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Pág.167110 ct?&!l(('lnoB 1 .ima, vicrncs I 1 dc diciembre dc l 99X CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Decreto Ley N” 25862 la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación ComerCial S.A. - CORPAC S. A. es una empresa del Estado que integra el Subsector Transportes del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, y tiene a su cargo la administración de los aeropuertos comerciales al tránsito aéreo; Que, por Resolución Ministerial N” 104-96-MTC/15.12 se estableció el valor de la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA que deben pagar los pasajeros que utilizan los servicios aeroportuarios que brinda CORPAC S.A. en viajes dentro del territorio nacional y en viajes al extranjero; Que, el Directorio de CORPAC S.A. en Acuerdo N” 095 A1871-98,. ha considerado ertinente la modificación de la citada tarifa, lo cual rontri unía al desarrollo del turismo.i y a la integración regional dado que compañías aéreas vienen incrementando sus operaciones aéreas internacio- nales en los aeropuertos del interior del país; asimismo en consideración a los crecientes costos que demanda la pres- tación de servicios en los terminales aéreos; solicitando a este Ministerio expedir el acto administrativo del caso; Que, el Decreto Legislativo W 99, en su Articulo Westable- ce que las tarifas por los servicios que presta CORPAC S.A., son aprobadas y/o modificadas a propuesta de la empresa mediante Resolución del Titular de este Ministerio; Que, por expuesto precedentemente y teniendo en con- sideración el Decreto Legislativo N” 99 y Decreto Ley N” 25862; SE RESUELVE: Artículo l”.-Modifícase, en la forma siguiente, la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto - TUUA que cobra CORPAC S.A. a los pasajeros que utilizan los servicios aeroportuarios en viajes que a continuación se indican en los aeropuertos del país: - US$25.00, o su equivalente en moneda nacional, que incluye el IGV, en los viajes al exterior desde el Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” - Provincia Constitucional del Callao. - US$ 10.00, o su equivalente en moneda nacional, que incluye el IGV, en viajes al exterior desde otros aeropuertos del país. - S/. 12.00 Nuevos Soles, incluido el IGV, en viajes dentro del territorio nacional. Artículo 2”.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14437 Autorizan al Director General de Trans- porte Aéreo para suscribir documento queaprueba memorándum deentendi- miento entre la OACI y la CLAC RJBOLUCION MINISTERIAL N” 504-98-MTC/15.02 Lima, 7 de diciembre de 1998 Vista la Nota de Atención N’238-98-MTC115.16 de 3 de diciembre de 1998, del Director General de Transporte Aéreo, a la que acompaña una Ayuda Memoria y la docu- mentación sustentatoria correspondiente, sobre el estable- cimiento del Sistema Regional para la Vigilancia de la Seguridad Operacional mediante el Memorándum de En- tendimiento suscrito en Montreal, Canadá, el 1 de octubre de 1998, entre la Organización de Aviación Civil Inter- nacional (OACI) y la Comisión Latinoamericana de Avia- ción Civil (CLAC) y la suscripción de un documento apro- bando dicho Memorándum de Entendimiento y el Acuerdo de Fondos en Fideicomiso con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para la ejecución de dicho sistema, acuerdo ue será firmado por los representantes de los países miem Bros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC ) en ocasión de la 1 Asamblea Extraordi-naria de la CLAC, ue se realizará en la ciudad de México los días 14 y 15 de %-iciembre de 1998. CONSIDERANDO: Que, es objetivo prioritario del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a través de la Dirección General de Transporte Aéreo, el manteni- miento de los más altos niveles en materia de Seguridad Operacional, lo que contribuye al desarrollo de un transpor- tc aéreo seguro y ordenado, tal como lo establece el Conve- nio de Chicago (19441, por el que se creó la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); Que, es de interés para el Perú el participar activamente en la ejecución del Sistema Regional para la vigilancia de la Seguridad Operacional; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo hico.- Autorizar al doctor Jorge Mendoza Mele- nez, Director General de Transporte Aéreo, a suscribir el documento por el que los paises miembros de la CLAC aprueban el Memorándum en Entendimiento suscrito por la OACI y la CLAC,elldeoctubrede1998,enlaciudaddeMontreal,Canadá y el Acuerdo de Fondos en Fideicomiso con la OACI, al que se refiere la parte considerativa de esta resolución,~lo que permi- tirá la ejecu&n del Sistema Regional para la Vigilancia de la Seguridad Operacional, aprobado por el Memorándum de Entendimiento y su reglamento, suscrito en la ciudad de Montreal, Canadá, el 1 de octubre de 1998, entre la OACI y la CLAC. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14444 ENERGIA Y MINAS Imponen servidumbres de electroduc- to y de tránsito a favor de empresa de transmisión eléctrica RESOLUCION MINISTERIAL N” 58%SS-EIWVME Lima, 27 de noviembre de 1998 Visto, el Expediente N” 31085798 que incluye los docu- mentos con Registro N” 1210176, presentado por Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la imposición de las servidumbres de electroduc- to y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de obras e instalaciones de la Subestación de Transforma- ción Huacho, ubicada en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Nor- te S.A. - ETECEN, concesionaria de transmisión de energía eléctrica en mérito a la Resolución Suprema N” 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994, ha solici- tado la imposición de las servidumbres de electroducto y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de obras e instalaciones de la Subestación de Transfor- mación Huacho: Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el Artículo 110” y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley N” 25844) y el Articulo 220” y siguientes de su reglamento, aprobado por el Decreto Su- premo N” 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales J- procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable N” 186-98-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por los incisos bl y B del Artículo 110” y demás correspondientes del Decreto Ley N” 25844 y el Artículo 220” y siguientes de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N” 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director Cenera de Electri- cidad y del Viceministro de Energla;