Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2005 (29/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2005

Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- La titular esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, la titular se encuentra obligada a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el ar ticulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 7º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 8º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autor izado, debiendo adecuarse a las nor mas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 16561

Renuevan autorizacion otorgada a MORDAZA de Radiodifusion S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 468-2005-MTC/03 MORDAZA, 23 de setiembre del 2005 VISTOS, los Escritos Registros Nº 009124 del 1 de febrero del 2002 y Nº 17725 del 2 de MORDAZA del 2003, la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., solicita la renovacion de autorizacion para la estacion del servicio de radiodifusion de television comercial en VHF en el distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 562-91-TC/ 15.17 del 7 de agosto de 1991, se autoriza por el plazo de diez (10) anos a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en el distrito y provincia de Huaura, departamento Lima; Que, segun consta en Partida Registral Nº 02005964, la empresa modifico su regimen societario, adoptando la modalidad de sociedad anonima cerrada por tanto, la denominacion a considerarse es MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C; Que, con Informe Nº 1377-2004-MTC/18.01.1, del 7 de diciembre del 2004, la Subdireccion de Control de

MORDAZA da cuenta de la inspeccion tecnica senalando que la estacion de la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., cuenta con el equipamiento necesario para su operacion brindando un ser vicio adecuado, con ambientes de estudios y planta instalados de acuerdo a las caracteristicas tecnicas y emitiendo una senal libre de espureas. De esta manera, concluye que la estacion se encuentra apta para proseguir con el tramite solicitado; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, senala que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, conforme el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordando con el ar ticulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, el articulo 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es necesario cumplir con el requisito que en dicha MORDAZA se detalla, MORDAZA aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; asimismo debe acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 722-2005-MTC/17.01.ssr, MORDAZA con Informe Nº 895-2005-MTC/17.01.ssr, senala que dicha estacion se encuentra en aptitud tecnica para continuar operando y que desde el punto de vista legal es procedente otorgar a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., la renovacion solicitada. Asimismo, senala que debera procederse a la adaptacion del MORDAZA de emision de video a 5M45C3F y audio a 50K0F3E de acuerdo a lo vigente en las Normas Tecnicas de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y la Resolucion Ministerial Nº 411-2005-MTC/03 que aprueba la definicion de Perimetro Urbano; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la empresa MORDAZA DE RADIODIFUSION S.A.C., para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito y provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas:
TV-VHF MORDAZA 3 OAV-4J Video: 350 w Audio: 35 w Emision : Video: 5M45C3F Audio: 50K0F3E MORDAZA de servicio : El area comprendida dentro del contorno de 68 dBuV/m Ubicacion de la Estacion : Cerro El MORDAZA, distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima. LO: 77° 35' 54" LS: 11° 04' 17" Estacion Frecuencia Indicativo Potencia : : : :

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