Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2008 (02/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

377411

Articulo Cuarto.- PONER en conocimiento a la Municipalidad del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para que actuando de acuerdo a sus funciones de cumplimiento a la presente Resolucion. Articulo Quinto.- REMITIR MORDAZA fedateada de todo lo actuado al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Educacion para que proceda de acuerdo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA SAMAME Director Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana 233583-1

el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., que se identificara con el codigo N° 21161708, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Lagunitos, para una capacidad instalada estimada de 150 MW, los cuales se realizaran en el distrito de La MORDAZA, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VERTICE 1 2 3 4 5 6 ESTE 471 995,0000 479 763,0000 482 993,0000 481 425,0000 479 552,0000 473 448,0000 NORTE 9 478 502,0000 9 480 152,0000 9 475 035,0000 9 472 582,0000 9 471 070,0000 9 475 499,0000

ENERGIA Y MINAS

Otorgan concesiones temporales a favor de Sowitec Energias Renovables de Peru S.A., para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 350-2008-MEM/DM MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente N° 21161708, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica MORDAZA Lagunitos, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12084175 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1788060, de fecha 05 de junio de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica MORDAZA Lagunitos, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de La MORDAZA, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de solicitud de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 09 y 10 de MORDAZA de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 148-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano" por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 233118-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 351-2008-MEM/DM MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente N° 21161408, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica MORDAZA MORDAZA Alta, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12084175 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A., mediante documento con registro de ingreso

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.