Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2005 (29/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2005 UNIDAD EJECUTORA 002: DIRECCION REGIONAL MORDAZA

NORMAS LEGALES
MONTO TOTAL S/. 125,640.00

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Articulo 4º.- DISPONER la comunicacion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 16564

OSINERG
Prorrogan fecha limite de MORDAZA de informacion de las altas y bajas de instalaciones de distribucion electrica por parte de empresas de distribucion electrica correspondiente al ano 2005
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 310-2005-OS/CD MORDAZA, 27 de setiembre de 2005 VISTO: Las solicitudes contenidas en las comunicaciones DT127-2005 de fecha 2 de setiembre de 2005 de la empresa de distribucion electrica Edelnor, GO.05.238 de fecha 6 de setiembre de 2005 de la empresa de distribucion electrica Luz del Sur, EDECA-3588-2005 de fecha 7 de setiembre de 2005 de la empresa de distribucion electrica Edecanete, GP-438-2005 de fecha 8 de setiembre de 2005 de la empresa de distribucion electrica Electrosur; y, el informe emitido por la Asesoria Legal OSINERG-GARTAL-2005-143; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica, aprobada mediante la Resolucion OSINERG Nº 329-2004-OS/CD, las empresas de distribucion electrica remitiran anualmente al OSINERG las altas y bajas de sus instalaciones al 30 de junio de cada ano, teniendo como fecha limite el 30 de setiembre del mismo ano; Que, de acuerdo a lo senalado en el parrafo anterior, las empresas de distribucion electrica deben presentar el 30/09/2005 sus altas y bajas realizadas durante el periodo MORDAZA 2004 - junio 2005; Que, estando proxima la aprobacion del VNR de las instalaciones de distribucion electrica al 30/06/2004, la misma que establecera una base tecnica (configuracion electrica y metrados), es conveniente postergar la MORDAZA de la informacion de altas y bajas por parte de las empresas, con la finalidad de que dicha informacion se elabore considerando la base tecnica aprobada, lo cual permitira contar con informacion de forma satisfactoria para la verificacion y evaluacion de las altas y bajas por parte del OSINERG; Que, asimismo, es necesario considerar que la elaboracion de la informacion de las altas y bajas por parte de las empresas, requiere de un trabajo significativo que comprende el analisis y desarrollo de sistemas informaticos para la recopilacion, carga y verificacion de la informacion, por lo cual resulta razonable dar un plazo de un ano para la postergacion a que se refiere el parrafo anterior;

Que, ademas, diversas empresas de distribucion electrica han solicitado la postergacion de la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas de sus instalaciones, debido a que aun no cuentan con el VNR de las instalaciones de distribucion electrica al 30/06/2005 y requieren de mayor tiempo para la elaboracion de la informacion de forma satisfactoria; Que, de acuerdo al pr incipio de eficiencia y efectividad previsto por el articulo 14º del Reglamento General del OSINERG, aprobado por D.S. Nº 054-2001PCM, la actuacion del OSINERG se guiara por la busqueda de eficiencia en la asignacion de recursos y el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad en su conjunto. En tal sentido de acuerdo a las razones expuestas que sugieren la postergacion, la informacion que le sera de mayor utilidad al OSINERG cuando deba procesarla, sera la que se entregue con posterioridad a la aprobacion del VNR de las instalaciones de distribucion electrica al 30/06/2004, ya que esta partira de una base tecnica aprobada por el propio OSINERG, lo cual determina que de acuerdo al referido MORDAZA de eficiencia y efectividad, sea procedente efectuar la mencionada postergacion; Que, considerando lo senalado en los parrafos precedentes, asi como las solicitudes de las empresas de distribucion electrica a que se refiere la parte expositiva de la presente resolucion, resulta conveniente postergar la MORDAZA de la informacion de altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica establecida para el 30/09/2005; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00993-EM y sus modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1º.- La fecha limite para la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica por parte de las empresas de distribucion electrica, correspondiente al ano 2005, a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica, aprobada mediante la Resolucion OSINERG Nº 329-2004-OS/CD, sera el 30 de setiembre de 2006. Articulo 2º.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 16598

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran en situacion de emergencia a la Region Tacna por friaje, MORDAZA y granizada en zonas altoandinas
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 056-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 14 de setiembre del 2005 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

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