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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 130

130 NORMAS LEGALES Sábado 20 de setiembre de 2025 El Peruano / Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los recursos naturales; así como con los tratados internacionales suscritos por el país; Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, se aprueba la Convención Marco de las Naciones Unidades sobre el Cambio Climático, suscrita por el Perú en la ciudad de Río de Janeiro, el 12 de junio de 1992, la cual tiene por objeto la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera en un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático, señalando que este nivel debería lograrse en un plazo su fi ciente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático para asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible; Que, la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, tiene como objeto establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático; a fi n, de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, con enfoque intergeneracional; el artículo 4º, señala que “Las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático se incorporan a las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de inversión de los tres niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones, de manera coherente y complementaria, bajo un proceso participativo, transparente e inclusivo del sector privado y de la sociedad civil, con especial énfasis en los pueblos indígenas u originarios, a fi n de integrar la gestión del cambio climático y al desarrollo del país en armonía con la naturaleza”. Por lo que, acorde con lo indicado, cada entidad pública a nivel nacional, regional y local está llamada a de fi nir, priorizar y reportar sus acciones concretas de adaptación y mitigación, integrando las variables climáticas en la plani fi cación, y que los instrumentos de gestión, plani fi cación del desarrollo y de inversión sectorial incluyan acciones de adaptación y mitigación; Que, en esa línea, el numeral 5.2. del artículo 5° de la Ley Marco sobre Cambio Climático expresa que: “Los ministerios, los gobiernos regionales y gobiernos locales se constituyen en autoridades competentes en materia de cambio climático y, como tal, promueven, coordinan, articulan, implementan, monitorean y evalúan la gestión integral del cambio climático en el ámbito de sus jurisdicciones, y emiten la normativa correspondiente en el ámbito de sus competencias y funciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030, en la que el Perú tiene como visión, disminuir el índice de fragilidad en menos del 4% y mantener en 55% del índice de biodiversidad y los bienes y servicios que los ecosistemas proveen en relación al 2020, la cual contribuye de manera efectiva a la gestión sostenible de la naturaleza, la adopción de medios frente al cambio climático a la sostenibilidad ambiental y al desarrollo de las personas; Que, con Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, donde en el artículo 22º sobre Estrategias Regionales de Cambio Climático (ERCC), establece que: 22.1 Las ERCC son los instrumentos de gestión integral del cambio climático que orientan y facilitan la acción del Estado a nivel regional; están alineadas a la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), incluyen los planes de acción y contribuyen a la implementación de las Contribuciones Normalmente Determinadas (NDC). 22.2 Las ERCC se elaboran de conformidad con los lineamientos elaborados por la autoridad nacional en materia de cambio climático según lo establecido en el inciso b) del artículo 6º y de conformidad con los artículos 12º, 13º, 14º, 16º y 17º del presente Reglamento. (…). 22.4 Las ERCC son de obligatorio cumplimiento para los gobiernos regionales. Las ERCC son formuladas y actualizadas por el gobierno regional en coordinación con la Comisión Ambiental Regional, que incluye a los gobiernos municipales provinciales y distritales; y aprobada mediante ordenanza regional, con opinión previa favorable del MINAM; Que, el instrumento rector que promueve la gestión del Cambio Climático en el Perú es la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, cuyo sustento es la política de estado décima y décimo novena del Acuerdo Nacional. En consideración, el Cambio Climático es una condicionante para el desarrollo sostenible del país. Por ello, sus orientaciones y lineamientos deben ser incluidas en las políticas, planes y programas de los diferentes niveles de gobierno. Así, mediante Decreto Supremo N° 012-2024-MINAM se aprobó la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050; Que, mediante Resolución Ministerial N° 152-2021-MINAM, se aprobó los “Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático y sus anexos”, con el objetivo de brindar lineamientos metodológicos que orienten la formulación y actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el marco de la implementación de la Ley Marco sobre el Cambio Climático y el Reglamento de la Ley Marco sobre el Cambio Climático; Que, mediante Resolución Ministerial N° 090-2022-MINAM, se aprobó las “Pautas para la Elaboración de Inventarios Regionales de Gases de Efecto Invernadero y sus anexos”. Dicha norma es un instrumento técnico de referencia para los gobiernos regionales en la cuanti fi cación de emisiones y remociones de GEI a nivel de sus respectivas jurisdicciones; Que, por su parte, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, señala que los gobiernos regionales tienen entre sus competencias la formulación e implementación de la ERCC. Es así que la Guía para la elaboración de las estrategias regionales frente al Cambio Climático (MINAM, 2011) destaca que este proceso, incluida su implementación y monitoreo, debe ser liderada por los gobiernos regionales contando con el soporte de su Grupo Técnico Regional de Cambio Climático (GTRCC), y la amplia participación de los líderes sociales, decisores políticos y sociedad civil; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000004-2023-GR-LL/CR, se declara de Interés Regional la Actualización de la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en la Región La Libertad; se designa a la Gerencia Regional del Ambiente como responsable del proceso de actualización de la ERCC -LL y se crea el Grupo Técnico Regional de Cambio Climático de la Región La Libertad-GTRCC; Que, con O fi cio N° 00017-2025-MINAM/VMDERN/ DGCCD, la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y la Dirección de Mitigación de Gases de Efecto Invernadero del Ministerio del Ambiente emite la opinión técnica favorable de la propuesta Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050 (ERCC-LL), de acuerdo a los Lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de Estrategias Regionales de Cambio Climático, aprobado con Resolución Ministerial N° 152–2021–MINAM; Que, mediante el Informe N°000001-2025-GRLL- GGR-GRAM-SGRN, de fecha 02 de abril del 2025 la Sub Gerencia de Recursos Naturales, recomienda gestionar la aprobación de la Ordenanza Regional que apruebe la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de La Libertad actualizada 2025-2050, y se adjunta la propuesta normativa respectiva; Que, de acuerdo al Informe N° 004-2025-GRLL- CERPLAN, de fecha 16 de abril del 2025, el Centro Regional de Planeamiento Estratégico concluye que, el documento “Estrategia Regional de Cambio Climático al 2050 - La Libertad” no solo cumple con requisitos metodológicos necesarios para su aprobación e implementación, sino que también incorpora una participación multisectorial amplia y representativa, asegurando legitimidad y viabilidad en su ejecución. Su enfoque integral y alineamiento con las políticas climáticas nacionales e internacionales justi fi can una opinión favorable;