Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2007 (16/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2007

Nacional de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; el SENASA tiene por finalidad reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la produccion agraria, asi como proteger el patrimonio agrosanitario del ingreso o dispersion de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia economica; asimismo, el Articulo 5º, inciso i) del mismo Reglamento, establece entre las funciones del SENASA, el promover la suscripcion y asegurar el cumplimiento de convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores publico y privado, destinados a la promocion de la sanidad agraria; Que, segun el informe del visto, el Antrax es una enfermedad infecciosa que afecta principalmente al ganado bovino, ovino y caprino, produciendo MORDAZA perdidas economicas a los productores; para lo cual se quiere oficializar la MORDAZA de vacunacion en las regiones con antecedentes de la enfermedad; lo cual permitira la eficiencia en cobertura, cumplimiento del calendario, y en general la optimizacion de la actividad de vacunacion a nivel de las Direcciones Ejecutivas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, el SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, viene ejecutando el Subcomponente "Prevencion y Control de Antrax" a nivel de las regiones mencionadas, incluyendo dentro de sus actividades la educacion sanitaria de los productores y la vacunacion del ganado susceptible a la enfermedad; Que, en consecuencia se hace necesario oficializar la MORDAZA de Vacunacion contra Antrax en las regiones de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, Tacna y MORDAZA para el presente ano, a fin de otorgar un MORDAZA sanitario oficial con relacion a esta actividad y proteger a las especies susceptibles a esta enfermedad; Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG; y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE Articulo 1º.- Oficializar la MORDAZA de Vacunacion contra Antrax en las regiones de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, Tacna y MORDAZA para el ano 2007, para lo cual las Direcciones Ejecutivas del SENASA estableceran el calendario de vacunacion, asi como las provincias y distritos que seran atendidos en la MORDAZA, de acuerdo a los antecedentes epidemiologicos de la enfermedad en sus ambitos de accion. Articulo 2º.- Las Direcciones Ejecutivas del SENASA coordinaran con las entidades publicas afines y ejecutores de la actividad privada fin de realizar la MORDAZA de Vacunacion contra Antrax, para lo cual podran suscribir convenios de cooperacion y apoyo para la ejecucion de esta actividad, en los que se estableceran los compromisos de las entidades publicas y de la actividad privada participantes de cumplir con la normativa vigente relacionada al tema. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Director General Direcion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 37290-3

El Informe Tecnico Legal Nº 001-2007-INRENAOSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulacion y Asuntos Normativos, y la Unidad de Supervision, Evaluacion y Control de la OSINFOR, que da cuenta de las posibles causales de caducidad e infracciones a la legislacion forestal en que habria incurrido la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Jones, titular del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-ATA/C-J-024-02; y, CONSIDERANDO: Que, el 17 de MORDAZA de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Jones, suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-ATA/C-J-024-02 para el aprovechamiento de los recursos forestales de la Unidad de Aprovechamiento Nº 331, cuya superficie es de 7 168 Ha., ubicadas en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, el 23 de octubre de 2003, las mismas partes suscriben una Adenda al contrato anteriormente senalado, mediante la cual acuerdan modificar diversas clausulas; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 0162005-INRENA-IFFS, del 1 de febrero de 2005, se aprueba el Manual de MORDAZA denominado "Metodologia para la Inspeccion de las Parcelas de Corta Anual - PCA (situacion de la caoba)". Este Manual contempla la verificacion fisica de una muestra estadisticamente representativa de los arboles de caoba (Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata) declarados por los concesionarios para la aprobacion de los planes operativos anuales; Que, el 29 de MORDAZA de 2005, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA del INRENA emite la Resolucion de Intendencia Nº 087-2005-INRENA-IFFS, que resuelve aprobarle a la referida concesionaria el Plan General de Manejo Forestal; Que, el 29 de MORDAZA de 2005, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA del INRENA emite la Resolucion de Intendencia Nº 107-2005-INRENA-IFFS, que resuelve aprobarle a la concesionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Jones el Plan Operativo Anual de la MORDAZA Zafra (POA 2004-2005), en una superficie de 350 ha. cuya area se ubica en el distrito de Raymondi, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali; autorizandose, entre otras especies, un total de 22 arboles de caoba y 18 arboles de cedro, con un volumen total de 317.18 m3 y 151.62 m3, respectivamente; Que, el 30 de noviembre de 2005, la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Atalaya emite la Resolucion Administrativa Nº 113-2005-INRENAATFFS-ATALAYA, que resuelve aprobarle a la referida concesionaria el Plan Operativo Anual de la Tercera Zafra; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 067-2006INRENA de fecha 22 de marzo de 2006, se autoriza la conformacion de siete (7) brigadas de trabajo para el departamento de Ucayali y una (1) Comision de Asesoramiento que permitan a la Autoridad Administrativa CITES - Peru, Autoridad Cientifica CITES - Peru y a la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables - OSINFOR, la implementacion de los articulos IV y V de la CITES en lo relativo a las especies caoba y cedro, respectivamente; Que, del 31 de marzo al 1 de MORDAZA del 2006, la Brigada de Verificacion Nº 7, en compania del representante del titular de la concesion, senor Levy MORDAZA MORDAZA, ingresan a la Parcela de Corta Anual, correspondiente a la MORDAZA zafra (2004-2005), del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-ATA/C-J-024-02, con el objetivo principal de verificar la existencia de los arboles de las especies de caoba y cedro; Que, como resultado de dicha inspeccion, se emite el Informe Nº 07-2006-INRENA-IFFS/DCB-JLGVerificaciones, de fecha 4 de MORDAZA de 2006, que con relacion a los arboles aprovechables y arboles semilleros de caoba y cedro declarados por la concesionaria para la aprobacion de su Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra, indica entre otros, lo siguiente: a) con relacion a la

Inician procedimiento administrativo a concesionaria por presunta comision de causales de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables
RESOLUCION GERENCIAL Nº 002-2007-INRENA-OSINFOR MORDAZA, 26 de enero de 2007

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