Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2007 (16/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 36770-1

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2007

del cuero, calzado e industrias conexas; dicho Proyecto goza de autonomia tecnica, financiera, economica y administrativa; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4° de la Ley N° 27267 - Ley de Centros de Innovacion Tecnologica, concordante con el articulo 14° de su Reglamento, los CITEs estatales cuentan con un Consejo Directivo conformado por un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, quien lo preside, un representante de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX y dos representantes de los empresarios del sector correspondiente; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N°s. 09998-ITINCI/DM y 187-2000-ITINCI/DM, se designo a los senores MORDAZA MORDAZA Cassinelli Piazza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Miembros del Consejo Directivo del Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas ­ CITEccal, respectivamente; Que, asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002-ITINCI/DM, se designo a la senora MORDAZA Chong Chung, como Presidenta del Consejo Directivo del Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas ­ CITEccal; Que, los senores MORDAZA MORDAZA Cassinelli Piazza y MORDAZA Chong Chung, han formulado renuncia a los cargos que venian desempenando, por lo que corresponde dictar el acto de administracion en merito del cual se acepten las renuncias formuladas; Que, de acuerdo a lo manifestado en el Informe de vistos, se habria cumplido con el MORDAZA de acreditacion de los nuevos representantes de los empresarios del Sector, correspondiendo dejar sin efecto la designacion de los anteriores representantes; Que, la Ley N° 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, en su MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final, senala que toda mencion efectuada al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en lo concerniente a los aspectos de Industria, debera entenderse referida al Ministerio de la Produccion; De conformidad con la Ley N° 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Ley N° 27276 - Ley de Centros de Innovacion Tecnologica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0272000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar, las renuncias formuladas por los senores MORDAZA Chong Chung y MORDAZA MORDAZA Cassinelli Piazza, como Presidente y Miembro del Consejo Directivo del Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas ­ CITEccal, respectivamente, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Dejar sin efecto las designaciones de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Miembros del Consejo Directivo del CITEccal, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3°.- Designar a las personas que a continuacion se indican, como Miembros del Consejo Directivo del Centro de Innovacion Tecnologica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas ­ CITEccal: Por el Ministerio de la Produccion, quien lo presidira: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Por la Comision para la Promocion de Exportaciones ­ PROMPEX: Sra. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Por los Empresarios del Sector: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sra. MORDAZA MORDAZA ASTOCONDOR

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Otorgan permisos de pesca a empresa y a persona natural para operar embarcaciones pesqueras de banderas japonesa y ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 071-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de febrero del 2007 Visto el escrito con registro Nº 00007050, de fecha 29 de enero del 2007, presentado por la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., con domicilio legal en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 161, Urb. MORDAZA Doig, La MORDAZA, Callao, en representacion legal de la empresa NATIONAL FEDERATION OF FISHERIES CO-OPERATIVE ASSOCIATIONSZENGYOREN, representante del armador de Japon, ZENNOSUKE IWAMURA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 505-2003PRODUCE del 18 de diciembre del 2003, se establece un Regimen Provisional para la extraccion comercial del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2004; Que por Resolucion Ministerial Nº 155-2006PRODUCE del 15 de junio del 2006, se prorroga hasta el 31 de junio del 2007, la vigencia del Regimen Provisional para la extraccion comercial del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE y prorrogado por Resoluciones Ministeriales Nº 134-2004PRODUCE, Nº 283-2004-PRODUCE, Nº 451-2004PRODUCE, Nº 149-2005-PRODUCE y Nº 352-2005PRODUCE; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera denominada "INARI MARU Nº 21", en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, asi como licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado, por el plazo de un mes a contarse desde el 7 de febrero de 2007; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a la documentacion presentada, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede otorgar el permiso de pesca y la licencia de operacion solicitados; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 075-2007PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Resoluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 134-2004-PRODUCE, Nº 283-2004-PRODUCE, Nº 4512004-PRODUCE, Nº 149-2005-PRODUCE, Nº 352-2005PRODUCE, Nº 155-2006-PRODUCE; y el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicada por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del

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Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Directivo del CITEccal, para los fines correspondientes.

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