Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2005 (29/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2005

Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 16652

junio a diciembre de 2003, asciende a la suma de Cinco Mil Treinta y Ocho con 08/100 Nuevos Soles (S/. 5,038.08); Con lo opinado en el Informe Nº 1384-2005-ME/SGOAJ, de la Oficina Juridica de este Ministerio; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17667. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales pertinentes, contra MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, tendentes a la recuperacion del dinero cobrado ilegalmente; sin perjuicio de las medidas cautelares que la Ley faculta, que aseguran el pago de la reparacion civil. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion, para su conocimiento y fines, Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 16498 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0584-2005-ED MORDAZA, 19 de setiembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 2087-2005-PP/ED del Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, Expediente Nº 48086-2005 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 2087-2005-PP/ED, el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion solicita la expedicion de la Resolucion Ministerial Autoritativa que lo faculte a interponer la demanda de obligacion de restitucion de suma de dinero contra el responsable individualizado en el Informe Especial Nº 001-2001-CTAR.LAMB/GRCI-NCD, por cobro indebido de remuneraciones como docente; Que, dicha solicitud se fundamenta en el Informe Especial Nº 001-2001-CTRA.LAMB/GRCI-NCD, emitido por la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR MORDAZA, en el cual se ha determinado que existe un perjuicio economico ascendente a la suma de dieciocho mil trescientos noventicuatro y 25/100 Nuevos Soles en agravio del Estado como consecuencia del pago indebido al responsable MORDAZA referido, sin haber laborado como docente del turno nocturno del Centro Educativo "Pedro A. Labarthe", durante el periodo comprendido entre marzo de 1997 hasta MORDAZA de 1999; Que, lo anteriormente expuesto se encuentra corroborado mediante la solicitud del investigado dirigida al Presidente del Organo de Control Interno del CTAR MORDAZA, de fecha de recepcion 9 de febrero de 2001, en la que en su item 06 senala que "(...) el suscrito asistia normalmente al CESA "Pedro A. Labarthe", aunque en forma un tanto irregular por cuanto no habia documento alguno que justificara mi permanencia en el referido Plantel (...)". Asimismo, en su item 8 expresa "(...) Como consecuencia de mi asistencia aunque en for ma irregular el suscr ito recibia nor malmente mensualmente sus haberes hasta el mes de MORDAZA del ano 1999, por cuanto en el mes de MORDAZA del ano 1999 cuando me apersone a las Oficinas de Administracion del C.N. "San Jose" a recabar mis haberes me encontre con la sorpresa de que mis haberes habian sido retenidos sin haberseme comunicado oportunamente (...)". Que, asimismo, mediante Informe Nº 01-2001-SDTNCNSMYA"PALD", de fecha 2 de marzo de 2001, la

EDUCACION
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de cobro indebido de pensiones y remuneraciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0583-2005-ED MORDAZA, 19 de setiembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 710-2005-PP/ED del Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 14946-2005 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 710-2005-PP/ED, el Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Sector Educacion solicita a este Ministerio se emita la resolucion ministerial que le autorice interponer las acciones legales contra MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, para lograr la recuperacion de Cinco Mil Treinta y ocho con 08/100 Nuevos Soles (S/. 5,038.08), cobrados ilegalmente de la Administracion Publica, a merito de las facultades conferidas por carta-poder de fecha 16 de junio de 2003, otorgada por su padre MORDAZA MORDAZA Pena Pena, que le permitia cobrar la pension de MORDAZA, pero que el poderdante habria fallecido el 19 de junio del mismo ano; Que, mediante Oficio Nº 062-2004-CA.AGC.UCG/OCI, de fecha 27 de enero de 2004, el Jefe de la Comision de Auditoria Interna del Ministerio de Educacion, hace de conocimiento del Jefe de la Oficina de Administracion, que se suspenda el pago de pension de MORDAZA por el fallecimiento del beneficiario MORDAZA MORDAZA Pena Pena, acaecido el 19 de junio de 2003; Que, por Memorandum Nº 117-2004-ME/SG-UAFTES, de fecha 29 de enero de 2004, el Jefe de la Unidad de Administracion Financiera de este Ministerio, solicita a la Jefa de la Unidad de Personal, la suspension del pago de pensiones de MORDAZA MORDAZA Pena Pena; Que, el mencionado MORDAZA MORDAZA Pena Or tiz, utilizando la carta-poder de fecha 16 de junio de 2003, fir mado por su senor padre, ha venido cobrando sistematicamente en forma indebida los beneficios que por la pension de MORDAZA le correspondian a su padre, en merito a la Resolucion Legislativa Nº 27847, de fecha 27 de septiembre de 2002, resolucion extensiva a las Resoluciones Directorales Nº 1443-2002-ED y Nº 15752002-ED, de fechas 23 de octubre y 14 de noviembre de 2002, respectivamente; Que, la ilegalidad del cobro radica en el hecho MORDAZA que el apoderado del beneficiado con la pension de MORDAZA, en este caso MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, aprovechando el desconocimiento respecto de la muerte del beneficiario ocurrida el 19 de junio de 2003, ha continuado cobrando dichos beneficios manteniendo en error a los funcionarios de la Administracion Publica, desde junio a diciembre de 2003, en evidente perjuicio del erario nacional; Que, segun la liquidacion de la Pension de MORDAZA practicada en el caso materia de analisis, el dinero cobrado ilegalmente por MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, desde

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