Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2008 (02/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2008

PROYECTO
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Este periodo tendra una duracion de un mes (mes 6) de acuerdo al cronograma. Durante este periodo debera continuarse con el Plan de Informacion al Publico a fin de minimizar el impacto a los usuarios. Dicho periodo contemplara las siguientes actividades:

d. El plazo MORDAZA para concluir las pruebas externas es de dos (2) meses, computado a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo previsto para las pruebas internas. e. En el caso de pruebas fallidas, las empresas concesionarias involucradas deberan solucionar en el mas breve plazo los problemas a fin de reiniciar y culminar las pruebas previstas, bajo responsabilidad. Actividad 3: Plan de Informacion al Publico El objetivo del Plan de Informacion al Publico es minimizar el impacto que pudiera generarse en los usuarios y publico en general, con la introduccion de las medidas establecidas en la presente Resolucion. Este plan se iniciara en el mes cuatro (04) del cronograma aprobado y considera las siguientes actividades: Por el Estado:

Por el Estado: · · · El MTC continuara con la emision de notas de prensa, publicacion de comunicados y concedera entrevistas en medios de comunicacion a nivel nacional. El MTC a traves de su central telefonica brindara informacion y orientacion al publico en general, durante el periodo de establecimiento (1 mes). El MTC y el OSIPTEL continuaran con la publicacion en sus respectivas paginas web de la informacion pertinente contenida en la presente Resolucion.

a. El MTC emitira notas de prensa, publicara comunicados y concedera entrevistas, en medios de comunicacion a nivel nacional. b. El MTC a traves de las oficinas especializadas de la Union Internacional de Telecomunicaciones UIT, comunicara a los diferentes paises, la entrada en vigencia de la presente Resolucion. c. El MTC a traves de su central telefonica brindara informacion y orientacion al publico en general. d. El MTC y el OSIPTEL publicaran en sus respectivas paginas web, la informacion pertinente contenida en la presente Resolucion. Por las empresas concesionarias de los servicios publicos de telecomunicaciones:

Por las empresas concesionarias de los servicios publicos de telecomunicaciones: · Los concesionarios de los servicios publicos moviles, continuaran con la difusion a traves de la radio y la television, de la informacion necesaria y el procedimiento de marcacion respectivo, por un periodo minimo de siete (7) dias continuos posteriores a la entrada en vigencia dispuesta en el articulo 1º de la presente Resolucion. Los concesionarios de los servicios publicos moviles continuaran con el envio de mensajes de texto, a sus usuarios por un periodo minimo de quince (15) dias continuos posteriores a la entrada en vigencia dispuesta en el articulo 1º de la presente Resolucion. Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones emitiran grabaciones telefonicas, a fin de informar de la implementacion de las medidas dispuestas en la presente Resolucion, durante el periodo de establecimiento (1 mes). Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones continuaran anexando a sus facturas la informacion pertinente, segun lo dispuesto en la presente Resolucion, durante el periodo de establecimiento (1 mes). Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones continuaran con la publicacion en sus respectivas paginas web, del banner que contiene la informacion y el procedimiento de marcacion respectivo durante el periodo de establecimiento (1 mes). Exposicion de motivos 1. ANTECEDENTES · El Plan Tecnico Fundamental de Numeracion (en adelante Plan Tecnico), aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC, establece las bases para una adecuada administracion, supervision y uso de la numeracion, considerada un recurso escaso. Asimismo, define las estructuras de numeracion para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones. El Plan Tecnico modificado por Resolucion Suprema Nº 004-2006-MTC, en su Disposicion Complementaria Transitoria Unica faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que mediante Resolucion Ministerial modifique, precise y/o amplie las definiciones, estructuras de numeracion, procedimiento de marcacion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, asi como a establecer las disposiciones necesarias para su cumplimiento. Asimismo, el referido Plan Tecnico dispone la implementacion del Area Virtual Movil, como parte de las medidas a adoptarse durante su MORDAZA Etapa y faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a determinar mediante Resolucion Ministerial, la fecha de su entrada en vigencia.

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· a. Los concesionarios de los servicios publicos moviles, a fin de orientar a los usuarios y publico en general, difundiran a traves de la radio y la television, la informacion necesaria y el procedimiento de marcacion respectivo, establecidos en la presente Resolucion. b. Los concesionarios de servicios publicos moviles enviaran mensajes de texto a sus usuarios remitiendo informacion necesaria para orientar este proceso. c. Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones elaboraran de comun acuerdo y difundiran grabaciones telefonicas que contendran informacion MORDAZA, precisa y breve, a fin de orientar a los usuarios y reducir los errores en la marcacion. Los anuncios indicaran al usuario el modo de marcacion y la informacion general necesaria para orientar este proceso. La informacion de dichas grabaciones telefonicas sera previamente remitida a la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones para su conformidad, a fin de uniformizar la informacion que se brindara a los usuarios y cautelar que se cumpla con el objetivo del plan de informacion. d. Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones anexaran a sus facturas la informacion pertinente, segun lo dispuesto en la presente Resolucion. e. Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones publicaran en sus respectivas paginas web, un banner conteniendo informacion y el procedimiento de marcacion establecido en la presente Resolucion. f. Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones estableceran coordinaciones con sus corresponsales en otros paises, a fin de difundir informacion sobre la implementacion de la presente Resolucion. PERIODO DE ESTABLECIMIENTO · Periodo en el cual unicamente se permitira las marcaciones establecidas en el Anexo del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion que se modifica en virtud de la Unica Disposicion Complementaria Modificatoria de la presente Resolucion, con excepcion del literal b.2) del numeral 3. ·

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