Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2009 (04/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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de una ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, que a su vez tenga como finalidad la creacion de una UNIVERSIDAD que tenga su sede principal en el Distrito de Los Olivos. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en nombre y representacion de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA, participe en la organizacion y constitucion de la ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, pudiendo participar como miembro de los organos de la misma; asimismo para que gestione negocie y suscriba todos los documentos que fuesen necesarios para la creacion de la UNIVERSIDAD denominada UNIVERSIDAD MUNICIPAL DE LOS OLIVOS. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de lo dispuesto a la Gerencia Municipal a fin de dar cumplimiento de lo acordado. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- APRUEBESE el "Programa de Incentivo de Recoleccion de Materiales para Reciclaje" en las instituciones educativas de nivel primaria y secundaria ubicadas en el distrito de MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- El procedimiento para el "Programa de Incentivo de Recoleccion de Materiales para Reciclaje" en las instituciones educativas de nivel primaria y secundaria ubicadas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, es el siguiente: A) Los directores de las instituciones educativas que deseen participar en el programa de incentivo MORDAZA referido, deberan inscribirse en la Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y DEMUNA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, designando el nombre de un coordinador. La fecha MORDAZA de inscripcion se publicara oportunamente en la pagina web http://www.munimagdalena.gob.pe/. B) Para efectos de la presente ordenanza, se consideraran como materiales para reciclaje los siguientes: papel, vidrio y plastico. C) Esta Corporacion Municipal premiara a la institucion educativa que acumule el mayor puntaje, teniendo en cuenta lo siguiente: c.1) La cantidad de materiales para reciclaje recolectados, que estara en proporcion con el numero de alumnos de cada institucion educativa (dicho aspecto representa el 50 % de la calificacion) y; c.2) La cantidad de actividades realizadas por las instituciones educativas, relacionadas con la proteccion del medio ambiente y/o el reciclaje de residuos solidos (dicho aspecto representa el 50 % de la calificacion). Las actividades, podran consistir en campanas de orientacion y difusion, ferias, eventos escolares, pasacalles, representaciones, actuaciones, seminarios o charlas organizadas por dichas instituciones educativas, ya sea para el publico en general o internamente; cabe precisar que se tendra presente adicionalmente en la calificacion, aspectos referidos a la calidad y originalidad de dichas actividades. En ese orden de ideas, las actividades precitadas deberan ser comunicadas previamente a la Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y DEMUNA de esta Municipalidad, a fin de que el MORDAZA Calificador, que se encontrara integrado por dos funcionarios designados por la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y un representante de la Asociacion para la Ninez y su Ambiente (ANIA), acuda a presenciar tal actividad y pueda efectuar la calificacion respectiva. Las decisiones del MORDAZA Calificador son inapelables y definitivas. D) La entrega de materiales para reciclaje recolectados, se realizara en el mes de noviembre, en el Coliseo MORDAZA MORDAZA ubicado en el Jr. Comandante Espinar cuadra 03, MORDAZA MORDAZA, los mismos que deberan ser entregados en las bolsas y contenedores proporcionados por esta Municipalidad. Asimismo las actividades realizadas por las instituciones educativas, relacionadas con la proteccion del medio ambiente y/o el reciclaje de residuos solidos tambien concluiran en el referido mes. E) A la institucion educativa que alcance el mayor puntaje se le MORDAZA entrega de los incentivos que seran publicados en la pagina web de la Municipalidad de MORDAZA del Mar: http://www.munimagdalena.gob.pe/. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Educacion, Cultura, Deporte y Defensa Municipal del MORDAZA Adolescente y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban el Programa de Incentivo de Recoleccion de Materiales para Reciclaje en las instituciones educativas de nivel primaria y secundaria ubicadas en el distrito
ORDENANZA Nº 399-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 12 de marzo del 2009 ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE INCENTIVO DE RECOLECCION DE MATERIALES PARA RECICLAJE EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA UBICADAS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 05 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 82º, inciso 16) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que es competencia de las municipalidades, impulsar una cultura civica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservacion y mejora del ornato local; Que, la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314, establece en su Art. 1º, derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion a la salud y bienestar de la persona humana; Que, es politica de esta gestion fomentar buenas practicas de saneamiento ambiental que repercutan en la utilizacion de materiales con fines de preservacion y uso racional de los recursos naturales, en beneficio de la comunidad; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica

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