Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2005 (01/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2005

Que, el numeral 28.2 del Articulo 28º de la Ley Nº 27943 -Ley del Sistema Portuario Nacional, senala que la Autoridad Portuaria Regional es el organo competente dentro del ambito de su jurisdiccion, para planificar, efectuar y controlar las politicas de desarrollo portuario de los puertos que se encuentren en MORDAZA, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo Portuario y las disposiciones emitidas, por la Autoridad Portuaria Nacional; Que, el numeral 28.3 del Articulo 28º de la Ley Nº 27943 -Ley del Sistema Portuario Nacional, senala que el Reglamento fijara la forma de seleccion y funciones del Gerente General de la Autoridad Portuaria Regional; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, del 13 de febrero del 2004, se aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional; Dispositivo Legal que establece en su Octava Disposicion Transitoria y Final la vigencia del mandato de dichos representantes; Que, el articulo 109º del Decreto Supremo Nº 003-2004MTC modificado por el D.S. Nº 008-2004-MTC y por el D.S.Nº 013-2004-MTC, senala el procedimiento para la designacion de los miembros de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC, de fecha nueve de marzo del 2005, se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo Portuario; Que, el establecimiento de la Autoridad Portuaria Regional, permitira al Gobierno Regional del Callao, participar en la planificacion, ejecucion y control del Puerto del Callao y aquellos Terminales Portuarios que se encuentren dentro de su jurisdiccion territorial; Que, a traves de la Autoridad Portuaria Regional el Gobierno Regional del Callao, tendra participacion en los programas destinados al desarrollo y modernizacion de la infraestructura portuaria con participacion de la inversion privada; Que, la Octava Disposicion Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC senala que por excepcion, los miembros del primer Directorio de las Autoridades Portuarias Regionales a su vez sujetaran su mandato a los plazos senalados en dicha norma; Que, la obligacion de establecimiento de la Autoridad Portuaria Regional, proviene de la disposicion contenida en el Articulo 27º de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, que establece que las Autoridades Portuarias Regionales dependen del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 27867 -Ley Organica de Gobiernos Regionales- senala en el inciso a. del Articulo 15º y en el inciso a) del Articulo 37º que una de las atribuciones del Consejo Regional es la de aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de la expedicion de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 -Ley Organica de Gobiernos Regionales- senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Comision Regional de Desarrollo Economico a traves del Dictamen Nº 002-2005-GRC-CR-COMISION DE DESARROLLO ECONOMICO propone al Pleno del Consejo Regional constituir dentro del Gobierno Regional del Callao la Autoridad Portuaria Regional y conformar el Directorio de la Autoridad Portuaria Regional del Gobierno Regional del Callao, el cual estara integrado por los representantes de las instituciones y organizaciones senaladas en el articulo 28º de la Ley del Sistema Portuario Nacional; Estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional, del dia 29 de MORDAZA del 2005 y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- CONSTITUIR dentro del Gobierno Regional del Callao la Autoridad Portuaria Regional. Articulo Segundo.- CONFORMAR el Directorio de la Autoridad Portuaria Regional del Gobierno Regional del Callao, el cual estara integrado por los representantes de las instituciones y organizaciones senaladas en el articulo 28º de la Ley del Sistema Portuario Nacional, siendo los integrantes de las mismas: a) Un representante de la Autoridad Portuaria Nacional; b) Un representante del Gobierno Regional; c) Un representante del Gobierno Municipal Pro-

vincial, en donde se localiza el puerto principal de su jurisdiccion; d) Un representante del sector privado de los usuarios portuarios de la Region; y e) Un representante de los trabajadores de las administradoras portuarias de la region. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion de la Region. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional del Callao, a los 29 dias del mes de MORDAZA del 2005. MORDAZA A. MORDAZA HUBY Vicepresidente Encargado del Despacho de la Presidencia 08304

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Rectifican resolucion referente a subdivision sin cambio de uso de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 010-2005-MML-DMDU-DHU
MORDAZA, 15 de marzo de 2005 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Documento Simple Nº 71344-2004 y Acumulados promovidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOTTA VILLAGOMEZ por su propio derecho y en representacion de don MORDAZA MORDAZA MOTTA VILLAGOMEZ, con los cuales solicitan la Rectificacion de la Resolucion Nº 2891-MLM/SMDU-DMDU-DGO de fecha 23 de MORDAZA de 1991, aclarada por Resolucion Nº 039-98-MML-DMDU-DGO-DHU, mediante las cuales se autorizo la Subdivision Sin Cambio de Uso del terreno de 1,614.47 m², constituido por el Sublote A, de la Manzana 16 de la Urbanizacion San MORDAZA, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento Simple Nº 71344-2004 la administrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Motta Villagomez solicita: - Rectificacion de la Resolucion Nº 28-91-MLM-SMDUDMDU-DGO de fecha 23 de MORDAZA de 1991, con la que se autorizo la Subdivision Sin Cambio de Uso del terreno de 1,614.47 m² ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; en el sentido de que dicho predio esta constituido por el SUBLOTE "A" con el agregado de la palabra matriz. - Senalar en la resolucion los linderos y medidas perimetricas de los sublotes resultantes, indicando ademas la porcion de edificacion comprendida en cada uno de ellos, que forman parte de los 412.00 m² de edificacion cuya declaratoria de fabrica obra inscrito en los Registros Publicos. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 134 de fecha 20 de MORDAZA de 2004, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA acuerda Aprobar la Propuesta de Convenio sobre Delegacion de Competencia en materia de Habilitaciones Urbanas, que otorga la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, por Resolucion Nº 28-91-MLM/SMDU-DMDU-DGO de fecha 23 de MORDAZA de 1991 se aprobo la Subdivision Sin Cambio de Uso solicitada por don MORDAZA Motta MORDAZA de

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