Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2007 (16/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

341612

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2007

Facultese a los Directores Regionales de Agricultura para que de oficio dispongan la convocatoria a MORDAZA Eleccionario Complementario de las Organizaciones de Usuarios de Agua que no hayan elegido a la nueva Junta Directiva dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de Organizacion Administrativa del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2000-AG modificado por Decreto Supremo Nº 067-2006-AG. La convocatoria se realizara mediante Resolucion del Director Regional de Agricultura, en la que establecera las fechas maximas para la eleccion de los nuevos Organos de Gobierno. En la misma Resolucion senalada en el parrafo precedente se dispondra que la Autoridad Local de Aguas proceda en el termino de tres dias habiles a expedir la Resolucion Administrativa de aprobacion del Cronograma y Reglamento del MORDAZA Eleccionario Complementario, el mismo que debera desarrollarse conforme a los plazos y demas disposiciones establecidas en el Capitulo X del Reglamento de Organizacion Administrativa del Agua y cuando corresponda respetando las etapas del MORDAZA eleccionario original que hubieran quedado firmes. Articulo 2º.- Nombramiento de Comite Transitorio En la Resolucion cuando convoque a MORDAZA Eleccionario Complementario, el Director Regional de Agricultura dispondra que la Autoridad Local de Aguas proceda en el termino de tres dias habiles a convocar a Asamblea General Extraordinaria de la Organizacion de Usuarios para el nombramiento de un Comite Transitorio de la Organizacion de Usuarios. Entre la convocatoria y la celebracion de la Asamblea General Extraordinaria para nombramiento del Comite Transitorio deben transcurrir por lo menos diez dias calendario. El Comite Transitorio estara integrado obligatoriamente de un Presidente, un Secretario y un Tesorero; ademas, de requerirlo, podra contar hasta con dos vocales. Articulo 3º.- Reconocimiento y duracion del mandato del Comite Transitorio El Comite Transitorio sera reconocido mediante Resolucion Administrativa expedida por la Autoridad Local de Aguas, dentro de los dos dias siguientes de recibida el acta de Asamblea General Extraordinaria de nombramiento. El mandato del Comite Transitorio se extendera hasta el reconocimiento de la nueva Junta Directiva que resulte elegida en el MORDAZA Eleccionario Complementario. Articulo 4º.- Funciones del Comite Transitorio Son funciones del Comite Transitorio de la organizacion de usuarios de agua las siguientes: a. Recibir de la MORDAZA Junta Directiva reconocida, bajo cargo e inventario, el patrimonio y acervo documentario de la Institucion. b. Ejercer las atribuciones y obligaciones contenidas en los articulos 20º y 31º, segun corresponda, del Reglamento de Organizacion Administrativa del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2000-AG; c. Representar a la organizacion de usuarios; d. En general, realizar todas las acciones tecnicas administrativas necesarias para asegurar la continuidad de las funciones de las organizaciones de usuarios y la transferencia del cargo a la nueva Junta Directiva que resulte elegida en el MORDAZA Eleccionario Complementario. Articulo 5º.- Adecuacion de Procesos Eleccionarios Complementarios En los casos de que no se MORDAZA realizado la eleccion de las nuevas Juntas Directivas en acatamiento de mandato judicial, el Cronograma y Reglamento de MORDAZA Eleccionario Complementario deberan adecuarse conforme a lo dispuesto por el Organo Jurisdiccional. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de marzo del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 37668-3

Modifican derechos de tramite contemplados en el MORDAZA del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 232-2007-AG MORDAZA, 13 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 025-2005-AG, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS; Que, en el procedimiento N° 19, se establece el derecho de tramite (UIT), para el otorgamiento de la Licencia de la MORDAZA VICUNA PERU por el periodo de un ano y en el procedimiento N° 20, se establece el derecho de tramite (UIT), para el otorgamiento de la Licencia de la MORDAZA VICUNA PERU - ARTESANIA por el periodo de un ano; Que, en cada procedimiento se establecio el pago por derecho de tramite por cada kilogramo de fibra sucia adquirido y por cada kilogramo adquirido de fibra en MORDAZA de transformacion primaria; Que, el Presidente del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ha solicitado la modificacion de los procedimientos N°s. 19 y 20 MORDAZA descritos, otorgando una rebaja sustancial de los derechos de tramite, obviando el cobro por cada kilogramo de fibra sucia adquirido y por cada kilogramo adquirido de fibra en MORDAZA de transformacion primaria; Que, el numeral 38.5 del articulo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3.; Que, en consecuencia, es procedente aprobar la modificacion de los procedimientos administrativos Nºs. 19 y 20, consignados en el MORDAZA del CONACS aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2005-AG, los cuales no implican la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo N° 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los derechos de tramite de los procedimientos administrativos Nºs. 19 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos - CONACS, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2005-AG, los cuales quedaran establecidos en 0.70 % de la UIT para el procedimiento Nº 19 y 0.50 % de la UIT para el procedimiento Nº 20. Articulo 2º.- Los derechos de tramite establecidos en el articulo 1º de la presente Resolucion, seran cobrados por concepto unico, obviando el cobro por cada kilogramo de fibra sucia adquirido y/o por cada kilogramo adquirido de fibra en MORDAZA de transformacion primaria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 37173-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.