Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2008 (02/08/2008)
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TEXTO DE LA PÁGINA 63
El Peruano MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2008
NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:
Articulo Unico.- AUTORIZAR a las Comisiones Organizadoras para conferir MORDAZA academicos y titulos profesionales, previa evaluacion de los egresados y/o bachilleres -segun sea el caso- por el CONAFU. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 232588-3
Funcionamiento de Universidades -CONAFU llevada a cabo los dias 25 y 26 de junio del 2008, se ACUERDA: "Autorizar a las Comisiones Organizadoras para conferir MORDAZA y Titulos Profesionales, previa evaluacion de los egresados y/o bachilleres -segun sea el caso- por el CONAFU". Que, el Pleno del CONAFU en la misma sesion, por Acuerdo N° 223-2008-CONAFU, ACUERDA: "Dejar en Suspenso la aplicacion de los articulos 25° y 26° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 100-2005-CONAFU de fecha 23 de Marzo del 2005". Por estas consideraciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- SUSPENDASE la aplicacion de los articulos 25° y 26° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 100-2005-CONAFU de fecha 23 de Marzo del 2005. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 232588-4
Suspenden la aplicacion de los articulos 25º y 26º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU
RESOLUCION Nº 217-2008-CONAFU MORDAZA, 30 de junio del 2008 VISTOS: El Acuerdo Nº 222-2008-CONAFU y el Acuerdo Nº 223-2008-CONAFU, ambos de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU llevada a cabo los dias 25 y 26 de junio del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores; teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el inciso "b" del Articulo 3º del Estatuto del CONAFU aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: b) Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion definitiva de funcionamiento se concedera despues de la evaluacion minima de cinco anos academicos, siempre que la evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y cuando se cuente con una promocion de graduados"; Que, uno de los fines del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, es Promover una educacion Universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad establecidos en la Ley Universitaria; de conformidad con el Inciso a) del Articulo 4° del Estatuto del CONAFU. Que, de conformidad con el Articulo 11° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU, "Las Universidades bajo competencia del CONAFU son publicas o privadas, segun se creen por iniciativa del Estado o de Particulares. Las Primeras son personas juridicas de derecho publico interno; y las segundas son personas juridicas de derecho privado con o sin fines de lucro, de acuerdo al regimen legal adoptado". Que, de conformidad con el Articulo 10° inciso t) del Estatuto del CONAFU, son atribuciones del Pleno del CONAFU: "Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, por Acuerdo N° 222-2008-CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de
Requieren a las Universidades y/o Proyectos Universitarios bajo la competencia del CONAFU, para que cumplan con remitir su informacion correspondiente, en archivo fisico y digital
RESOLUCION Nº 264-2008-CONAFU MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 VISTOS: Memorandum Nº 010-2007-CONAFU-CDAA de fecha 02 de MORDAZA del 2007, y el Acuerdo Nº 273-2008CONAFU de la sesion del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU llevada a cabo los dias 7 y 8 de MORDAZA del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores; teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el Inciso t) del Articulo 10º del Estatuto del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, se establece que: "son atribuciones del Pleno del CONAFU:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, por Memorandum Nº 010-2007-CONAFUCDAA, de fecha 02 de MORDAZA del 2007, el Consejero de Asuntos Academicos sugirio al Presidente del CONAFU requerir a las Universidades y Proyectos Universitarios bajo la Competencia del CONAFU, para que remitan la informacion en el formato digital solicitado; Que, con el deseo de optimizar la informacion que presentan las Universidades y/o los proyectos Universitarios