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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2025 (01/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Martes 1 de julio de 2025 El Peruano / resolutivo que acepte la renuncia del referido fi scal, a partir del 19 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Erick Ricardo Cornejo Presa, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chanchamayo; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1858-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 19 de agosto y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 19 de julio de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Erick Ricardo Cornejo Presa que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2414551-8 Nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1977-2025-MP-FN Lima, 30 de junio de 2025VISTO Y CONSIDERANDO: El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por la Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 834-2025-MP-FN, de fecha 21 de marzo de 2025, se resolvió nombrar al abogado Derek Mijlai Schoster Zapata, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina, con reserva de su plaza de origen. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3679-2023-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2023, se resolvió designar a la abogada Neyde Cachay Chávez de Zapata, fi scal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina, con retención de su cargo de carrera. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/ TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El Ministerio Público –en atención a sus funciones generales y especí fi cas– ha de fi nido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos”. En ese sentido, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal incrementando la capacidad resolutiva de los casos fi scales que se encuentran en proceso de atención, se considera necesario disponer la reorganización de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina. En tal contexto, se ha advertido que la fi scal señalada en el segundo párrafo cumple con las condiciones para ser considerada en un proceso de promoción a un cargo superior, al ser la única titular en la citada fi scalía y haber acumulado el tiempo de servicios requerido –según consta en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF)–, circunstancia que fortalece la viabilidad y justi fi cación de la medida, al evidenciar un escenario funcional que requiere adecuación organizacional para asegurar la e fi ciencia institucional en el distrito fi scal correspondiente, por tanto, resulta oportuno emitir el acto resolutivo que resuelva su nombramiento en una plaza superior; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 0138-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 26 de junio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Neyde Cachay Chávez de Zapata, fi scal adjunta provincial titular penal de Lima, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina, actualmente competencia territorial del Distrito Fiscal de Lima Este, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3679-2023-MP-FN, de fecha 29 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Derek Mijlai Schoster Zapata, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina, materia de la Resolución de la