acuerdo con sus competencias. 2.11. La noti fi cación del presente auto debe diligenciarse según lo estipulado en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.10.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- Declarar NULO lo actuado hasta el acto de notifi cación del Acuerdo de Concejo N° 88-2024-MDT, del 24 de junio de 2024, dirigido a don Faustino Rojas Palma, en el procedimiento de vacancia seguido en contra de don Genaro Corpus Chinchay León, alcalde de la Municipalidad Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, por la causal prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2.- REQUERIR a don Genaro Corpus Chinchay León, alcalde de la Municipalidad Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, para que, en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, luego de recibido este pronunciamiento, cumpla con noti fi car a don Faustino Rojas Palma, el Acuerdo de Concejo N° 88-2024-MDT, del 24 de junio de 2024, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 20 y 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, conforme a sus competencias. 3.- REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, que, luego de transcurrido los plazos previstos en el artículo 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, informe documentadamente si contra el Acuerdo de Concejo N° 88-2024-MDT, del 24 de junio de 2024, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con el acuerdo de concejo o resolución de alcaldía que lo declare consentido, o constancia de la Secretaría General de la entidad, o quien haga sus veces, en el que conste que en contra del precitado acuerdo de concejo no se interpuso recurso impugnatorio; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias autenticadas de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2374104-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 0083-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025000019 PANGOA - SATIPO - JUNÍN SUSPENSIÓNCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 17 de febrero de 2025 VISTO: el O fi cio Nº 557-2024-GM/MDP, del 6 de diciembre de 2024, a través del cual don Fortunato Soto Suárez, gerente de la Municipalidad Distrital de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junín (en adelante, señor gerente), remitió el Acuerdo de Concejo Nº 212-2024-MDP/CM, que aprobó la suspensión de don Fredy Gerónimo Chumpate, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, causal prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista el Expediente Nº JNE.2024003041. ANTECEDENTES Procedimiento efectuado en sede municipal (Expediente Nº JNE.2024003041) 1.1. Mediante el O fi cio Nº 842-2024-2ºJPUS-CSJJU- PJ-PE, recibido el 1 de octubre de 2024, doña Mirella Evelyn Cuya Salvatierra, jueza del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Satipo de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central (en adelante, Segundo Juzgado Penal de Satipo), remitió las siguientes resoluciones emitidas en el Expediente Nº 00842-2020-56-3406-JR-PE-01: a) Resolución Nº Dieciocho (Sentencia Penal Nº 2023-JPUP-CSJSC), del 6 de noviembre de 2023, con la cual el Segundo Juzgado Penal de Satipo condenó al señor regidor como autor del delito de trá fi co ilegal de productos forestales maderables, en agravio del Estado, por lo que le impuso cuatro (4) años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el periodo