Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2005 (01/05/2005)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2005

Articulo 1º.- Exonerar, por unica vez del MORDAZA de seleccion respectivo por la causal de bienes que no admiten sustituto y existir proveedor unico, la adquisicion de ciento ocho frascos (108) del medicamento Enzima Glucocerebrocidasa 200U, Imiglucerasa, autorizandose la realizacion de acciones inmediatas que permitan adquirido por el Monto de S/. 485,622.00 (Cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos veintidos con 00/100 nuevos soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias del Fondo de Salud Policial. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru realice las acciones que correspondan para la adquisicion inmediata de los bienes senalados en el articulo precedente de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en la pagina web del Ministerio del Interior. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y del informe que la sustente a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 07990 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0963-2005-IN/PNP MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 064-2005-DIRSAL-PNP/SP de la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru de fecha 23 de marzo de 2005 y el Informe Nº 032-2005-FOSPOLI-GGDL-dp, del Jefe del Departamento de Programacion del FOSPOLI de fecha 16 de marzo del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del articulo 19º y el inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM del 26 de noviembre de 2004, dispone que la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, se efectuan por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM del 26 de noviembre del 2004, establece que en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, los articulos 146º, 147º y ultimo parrafo del 148º del referido cuerpo legal, establecen que las resoluciones o acuerdos que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requieren obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; y que los mismos MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision o adopcion, a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, las adquisiciones o contrataciones del bien, servicio u obra, objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entiad o el organo designado para el efecto; Que, el Reglamento de Estupefacientes, Psicotropicos y otras sustancias sujetas a fiscalizacion sanitaria, aprobado por D.S. Nº 023-2001-S del 21 de MORDAZA de 2001, senala en el articulo 29º que para adquirir sustancias estupefacientes o medicamentos que las contienen, el interesado

debera presentar ante la DIGEMID el Formato Oficial de Pedido de Estupefacientes, que distribuye el organismo, debidamente suscrito por el regente del establecimiento; correspondiendo a la DIGEMID autorizar la adquisicion solicitada, luego de verificar la veracidad y exactitud de los datos consignados. Asimismo, el articulo 58º indica que la fiscalizacion sanitaria de las sustancias comprendidas en dicho Reglamento y de los medicamentos que la contienen, corresponde exclusivamente a la DIGEMID; Que, el Informe Nº 032-2005-FOSPOLI-GG-DL.dp, de 16 de marzo de 2005, emitido por el Departamento de Programacion del FOSPOLI, expresa que, segun el cuadro de necesidades de los diversos servicios del Hospital Central PNP "Luis N. Saenz", y Hospital PNP "Augusto B. Leguia", se requieren diez mil (10,000) ampollas de morfina clorhidrato 20 mg por un precio unitario de S/. 3.44 nuevos soles y precio total de S/. 34,400.00 nuevos soles, y dos mil (2,000) ampollas de petidina clorhidrato 100 mg/2ml, por un precio unitario de S/. 3.48 nuevos soles y precio total de S/. 6,960.00 nuevos soles, haciendo un total de S/. 41,360.00 nuevos soles, bienes sujetos a fiscalizacion sanitaria, que segun el ordenamiento legal deben ser adquiridos ante la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que, resulta necesario aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de bienes y servicios que no admiten sustitutos y existir proveedor unico para los efectos de adquirir los bienes MORDAZA indicados, los cuales se encuentran sujetos a fiscalizacion sanitaria, mediante acciones inmediatas en aplicacion de lo dispuesto en el penultimo parrafo del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 148º de su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2004-IN, se establecio que la administracion del FOSPOLI estara a cargo de la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional del Peru; De conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por D.S. Nº 003-2004, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM del 29 de MORDAZA de 1992; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar, por unica vez del MORDAZA de seleccioni respectivo por la causal de bienes o servicios no admiten sustitutos y existir proveedor unico, autorizandose la realizacion de acciones inmediatas que permitan adquirir los siguientes bienes sujetos a fiscalizacion sanitaria por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias del Fondo de Salud Policial (FOSPOLI): a. Diez mil (10,000) ampollas de morfina clorhidrato 20 mg, cuyo precio unitario es S/. 3.44 nuevos soles y el precio total es S/. 34,400.00 nuevos soles. b. Dos mil (2,000) ampollas de petidina clorhidrato 100 mg/2ml, cuyo precio unitario es S/. 3.48 nuevos soles y el precio total es S/. 6,960.00 nuevos soles. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, para que a traves de la dependencia correspondiente, efectue las acciones necesarias para la adquisicion inmediata de los bienes senalados en el articulo precedente, de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en la pagina web del Ministerio del Interior. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y del informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 07991

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