Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 1998 (11/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

N" 0009-98-MAG-DRAA-OAJ, declarando la nulidad de la ResolucionAdministrativaN"063-96-MAG/ATDR.T-ATpor considerar que son atendibles los hechos expuestos en el recurso de nulidad interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 27 de noviembre de 1997, en el ue expresa que procedio a la reapertura de la compuerta `de agua para no perder la cosecha de camote que tenia sembrado en su predio, por falta de pago; Que la Direccion General de Aguas y Suelos del INRENA mediante Oficio N" 300-98-INRENA-DGAS, ha solicitado que se revise la legitimidad de la resolucion dictada por la Direccion Regional Agraria de Arequipa; Que del estudio del expediente consta a fojas 12 que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue notificado con la Resolucion Administrativa N" 063-96-MAG/ATDR.T-AT, el 10 de MORDAZA de 1996, de manera que cuando presento su escrito de 26 de noviembre de 1997 solicitando la nulidad de esa resolucion, la misma ya habia quedado consentida, por lo que la Direccion Re `onal Agraria de MORDAZA estaba impedida de conocer eP procedimiento, menos aun de declarar la nulidad de aquella resolucion, pues ya habian transcurrido los seis meses que establecia el Articulo 110" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo W 02-94-JUS para declarar la nulidad de una resolucion; Que en consecuencia la Resolucion Directoral W 000998-MAG-DRAA-OAJ, de 26 de enero de 1998, dictada por dicha Direccion Regional Agraria se encuentra incursa en la causal de nulidad prevista en el inciso c) del Articulo 43" del Texto Unico acotado;. Estando a lo dictammado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo IJnico.- Declarar nula la Resolucion Directoral N" 0009-98-MAG-DRAA-OAJ, de 26 de enero de 1998, expedida por la Direccion Regional Agraria de MORDAZA, por haber sido dictada prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento; restableciendose la validez de la Resolucion Administrativa N" 063-96MAG/ATDR.T-AT, de 28 de marzo de 1996, dictada por la Administracion Tecnica del Distrito de Riego de TamboAlto Tambo; devolviendose los actuados a la citada Direccion Regional Agraria. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 14454

le la sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inte olen recurso denominado de impugnacion, el que se cal2 ica :omo de apelacion, contra la precitada resolucion, exprerando ambos que son copropietarios del predio adjudicado 31 que se le conoce, dicen, con los nombres de "Pago de Riego Grande" o "Sector Ramo Montoya':, por lo que se oponen a .a titulacion del nombrado adjudicatario por ser simplenente arrendatario del bien; Que el Estado puede adjudicar u otorgar titulos de ?ropiedad unicamente sobre predios incorporados a su iominio en virtud de alguno de los procedimientos de adquisicion previstos por ley; Que en el presente caso, no esta acreditado que el predio nateria de procedimiento MORDAZA sido incorporado al patrimolia del Ministerio de Agricultura, por lo que el Estado carece le facultades para disponer de el; Que es mas, obra fojas 125 y siguientes MORDAZA del testamento otorgado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas; a fojas 130 y siguientes MORDAZA deltestamento otorgado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas; y a fojas 60 y 61 MORDAZA le los contratos de arrendamiento sobre el predio en cuestion celebrado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como arrendatario, y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como propietario, con fechas 27 de marzo de 1961 y 18 de MORDAZA de 1986? respectivamente, que acreditan que el predio es de propiedad privada, lo cual se sustenta aun mas con la sentencia de 29 de setiembre de 1997 del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, dictada en el juicio seguido por el Convento San MORDAZA de MORDAZA contra 10x1 MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre desalojo, que declaro Fundada la demanda ordenando la desocupacion del bien, -orno consta de la MORDAZA de la sentencia corriente a fojas 89 y siguientes; Que en consecuencia, la resolucion impugnada y todo lo actuado se encuentra incurso en la causal de nulidad prevista en el inciso b) del Articulo 43" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-Jus; Que de conformidad con el Articulo 45" del Texto Unico citado la invalidez de un acto implicara la de los sucesivos en el procedimiento, siempre que esten vinculados a el; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar nula la Resolucion Directoral N 288-97-MAG-DRAA-OAL, de 15 de octubre de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA, e insubsistente todo lo actuado, por cuanto el predio materia de procedimiento es propiedad privada. Articu10 2".- Declarar igualmente nulo el titulo de ropiedad que como consecuencia de dicha resolucion se rlubiera otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA Rondon; devolviendose el expediente ala Direccion Regional Agraria de MORDAZA para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 14436

Declaran nula resolucion queadjudico a titulo oneroso terreno ubicado en la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N" 6685-98-AG MORDAZA, 7 de diciembre de 1998 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por el Convento de San MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Directoral N" 288-97-MAGDRAA-OAL, de 15 de octubre de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region Arequipa. CONSIDERANDO: Que f;. Resolucion Directoral W 288-97-MAG-DRAAor ., OAL, la ireccion Regional Agraria de la Region MORDAZA, incorporo al dominio del Estado 1 ha. 7,400 m2 de terrenos ganados a la actividad agropecuaria del predio "El Estanque", ubicado en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de MORDAZA, y lo adjudico a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA a titulo oneroso disponiendo que se le extendiera el respectivo titulo de propiedad; Que mediante escrito de 23 de enero de 1998, de fojas 47, el Convento de San MORDAZA de MORDAZA a traves del reverendo padre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA FannyAbigai1 MORDAZA MORDAZA por derecho propio y apoderada

MINISTERIO PUBLICO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a servidoras de Division Medico Legal de Moyobamba y de Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL W 293-98-MP-FN-GG MORDAZA, 7 de diciembre de 1998 VISTO: El Informe W 077-98-MP-FN-CPPAD y demas documentos relacionados con la presunta falta administrativa disciplinaria de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chong MORDAZA, Medico 1 de la Division Medico Legal de Moyobamba; y,

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