Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2009 (04/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de junio de 2009

Articulo Tercero.- Los Vice Rectores Academico y Administrativo, el Decano de la Facultad de Medicina MORDAZA Unanue; asi como la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General

de Comunicaciones e Imagen Institucional, asi como la Secretaria General, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General

355923-2

355926-1

Designan responsable de la actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. N° 8947-2009-UNFV
San MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso fundamental a la informacion consagrado en el numeral 5 del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, para la difusion via Internet, de la informacion a que hace referencia el Articulo 5º de la citada Ley, la Entidad Publica debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet, conforme lo dispone el parrafo in fine de dicho articulo; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 4º, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designacion del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, adicionalmente, la Entidad colocara MORDAZA de la Resolucion de designacion en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolucion R. Nº 8545-2009-UNFV de fecha 23.03.2009, se encargo, a partir de dicha fecha, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UBILLUS, Servidor Administrativo Funcionario 3 (SF3) la Direccion del Centro Universitario de Computo e Informatica de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, a fin de dar cumplimiento a las normas citadas en los considerandos precedentes y teniendo en cuenta el encargo efectuado, es necesario designar al referido funcionario, responsable de la actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; Estando a lo dispuesto por el senor Rector en Oficio Nº 576-2009-R-UNFV, de fecha 07.05.2009 y de conformidad con la Ley N° 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad y Resolucion R. Nº 2443-2006-UNFV de fecha 30.05.2006; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UBILLUS, Director (e) del Centro Universitario de Computo e Informatica, responsable de la actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, en cumplimiento del Articulo 5º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Los Vice Rectorados Academico y Administrativo, las Oficinas Centrales de Planificacion, de Logistica y Servicios Auxiliares, de Recursos Humanos, de Asesoria Juridica, Economico Financiera,

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Acta de Acuerdo de Limites Territoriales entre el Gobierno Regional MORDAZA y el Gobierno Regional MORDAZA (Sector Punta La Litera - Cerro Pacayhuain)
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2009-REGION ANCASH/CR.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, MORDAZA que concuerda con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, es funcion de los Gobiernos Regionales, "planificar, y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacion en el ambito del territorio regional, organizar evaluar y tramitar los expedientes tecnicos de demarcacion territorial, en MORDAZA con las politicas y normas de la materia"; de acuerdo a lo establecido en el articulo 53º, inciso f) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, la Ley Nº 27795 ­ Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, en su articulo 3º, numeral 3.1, establece como objetivo la de definir circunscripciones territoriales de nivel distrital, provincial y departamental, que garanticen el ejercicio del gobierno, la administracion y faciliten la conformacion de las regiones; Que, el D.S. 019-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, en su articulo 4º, inciso m), establece que la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial ­ DNTDT, es el Organo Rector del Sistema Nacional de Demarcacion Territorial; asimismo, el articulo 45º, del D.S. Nº 067-2003-PCM, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, estableciendo como funciones de dicha Direccion, orientar, conducir y supervisar el MORDAZA de demarcacion territorial y el saneamiento de limites; asi como coordinar, asesorar a las autoridades regionales y locales en materia de organizacion y demarcacion territorial; Que, mediante Reglamento Provisional del 4 de agosto de 1821, se crea el departamento de MORDAZA, el mismo que en su descripcion no establece limites territoriales, siendo esta una de las causas de la imprecision de limites; Que mediante Reglamento Provisional s/n del 12 de febrero de 1821, se crea el Departamento de Huaylas y posteriormente mediante Decreto del 28 de febrero de 1839 se da el nombre MORDAZA al Departamento Huaylas,

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