Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2005 (29/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 16596 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 426-2005-CG MORDAZA, 26 de setiembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 266-2005-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial Morropon - Chulucanas, depar tamento de MORDAZA, periodo 2001 - 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores a dicho periodo; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control a la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, departamento de Piura; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, se ha evidenciado que durante el periodo 2002, el Comite Especial designado para llevar a cabo la Licitacion Publica Nacional para la adquisicion de materiales de construccion de la Obra "Construccion de Coliseo Cerrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasapera", dispuso arbitrariamente el cambio de modalidad de seleccion, asumiendo funciones que no le correspondian, sin que los funcionarios responsables adoptaran las medidas correctivas per tinentes, habiendose asimismo determinado la aplicacion de factores de evaluacion incongruentes con el objeto de la convocatoria, asi como la omision de cobro de penalidades por retraso en la entrega de materiales, ocasionando perjuicio economico a la entidad por S/. 19 923,95; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos de Usurpacion de Funciones y de Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 361º y 377º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del

Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 16597

ONPE
Disponen entregar unicamente holograma de referendum en distritos donde se realizara el Referendum para la Integracion y Conformacion de Regiones con la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 259-2005-J/ONPE MORDAZA, 27 de setiembre de 2005 VISTOS; el Informe Nº 133-2005-SGGE-GGE/ONPE y el Memorandum Nº 735-2005-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral; el Memorandum Nº 10512005-GP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento; los Informes Nº 128-2005-CMSC-GAJ/ONPE y Nº 133-2005CMSC-GAJ/ONPE y los Memorandos Nº 611-2005-GAJ/ ONPE y Nº 647-2005-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; asi como el Oficio Nº 2568-2005-SG/ JNE de la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Nº 137-2005-JNE, Nº 138-2005-JNE, Nº 139-2005-JNE, Nº 140-2005-JNE y Nº 141-2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 2 de junio de 2005, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a Referendum para conformar regiones a ciudadanos de dieciseis departamentos de la Republica, para el MORDAZA 30 de octubre de 2005, en adelante "Referendum para la Integracion y Conformacion de Regiones 2005". Que el articulo 20º de la Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones, Ley Nº 28274, senala que la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE organiza y conduce la referida consulta. Que, por otro lado, mediante Resoluciones Nº 1362005-JNE y Nº 171-2005-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 3 y el 16 de junio de 2005, respectivamente, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones ha convocado a MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el MORDAZA 30 de octubre de 2005, en diversos lugares de la Republica. Que la ONPE es un organismo constitucionalmente MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica,

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