Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2008 (02/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2008

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Conforman el Comite de Articulacion y Coordinacion del Gobierno Local del distrito de San MORDAZA de Miraflores en la Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil
ORDENANZA N° 000075-2008-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 15 de MORDAZA de 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES; VISTO, En Sesion Ordinaria de la fecha y vista la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo Social, mediante el Informe N° 611-2008-GDS-MDSJM, relacionada a la conformacion del "COMITE DE ARTICULACION Y COORDINACION DEL GOBIERNO LOCAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES EN LA LUCHA CONTRA LA POBREZA Y DESNUTRICION CRONICA INFANTIL", la cual sera responsable de la gestion, supervision y monitoreo de la Estrategia Nacional CRECER en el ambito de la jurisdiccion de San MORDAZA de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales y distritales, son los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley N° 28607, en concordancia con lo previsto en los articulos 1° y 2° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, en la citada Ley Organica de Municipalidades, se establece de manera indubitable que la estructura, organizacion y funciones especificas de los Gobiernos Locales, se cimientan en una vision de Estado democratico, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de promover el desarrollo local, a partir del cual se permita viabilizar el desarrollo sostenible del pais. En este proposito, se ha previsto que las competencias y funciones especificas de los Gobiernos Locales se cumplan en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, el Concejo Municipal constituye el organo normativo y fiscalizador del Municipio, el cual tiene entre sus funciones el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, funciones y materias de competencia del Gobierno Municipal; asi como aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo, los espacios de concertacion y participacion vecinal, y reglamentar su funcionamiento, acorde a lo previsto en los articulos 5° y 9° de la referida Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el Gobierno Nacional en concordancia con los acuerdos arribados en el "Acuerdo Nacional", ha presentado las MORDAZA prioridades y politicas de Estado, las mismas que estan dirigidas a alcanzar, entre otros objetivos, la Equidad y Justicia Social; siendo que el Eje principal de la accion del Estado, esta enmarcada en el desarrollo humano integral, la superacion de la pobreza y la igualdad de acceso a las oportunidades para todos los peruanos Y peruanas, sin ningun MORDAZA de discriminacion. En este proposito deberan adoptarse las medidas orientadas a lograr la generacion de oportunidades economicas, sociales, culturales y politicas, erradicando toda forma de inequidad y de discriminacion, en un contexto de pleno respeto a los Derechos Humanos; Que, para alcanzar los objetivos indicados en el parrafo anterior se convino en que las politicas de Estado

aprobadas, se traduzcan en metas e indicadores, siguiendo la forma de matrices disenadas con tal finalidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2007 -PCM, se aprobo el "Plan de Reforma de los Programas Sociales", el cual establece que el objetivo general de la reforma de programas sociales consiste en contribuir a la mejora de las condiciones de MORDAZA de la poblacion y a la reduccion de los niveles de pobreza extrema, a traves del desarrollo integrado de acciones constantes y continuas que logren tener incidencia en las poblaciones o localidades afectadas, las cuales deberan articularse no solo a nivel institucional sectorial sino tambien a nivel multisectorial, senalando que las actividades no deben darse solo a nivel central, sino tambien a nivel de gobierno regional y local; Que, la Estrategia Nacional CRECER, aprobada por Decreto Supremo N° 055-2007-PCM, se enmarca dentro de las politicas nacionales de gobierno, orientada a superar la pobreza y reducir las brechas de inequidad y exclusion social, proponiendo una estrategia de intervencion articulada de las entidades publicas que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local y de entidades privadas que se encuentren, directa o indirectamente, vinculadas en la lucha contra la desnutricion cronica infantil, especialmente en las ninas y ninos menores cinco (5) anos; Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2007PCM, se aprobo el Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional "CRECER", en cuyo capitulo IV se preve que los Gobiernos Locales conduzcan en sus respectivos ambitos la ejecucion de la E. N. CRECER; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2008-EF, se ha establecido la prioridad de las intervenciones sociales, en merito a lo cual las entidades publicas deberan priorizar la ejecucion de intervenciones en sectores sociales que permitan alcanzar las metas de los indicadores sociales prioritarios para el ano 2011, establecidos en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2009 - 2011, aprobado en sesion del Consejo de Ministros del 28 de MORDAZA del 2008; Que, por Resolucion Ministerial N° 104-2008-PCM, se aprobo la MORDAZA Tecnica N° 001-2008 de Implementacion Regional y Local de la Estrategia Nacional "CRECER", de alcance para todas las entidades del Estado en los niveles nacional, regional y local, comprendidos en el D.S. N° 080-2007-PCM, estableciendo en su capitulo V como cuestion medular en el MORDAZA de implementacion Local de la Estrategia Nacional CRECER, la institucionalizacion de "la instancia de Articulacion y Coordinacion", a partir de alguna ya existente, o como una instancia nueva; Que, en este orden de ideas el Gobierno Local de distrito de San MORDAZA de Miraflores, asume el compromiso y responsabilidad de luchar contra la pobreza y la desnutricion cronica infantil. En merito a lo indicado en el articulo 5.2 del Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, en concordancia con lo establecido en el numeral 5.1.1 de la MORDAZA Tecnica N° 001-2008 de Implementacion Regional y Local de la Estrategia Nacional CRECER, ha previsto crear la .. Instancia de Articulacion y Coordinacion", como el mecanismo institucional que permita y facilite la accion articulada interinstitucional de todas las entidades publicoprivadas, que actuan en el ambito territorial del distrito de San MORDAZA de Miraflores, incluyendo la participacion del gobernador del distrito de San MORDAZA de Miraflores, desde sus diferentes niveles de responsabilidad en el ambito de sus competencias, asi como, la implementacion de acciones concertadas orientadas a la lucha contra la desnutricion infantil y pobreza; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 195° de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, y por el inciso 6) del Articulo 9° de la Ley N° 27972- Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal del Distrito de San MORDAZA de Miraflores aprobo por UNANIMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobacion de acta ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- CONFORMAR el "COMITE DE ARTICULACION Y COORDINACION DEL GOBIERNO LOCAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES EN LA LUCHA CONTRA LA POBREZA Y DESNUTRICION

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