Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2009 (04/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

396939

Que, mediante el documento del visto la citada Comision de Evaluacion ha presentado la terna de los candidatos que han alcanzado la mayor calificacion; Que, resulta necesario designar al Presidente Ejecutivo del OSINFOR; De conformidad con el Decreto Legislativo Num. 1085 y la Ley Num. 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente Ejecutivo del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y Fauna MORDAZA - OSINFOR. Articulo 2º.- La presente resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

356457-11

AGRICULTURA
Modifican Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 032-2007-AG, 008 y 009-2008-AG referentes a transferencias de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas, a favor de diversos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 012-2009-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA y, que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006PCM, se modifico el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, incorporando la transferencia de mil seiscientos sesenta y siete (1667) equipos de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a favor de veintitres (23) Gobiernos Regionales para la ejecucion de obras de encauzamiento de MORDAZA, defensas riberenas y prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM se modifico en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA el cuadro de distribucion aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, resultando que la transferencia se realizaria hasta por la cantidad de mil seiscientos sesenta y dos (1662) equipos por un monto estimado de Ciento Setenta y Un Millones Novecientos Siete Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 171 907 763.00); Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 032-2007-AG, 008 y 009-2008-AG se dio por concluida la transferencia

de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas, efectuada por el Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica y MORDAZA, entre otros; Que, mediante Memorandum Nº 1931-2008-AG-OGANº 2148-OL/UCP de fecha 16 de diciembre de 2008, la Directora General de la Oficina General de Administracion senala que en el MORDAZA de registro administrativo de lo dispuesto en los Decretos Supremos indicados en el considerando precedente, se han determinado errores materiales en los anexos que forman parte de los mismos; Que, mediante Memorandum Nº 1906-2008-AGOGA Nº 2126-OL/UCP de fecha 11 de diciembre de 2008 la Oficina General de Administracion comunica que el Gobierno Regional del departamento de MORDAZA manifiesta no haber ubicado el buldozer de Codigo Patrimonial Nº 673689140022, siendo que en la provincia de Casma, se encuentra el buldozer serie 60740 y motor 24651, por lo que debe realizarse la regularizacion pertinente; Que, mediante Oficio Nº 308-2009-GORE-ICA/DRAPMAAP de fecha 5 de febrero de 2009, la Direccion Regional de Agricultura del Gobierno Regional del departamento de Ica solicita la rectificacion de los datos tecnicos del tractor buldozer B-040, toda vez que los codigos detallados en el Acta de Transferencia no corresponden a la mencionada Unidad, siendo los correctos la Serie Nº 60762 y el motor Nº 24673; Que, mediante Oficio Nº 077-2009-AG-UCAD-Nº 0005AD/CEN de fecha 15 de enero de 2009, el Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion solicita se evalue y tramite un proyecto de decreto supremo que subsane los errores materiales advertidos en los anexos de los Decretos Supremos MORDAZA glosados; efectuada la evaluacion se determino que existia un error material en el monto de tasacion de las Mil Seiscientas Sesenta y Dos (1662) maquinas y el mismo se repetia en algunos Decretos Supremos MORDAZA emitidos; Que, mediante Informe Nº 0018-2009-AG-OAER/ PMAAP, el Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada, recomienda no efectuar la correccion en los primeros parrafos de los considerandos de los Decretos Supremos Nºs. 022 y 032-2007-AG y 006, 008 y 009-2008-AG, ya que dicha informacion es enunciativa; que el monto exacto de los mil seiscientos sesenta y dos (1662) equipos son por un monto estimado de Ciento Setenta y Un Millones Novecientos Siete Mil Setecientos Sesenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 171 907 763.00); y reitera se realice las modificaciones necesarias en los Decretos Supremos Nºs. 032-2007-AG, 008 y 009-2008-AG, a fin de subsanar las incongruencias detectadas; Que, en el numeral 6.2 del articulo 6º de la Ley Nº 26889, Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa se determina que las leyes y normas de menor jerarquia publicadas en el Diario Oficial que contengan errores materiales, deben ser objeto de rectificacion mediante fe de erratas, pero de no publicarse esta en el plazo senalado, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior, por lo que resulta necesario emitir, el presente Decreto Supremo que permita modificar los errores materiales incurridos, a fin de poder realizar un registro administrativo adecuado de las transferencias realizadas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y lo dispuesto en la Ley Nº 26889 - Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de Anexos Modifiquese los Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 032-2007; 008 y 009-2008-AG, glosados en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, conforme al siguiente detalle:
D.S. Nº 032-2007-AG GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA ITEM DICE: DEBE DECIR: 97 Codigo Patrimonial Codigo Patrimonial 673687990858 673687990868

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.