Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2007 (16/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

341664

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2007

Articulo Cuarto.- Vigencia de la MORDAZA La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de febrero del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los ocho dias del mes de marzo del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 37034-1

es necesario que el Gobierno Regional de MORDAZA, institucionalice dicho dia como el Dia Internacional de la Mujer en su ambito territorial y promueva campanas regionales conducentes a forjar una cultura de no violencia contra la mujer y vigencia de sus derechos personales, economicos, sociales, politicos y culturales; organizando un calendario de acciones concretas, con arreglo a lo previsto en los incisos. c), f), y h) del articulo 60º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, mediante Oficio Multiple Nº 009-2007-MIMDES/DGM de fecha 16 de febrero de 2007, recomienda a los Gobiernos Regionales institucionalizar el dia de la Mujer en el ambito de sus territorios; Que, en ese entendido, con arreglo a lo previsto en el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, y estando a lo acordado por el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion de fecha 8 de marzo de 2007, estando a las atribuciones conferidas por el articulo 37º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; HA APROBADO: Articulo Primero.- Declarar, en el ambito territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, como Dia de la Mujer el dia 8 de marzo de todos los anos. Articulo Segundo.- Aprobar el siguiente calendario conducente a forjar una cultura de no violencia contra la mujer y defender su derecho a la igualdad de oportunidades; fechas en las cuales se implementaran actividades y campanas regionales: 1) Dia de la MORDAZA, el MORDAZA MORDAZA del mes de MORDAZA de cada ano. 2) Dia de los Derechos Civicos de las Mujeres, el dia 7 de septiembre de cada ano. 3) Dia de la No Violencia contra la Mujer, el dia 25 de noviembre de cada ano. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de MORDAZA, despliegue las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de marzo del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIZARRAGA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los ocho dias del mes de marzo del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 37034-2

Declaran el 8 de marzo como Dia de la Mujer en el ambito territorial del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2007-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y conforme a lo previsto en el texto reformado del articulo 191º de la Constitucion Politica, ejercen sus funciones con autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales, establece como una de las finalidades esenciales de los Gobiernos Regionales el de: "...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad de oportunidades de sus habitantes..." Que, en ese sentido, el articulo 8º de la Ley Organica en referencia, establece entre otros principios basicos de su gestion los de Inclusion y Equidad, que se anuncian como: "Inclusion.- ...promover la inclusion economica, social, politica y cultural... de grupos tradicionalmente excluidos y marginados del Estado... impidiendo la discriminacion por razon de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion" "Equidad.- ...La gestion regional promociona sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y la identificacion de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial por la gestion regional" Que, la Convencion sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer y la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer se orientan a la ejecucion de acciones para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, expresando la necesidad de tomar medidas para modificar patrones socioculturales que van en desmedro de la mujer y a su derecho a una MORDAZA libre de violencia; acuerdos que se han formalizado en instrumentos legales internacionales, como en el articulo 43º de la Carta MORDAZA de la OEA, o en instrumentos legales a nivel nacional, como el Decreto Supremo Nº 0092006-MIMDES que aprueba el Plan Nacional de Igualdades de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010; Que, la Asamblea General de Naciones Unidas en el ano 1975, establecio el dia 8 de marzo como Dia Internacional de la Mujer, y en esa perspectiva,

Declaran de interes prioritario la formulacion del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones y disponen promover la creacion del Consejo Regional de la Mujer de MORDAZA
ACUERDO REGIONAL N° 011-2007-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, tomo el acuerdo:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.