Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2008 (02/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

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2008 y Etapa 3 ­ Setiembre 2008", a traves de un MORDAZA de exoneracion por la causal establecida en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº083-2004-PCM, resultando necesario modificar el referido Plan Anual de Adquisiciones mediante su inclusion. Asimismo, se senala que la adquisicion estara a cargo del area encargada de las adquisiciones de bienes y contratacion de servicios del Ministerio de Agricultura, esto es, la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, considerandose en el gasto de la cadena funcional programatica 04 009 0050 1.022830 3.056819 - Supervision y Monitoreo de MORDAZA Productivas y Convenios Agropecuarios ­ Meta 00006; Que, de acuerdo con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la contratacion de servicios personalisimos, segun lo que establezca su Reglamento; Que, el tercer parrafo del articulo 145º del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, precisa que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, tratandose el presente caso de una contratacion de servicios de publicidad en medios televisivos y radiales de amplia cobertura, los mismos se encuentran dentro del supuesto de la MORDAZA MORDAZA citada, MORDAZA precisamente las caracteristicas particulares que distinguen a este MORDAZA de medios de comunicacion Que, de otro lado, a efectos de formalizar la exoneracion indicada anteriormente, debe tenerse presente el literal a) del articulo 20º de la referida Ley, el cual establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, el tercer parrafo y siguientes del citado articulo 20º establecen que la Resolucion del Titular del Pliego requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo, debiendo ser publicada dicha Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA de la misma, asi como MORDAZA de los informes que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el subnumeral 6.6. del Numeral VI, Disposiciones Especificas, de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE precisa que la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser remitida a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, el MORDAZA y tercer parrafo del Articulo 148º del citado Reglamento establecen que la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de dicha exoneracion deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, debiendo la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Ley Nº 26850 y sus modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, via servicios personalisimos, prevista en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la contratacion de los servicios personalisimos de publicidad televisiva y radial para la difusion de la MORDAZA "Papea Peru: Etapa 2 ­ Agosto 2008" y "Etapa 3 ­ Setiembre 2008", a traves de un MORDAZA de exoneracion por la causal establecida en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, mediante spots televisivos de treinta y cinco (35) y quince (15) segundos, con frecuencias de una (01) a cuatro (04) veces diarias segun la emisora, asi como spots radiales de treinta (30) segundos, con frecuencias de seis (06) veces diarias. El monto total por los servicios de publicidad televisivo y radial ascienden a la suma de S/. 1´290,144.87 (Un Millon Doscientos Noventa Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 87/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Conforme a lo expresado en el Sustento Tecnico de la Oficina de Imagen Institucional, los medios de comunicacion a ser contratados son los siguientes: MORDAZA 2 ­ Frecuencia Latina MORDAZA 4 ­ MORDAZA Television MORDAZA 5 ­ Panamericana Television MORDAZA 7 ­ Instituto de Radio y Television del Peru MORDAZA 9 ­ MORDAZA de Radio y Television MORDAZA 13 ­ Red Global Radio Programas del Peru Radio Panamericana Radio Nueva Q Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura sea la encargada de realizar la adquisicion exonerada en virtud a la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la contratacion exonerada, realizada en merito a la presente Resolucion, sea efectuada con cargo al Pliego Presupuestal Nº 013 ­ Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, siendo atendida por la fuente de financiamiento de recursos ordinarios y en la forma establecida en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC del Ministerio de Agricultura a fin de incluir la contratacion materia de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los informes tecnico y legal sustentatorios, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes de su aprobacion y, remitir MORDAZA de dicha documentacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE asi como publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el Registro del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 233563-1

Constituyen Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0647-2008-AG MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2008

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