Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2005 (29/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2005

2º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 1 de la Resolucion Ministerial Nº 0370-RE, de 31 de agosto de 1983; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar al Consejo Asesor del senor Ministro de Relaciones Exteriores para Asuntos Economicos Internacionales e Integracion al senor MORDAZA MORDAZA La Madrid. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 16600

prestadores de servicios de salud a cargo del SIS, deben contar con los formatos actualizados del SIS, a efecto de cumplir con lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16555

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
DECRETO SUPREMO Nº 009-2005-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º de la Constitucion Politica reconoce el derecho a la salud de toda persona en cualquier ambito, incluido el laboral; Que, la seguridad y salud en el trabajo es una condicion basica para la proteccion social y el desarrollo de las relaciones de trabajo decentes; Que, el Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador, en su setima disposicion complementaria, establece la creacion de una comision que se encargue de elaborar un proyecto de reglamento en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, la Ley Nº 28385, que modifica la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que es competente para definir, concertar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar la politica de higiene y seguridad ocupacional, y establecer las normas de prevencion y proteccion contra riesgos ocupacionales que aseguren la salud integral de los trabajadores, en aras del mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2001-TR se constituyo una Comision Multisectorial conformada por el Ministerio de Trabajo y Promocion Social o su representante, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Pesqueria, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Ministerio de Agricultura, el Seguro Social de Salud ESSALUD, dos representantes de los trabajadores, y dos representantes de los empleadores, encargada de elaborar un proyecto de reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que, el proyecto elaborado por la referida comision fue objeto de prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano el 21 de MORDAZA de 2005, a fin de contar con la participacion de la ciudadania, habiendose recibido aportes, que han sido analizados y valorados por la Autoridad de Trabajo; De conformidad con lo regulado en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 28385 y en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo que consta de un (1) Titulo Preliminar, seis (6) titulos, Disposiciones Complementarias y Transitorias, un (1) Glosario y cinco (5) anexos. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de setiembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SHEPUT MOORE

SALUD
Amplian vigencia y aprueban Tarifas del Seguro Integral de Salud (SIS)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 725-2005/MINSA MORDAZA, 23 de setiembre del 2005 Visto el Expediente Nº 527309-05, que contiene el Oficio Nº 3148-04-SIS-GO y el Oficio Nº 1568-2005-SISJ, del Jefe del Seguro Integral de Salud (SIS); CONSIDERANDO: Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2002SA, dispuso que las Tarifas del SIS por MORDAZA de prestacion y por nivel de complejidad del establecimiento de salud, sera aprobado y actualizado por Resolucion Ministerial del Sector Salud; Que, por Resolucion Ministerial Nº 602-2003-SA/ DM, de fecha 27 de MORDAZA del 2003, se aprobaron las Tarifas del Seguro Integral de Salud (SIS) para el ano 2003, estableciendose asimismo que estas tarifas se expresan en nuevos soles y tendran vigencia hasta el 31 de diciembre de 2003, excepto actualizaciones periodicas que se aprobaran mediante Resolucion Ministerial; Que, habiendose continuado con la aplicacion de dichas tarifas, es necesario aprobar la ampliacion de su vigencia, asi como tambien aprobar la actualizacion de las Tarifas del SIS para el ano 2005; Estando a lo propuesto por el Seguro Integral de Salud y con las visaciones de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la vigencia de las Tarifas del Seguro Integral de Salud (SIS), aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 602-2003-SA/DM, a efecto de formalizar su aplicacion hasta la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar las Tarifas del Seguro Integral de Salud (SIS) para el ano 2005 y las Definiciones Operacionales, segun se detalla en los Anexos Nºs. 1, 2 y 3 que forman parte integrante de la presente Resolucion. Dichas tarifas se pagaran a los establecimientos de salud por las prestaciones brindadas a los beneficiarios del SIS, a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los establecimientos de salud,

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