Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2005 (01/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2005

Articulo 23º.- El Comite Electoral procedera a verificar la relacion de los delegados-electores presentes, senalara el numero total de representantes a ser electos y cuantos de estos corresponden a su clasificacion. Cada lista valida sera identificada con un numero asignado por el Comite Electoral por sorteo. Articulo 24º.- El Comite Electoral procedera a llamar uno a uno a los delegados electores para emitir su voto. La lista que obtenga la mitad mas uno de los votos emitidos sera proclamada ganadora. En caso de empate, se procedera a una MORDAZA vuelta entre las listas que hubiesen quedado en dicha situacion. Si persiste el empate, se procedera a una tercera votacion, en la que se declarara ganadora a la lista que tenga mayoria simple. Articulo 25º.- El Comite Electoral informara mediante oficio dirigido al Presidente del Gobierno Regional del Callao los nombres de los representantes electos.

DE LA VACANCIA Y REVOCATORIA Articulo 30º.- La condicion de representante de la sociedad civil al CCR se pierde por vacancia o por revocatoria del mandato. Articulo 31º.- El cargo de representante de la Organizacion de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional vaca por las siguientes causales: a) Por fallecimiento b) Por incapacidad fisica o mental permanente, debidamente acreditada con arreglo a Ley. c) Por condena consentida o ejecutoria por delito doloso con pena privada de la MORDAZA d) Por dejar de residir de manera injustificada por mas de 180 dias continuos o no, en la region, en el periodo de 365 dias calendario. e) Por renuncia. f) Por sobrevenir con posterioridad a la eleccion cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas en el articulo 14º de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. La asamblea de delegados(as)-electores acuerda la vacancia en reunion expresa convocada para tal fin. El Acuerdo de la asamblea es impugnable ante el organismo electoral competente en la Region. Su resolucion es definitiva. Articulo 32º.- La revocatoria del mandato del representante de la Organizacion de la Sociedad Civil ante el CCR procede si dos tercios del numero legal de delegados electores asi lo acuerdan en asamblea especifica convocada para tal fin. La perdida de mandato entra vigencia con la designacion del MORDAZA representante.

CAPITULO IV CONDICIONES, OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL
DE LA DURACION DEL MANDATO Articulo 26º.- El mandato de los representantes de la sociedad civil ante el CCR, elegidos por los delegados legalmente acreditados, es de dos (2) anos desde el inicio de sus funciones. En los casos de reemplazo del representante por vacancia o revocatoria, la designacion de los nuevos representantes, elegidos por Asamblea de Delegados, sera hasta completar el periodo correspondiente. DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS Articulo 27º.- Son obligaciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el CCR: a) Emitir opinion consultiva, concertando entre si, sobre: el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; el Plan de Desarrollo Regional Concertado; la Vision General y los lineamientos estrategicos de los programas componentes del Plan de Desarrollo Regional Concertado; y otras que le encargue el Consejo Regional. b) Coordinar con sus representados las opiniones y propuestas que llevaran a las sesiones del CCR. c) Coordinar permanentemente con los otros representantes de la Sociedad civil ante el CCR para Informar las propuestas u opiniones que presentara en las sesiones y concertar las propuestas conjuntas. d) Presentar al CCR las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones de la sociedad civil a la que representan, independientemente de su opinion personal sobre el particular. e) Presentar colectivamente Informes por escrito luego de cada periodo anual de sesiones y de manera extraordinaria cuando MORDAZA convocados, a Sesiones Extraordinarias por el Presidente Regional para opinar sobre un MORDAZA en particular, sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido, ante la Asamblea de Delegados(as) - electores. f) Asistir a las reuniones de la Asamblea de Delegados(as) a las que MORDAZA convocados. Articulo 28º.- Los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el CCR tienen derecho a: a) Convocar a los delegados(as)-electores de manera individual o conjunta a las reuniones de coordinacion e informacion que crean conveniente. b) Senalar de ser el caso sus opiniones personales sobre las propuestas que presenten a nombre de sus representados. c) Ser informados por otros representados de la Sociedad Civil sobre las propuestas que presentaran a las sesiones del CCR. d) Presentar su renuncia ante la Asamblea de delegados(as)-electores a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibido. Articulo 29º.- Un delegado(a) - elector(a) designado(a) no podra ejercer la representacion de dos o mas organizaciones de cualquier nivel o naturaleza.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Todas las organizaciones inscritas en el Libro de Registro Regional deberan adecuarse a los requisitos establecidos en el presente Reglamento, cuya estricta aplicacion, acreditara su participacion en los procesos electorales para la eleccion del representante de la Organizacion de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional del Callao. Segunda.- El Gobierno Regional mediante Resolucion Ejecutiva Regional conformara una Comision encargada de llevar a cabo el MORDAZA electoral de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Regional. Tercera.- En todo lo no previsto en el presente reglamento sera de aplicacion lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ANEXO I CRONOGRAMA DEL MORDAZA ELECTORAL PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCR - CALLAO
Actividad MORDAZA 1. Aprobacion del Reglamento para eleccion por el Consejo Regional 2. Publicacion de Ordenanza y Reglamento 3. Convocatoria a elecciones mediante Decreto Regional y difusion 4. Apertura de inscripcion 5. Revision de inscripciones 6. Publicacion del Padron Inicial 7. MORDAZA de tachas e impugnaciones 8. Evaluacion, absoluciones en primera instancia 9. MORDAZA de Recursos de Reconsideracion 29 MORDAZA Junio Observaciones

4 5 al 9

10 al 23 12 al 25 26 27 al 31 1 al 7 8y9

Diez dias habiles Diez dias habiles Un dia habil Tres dias habiles Cinco dias habiles Dos dias habiles

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